VISTOS, el Expediente N O 0088190-2018, el Informe N O 323-2018-MINEDU/VMGPDIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, y et Informe N O 402-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley N O 28044, Ley General de Educación, establece que el
Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir 7; y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de q mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;
Que, el artículo 15 de la Ley N O 29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso,
. permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;
Que, el artículo 17 de la precitada Ley establece que el ingreso a la Carrera Pública Magisterial es por concurso público y que se formaliza mediante resolución de nombramiento en la primera escala magisterial;
Que, de conformidad con Io señalado en el artículo 19 de la referida Ley, el Ministerio de Educación autoriza, cada dos años, la convocatoria para el concurso público de ingreso a la Carrera Pública Magisterial;
Que, la Vigésima Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N O 29944, incorporada mediante la Ley N O 30747, «Ley que modifica la Ley N O , 29944, Ley de Reforma Magisterial, para autorizar al Ministerio de Educación la convocatoria anual para el concurso público de ingreso a la Carrera Magisterial entre los años 2018 y 2022″, establece que el concurso para el ingreso a la Carrera Pública Magisterial durante el periodo comprendido entre los años 2018 y 2022 es autorizado anualmente por el Ministerio de Educacións quedando en suspenso durante dicho plazo la periodicidad a que se hace referencia en el artículo 19 de la Ley N O 29944;
Que, mediante Resolución Ministerial N O 212-2018-MINEDU se aprobó la Norma Técnica denominada «Norma que regula el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica-2018», la cual establece, tre otros aspectos, los criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución del referido concurso; así como sus etapas, instrumentos de evaluación y acciones que involucran a las diversas instancias de gestión educativa descentralizada en el marco de dicho concurso;
Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1 .1 de la Norma Técnica antes mencionada, Ja convocatoria del referido concurso es aprobada conjuntamente con su cronograma, y se publica en el portal institucional del Ministerio de Educación, de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa Local;
Que, a través del Oficio N O 852-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Directora General de la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N O 323-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, en el cual se sustenta y solicita se convoque al Concurso
Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial en Instituciones Educativas Públicas de ducación BásicaQ018, y se apruebe el cronograma del referido concurso;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría eneral, de la Dirección General de Desarrollo Docente, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Ley N O 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N O 26510; la Ley N O 29944, Ley de Reforma Magisterial y sus modificatorias; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N O 004-2013-ED y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo N O 001-2015-MINEDU; y la Resolución Ministerial N O 212-2018-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada
«Norma que regula el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial en – Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica-2018»;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Convocar al Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica-2018, el mismo que se llevará a cabo conforme a lo establecido en la Norma Técnica aprobada mediante Resolución Ministerial N O 212-2018-MINEDU
Artículo 2.- Aprobar el cronograma del Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica-2018, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ? SIJE, ubicado en el Portal Institucional del
Q inisterio de Educación (www.minedu.gob.pe), en la misma día de la publicación de la esente Resolución en el diario Oficial «El Peruano».
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANEXO
CRONOGRAMA DEL CONCURSO PÚBLICO DE INGRESO A LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS DE EDUCACIÓN BÁSICA – 2018
NO | Actividades | inicio | Fin |
1 | Conformación de los Comités de Vigilancia. | 14/05/2018 | 25/05/2018 |
2 | Inscripción única de postulantes para el concurso. | 14/05/2018 | 23/05/2018 |
3 | Prepublicación de plazas puestas a concurso. | 25/06/2018 | 25/06/2018 |
4 | Presentación de observaciones a la relación prepublicada de plazas puestas a concurso. | 26/06/2018 | 26/07/2018 |
