Cuando un aspirante supera todas las etapas del proceso de selección de los concursos y convocatorias públicas, es nombrado en periodo de prueba en el cargo al cual se postuló.
Este periodo de prueba sirve a la entidad pública para evaluar el desempeño de los ganadores de los concursos y tiene una duración de 6 meses.
Si la evaluación de desempeño laboral es satisfactoria, la persona adquiere los derechos de carrera administrativa, lo que significa que es nombrada definitivamente y termina todo el proceso de selección.
Esta novedad se debe declarar ante la Comisión Nacional del Servicio Civil, para que estos derechos puedan ser certificados.
Una vez se originen las circunstancias que así lo determinen, las solicitudes de inscripción o actualización en el registro público de carrera, deberán ser presentadas ante la CNSC únicamente por el jefe de personal de la unidad o quien haga sus veces, donde el empleado presta sus servicios.
Para esto, debe disponer de los formatos establecidos, los cuales se encuentran disponibles en el sitio web de la CNSC.
Esto se debe realizar dentro de los 15 días siguientes a la ocurrencia.
La Comisión Nacional del Servicio Civil es la institución responsable de administrar el sistema de registro público de carrera administrativa.
Este sistema constituye una herramienta en la cual se recolectan y se conservan los datos que acreditan el estado de todos los servidores públicos que integran el sistema de carrera administrativa.
Siguiendo esto, se tiene que el registro público de carrera administrativa está conformado por todos los empleados actualmente inscritos o que se llegaran a inscribir en la carrera administrativa, la cual está regulada por la ley 909 de 2004.
Este sistema contiene datos como: nombres y apellidos del servidor, género, identificación, denominación del empleo, código y grado, así como el tipo de anotación que se efectúa.
Esto permite al ciudadano conocer con exactitud su situación en la carrera administrativa.
Se debe tener en cuenta que no todos los movimientos en el empleo que haga un servidor público, deben ser anotados en el registro público de carrera administrativa.
En este registro se consignan diferentes tipos de anotación:
- Inscripción.
- Actualización por incorporación.
- Actualización por reincorporación.
- Actualización por traslado.
- Actualización por reubicación.
- Actualización por ascenso.
- Ajuste en la escala salarial.
- Ajuste en la nomenclatura.
- Cancelación.
- Anotación especial cuando el empleado ha sido comisionado para desempeñar un empleo de libre nombramiento y remoción o de periodo.
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