Ingresar a la Carrera Pública Magisterial, ya sea por nombramiento o por contrato, supone para los docentes un logro importante y muchos beneficios a los que todos quieren acceder. Es por esto que noticas como estas nos alegran tanto, ya que aumentan las posibilidades para los docentes de conseguir un empleo público. Mientras el Congreso aprueba este proyecto de ley, le contamos de qué se trata esto:
¿Qué es un docente contratado?
Sabemos que los términos pueden generar confusión, por eso, queremos especificarle qué es un docente contratado para que usted determine si esta futura oportunidad podría ser para usted. Para el Minedu un docente contratado es aquel que trabaja durante un tiempo definido en las escuelas públicas y que recibe una remuneración por el trabajo que realiza.
Entonces, un docente contratado, es un docente temporal que en la mayoría de veces realiza reemplazos cuando a los docentes nombrados se les presenta alguna situación de salud o familiar y deben ausentarse durante un periodo de tiempo. La carga laboral de estos docentes es pactada al momento de realizar la contratación, pues en ocasiones deben encargarse de varios cursos.
Beneficios de ser un docente contratado
Es más común que se hable de los beneficios que recibe un docente nombrado, sin embargo, al estar dentro del Magisterio Público por medio de un contrato temporal, también lo hace ganador de ciertos beneficios que le contamos a continuación:
- Compensación por tiempo de servicios (CTS): El docente contratado percibe al terminar su contrato una compensación por tiempo de servicio equivalente al 14% de su remuneración mensual por año o fracción mayor a seis meses de servicios continuos.
- Vacaciones truncas: Al finalizar su contrato, el profesor contratado tiene derecho a percibir vacaciones. El monto se calcula en proporción de un quinto de la remuneración mensual, la asignación y las bonificaciones que percibe, por cada mes laborado, hasta la fecha de culminación de su contrato.
- Subsidio por luto y sepelio: En el caso de fallecimiento del cónyuge o conviviente, padres o hijos el docente percibe el S/3000 por concepto de subsidio por luto y sepelio. En el caso del fallecimiento del docente, la familia directa también perciben el subsidio.
Sobre el proyecto de ley
La pandemia causó que muchos estudiantes se trasladaran de instituciones educativas privadas a públicas, aumentando la cantidad de alumnos de estas escuelas y de igual manera, la llegada de estudiantes del extranjero también hizo que esta cifra se incrementara de manera considerable. Ante esta situación, el Minedu vio la necesidad de aumentar el número de maestros para lograr atender esta población.
Ante esta situación, lo que se busca con este proyecto de ley -que podría ser aprobado en los próximos días- es que se contraten 4524 docentes, 6487 auxiliares y 4196 administrativos para lograr cubrir todas las plazas, garantizando el aprendizaje de los estudiantes y cubriendo la educación de estos.
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