5 | Subsanación de observaciones a la relación de plazas prepublicadas para nombramiento por parte de la UGEL o DRE, a través del Sistema de Administración y Control de Plazas NEXUS remisión al Minedu de dichas subsanaciones. | 27/06/2018 | 10/08/2018 |
6 | Publicación de plazas puestas a concurso en el portal institucional del Minedu. | 22/08/2018 | 22/08/2018 |
7 | Conformación de los Comités de Evaluación. | 23/08/2018 | 12/1 0/2018 |
8 | Publicación de centros de evaluación para rendir la Prueba Única Nacional. | 10/09/2018 | 10/09/2018 |
Étapa Nacional | |||
9 | Aplicación de la Prueba Única Nacional. | 30/09/2018 | 30/09/2018 |
10 | Presentación de resultados individuales preliminares obtenidos en la Prueba Única Nacional, a través del portal institucional del Minedu. | 11/10/2018 | 11/10/2018 |
1 1 | Presentación de reclamos sobre el puntaje obtenido en la Prueba Única Nacional, en el formato establecido, a través del portal institucional del Minedu. | 12/10/2018 | 15/10/2018 |
12 | Resolución de reclamos sobre el puntaje obtenido en la Prueba Unica Nacional, que fueron presentados en el formato establecido, a través del portal institucional del Minedu | 15/10/2018 | 22/10/2018 |
13 | Publicación de resultados finales individuales obtenidos en la Prueba Única Nacional y de la relación de postulantes habilitados para pasar a la etapa descentralizada del concurso en el portal institucional del Minedu. | 24/10/2018 | 24/10/2018 |
Etapa Descentralizada | |||
14 | Selección, por parte de los postulantes, de las plazas de su interés en una única región y del mismo grupo de inscripción elegido, a través del portal institucional del Minedu. | 25/10/2018 | 29/1 0/2018 |
15 | Publicación de la relación de postulantes por institución educativa, en el portal institucional del Minedu. | 02/1 1/2018 | 02/1 1/2018 |
16 | Registro, por parte de los postulantes, del Formulario de Cumplimiento de Requisitos y Registro de Trayectoria Profesional, a través del portal institucional del Minedu. | 05/1 1/2018 | 06/12/2018 |
17 | Evaluación descentralizada de los postulantes a cargo de los Comités de Evaluación y verificación de los documentos para acreditar el cumplimiento de requisitos y el derecho a recibir bonificaciones de Ley. | 06/1 1/2018 | 06/12/2018 |
18 | Ingreso de los resultados de la etapa descentralizada en el aplicativo proporcionado por el Minedu, a cargo de los Comités de Evaluación. | 06/11/2018 | 1 3/1 2/2018 |
19 | Publicación de resultados del concurso a través del portal institucional del Minedu. | 18/12/2018 | 1 8/1 2/2018 |
20 | Presentación ante la DRE o UGEL, según corresponda, de documentos por parte de los postulantes ganadores del concurso. | 1 9/12/2018 | 07/01/2019 |
21 | Emisión de resoluciones de nombramiento a ganadores del concurso. | 8/1/2019 | 16/01/2019 |
22 | Publicación de plazas vacantes de instituciones educativas unidocentes y polidocentes multigrado, en el portal institucional del Minedu. | 1 8/12/2019 | 1 8/12/2019 |
23 | Acto público de selección y adjudicación de plazas vacantes de las instituciones educativas unidocentes y polidocentes multigrado, a cargo de los Comités de Evaluación. | 03/01/2019 | 04/01/2019 |
24 | Ingreso de plazas adjudicadas en la etapa excepcional de] concurso en el aplicativo proporcionado por el Minedu, a cargo de los Comités de Evaluación. | 03/01/2019 | 07/01/2019 |
25 | Publicación de resultados de la etapa excepcional del concurso en el portal institucional del Minedu. | 09/01/2019 | 09/01/2019 |
26 | Presentación ante la DRE o UGEL, según corresponda, de documentos por parte de los postulantes ganadores del concurso. | 10/01/2019 | 15/01/2019 |
27 | Emisión de resoluciones de nombramiento a ganadores de la etapa excepcional del concurso. | 10/01/2019 | 16/01/2019 |
*) Los postulantes que han estado inscritos en los concursos de nombramiento de 2015 y 2017, realizan el ocedimiento de inscripción exclusivamente a través de la página web del Ministerio de Educación, según e4 rocedimiento establecido en la Norma Técnica. Los postulantes que se inscriben por primera vez en un ncurso de nombramiento realizado en el marco de fa Ley de Reforma Magisterial, deben acudir, además, Banco de la Nación para concluir su inscripción, dentro del horario de atención de sus agencias.
Los Comités de Evaluación dentro del plazo previsto para la presente actividad deberán establecer su % propio cronograma para el adecuado desarrollo de la misma y para la presentación de expedientes que ontengan el «Formulario de Cumplimiento de Requisitos y Registro de Trayectoria», la documentación que credita el cumplimiento de los requisitos, la trayectoria profesional, y de ser el caso, el derecho a recibir s bonificaciones de Ley.
De acuerdo a lo informado por los Comités de Evaluación a través del aplicativo proporcionado por el Minedu.
También, puedes ver la versión en formato PDF y original.