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Publicado hace 958 días

Aprenda sobre el Comité de Vigilancia y de Evaluación

Se ha preguntado, ¿Quiénes son los encargados de garantizar que los participantes del Concurso de Ingreso a la CPM cumplan con todo lo pedido? En el espacio del día de hoy, le contaremos más sobre las entidades encargadas de realizar el proceso.

Aprenda sobre el Comité de Vigilancia y de Evaluación

El Minedu, dispone de 2 (dos) entidades que se encargan de velar por el correcto funcionamiento del Concurso de Ingreso -antes Nombramiento- a la Carrera Pública Magisterial (CPM) y estas son el Comité de Vigilancia y el Comité de Evaluación. En este artículo, hablaremos sobre sus funciones y su composición. ¡Quédese con nosotros!

Comité de vigilancia:

Esta entidad, es la encarga de velar para que los concurso se realicen de manera transparente, acorde a las normas que se han establecidos para su ejecución. Es por esto, que el Comité de Vigilancia se debe encargar de obrar con objetividad y de ser una fuente confiable para llevar a cabo los procesos de evaluación a los que estén en comendados.

El Comité de Vigilancia, es el encargado de coordinar y de articular todas las fases que tiene la evaluación con todas las partes involucradas dentro de este proceso, es por esto que de ser necesario, para llevar a cabalidad sus funciones se puede apoyar en instituciones como la Defensoría del Pueblo y el Ministerio Público, así como algunas otras entidades de la sociedad civil.

Por último, al término de un año, cuando finalicen sus funciones, el Comité de Evaluación deberá entregar un informe al Gobierno Regional y al Minedu, demostrando que el concurso se realizó bajo todos los parámetros de transparencia.

Integrantes del Comité de Vigilancia:

De acuerdo a las disposiciones del Minedu, estos son los integrantes que harán parte de este comité:

  • Un representante de la DRE, quien lo preside.
  • Un representante del MINEDU.
  • Dos representantes del Consejo Participativo Regional de Educación (Copare). Elegidos por medio de la asamblea general de este consejo; deben ser personas de la sociedad civil y, de preferencia, representantes de cualquiera de estas instituciones o gremios:
    – Instituciones de Educación Superior.
    – Instituciones de formación docente.
    – Empresariado local.
    – Entidades gubernamentales no pertenecientes al sector Educación.

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Comité de Evaluación:

Este comité, se encarga de hacer la respectiva verificación a los postulantes para cerciorarse que cumplan con los requisitos de la Ley de Reforma Magisterial (LRM) y el reglamento que este posee. Además dirige los procesos de evaluación. Para realizar esto, según la normativa del Minedu, el Comité de evaluación debe:

  • Comunicar oportunamente a los postulantes la fecha de aplicación de los instrumentos de evaluación que corresponda. Esta comunicación deberá realizarse por documento, correo electrónico u otro medio escrito, siempre y cuando se tenga un medio de verificación de envío de la comunicación y confirmación de recepción de la misma por parte del postulante.
  • Aplicar los instrumentos de evaluación correspondientes a la Etapa Descentralizada del concurso, de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Instructivo para el Comité de Evaluación.
  • Consolidar los resultados de las diversas evaluaciones realizadas como parte del concurso, según los lineamientos del Minedu.

Adicionalmente, este comité se encarga de realizar su propio cronograma con sus actividades para la aplicación de instrumentos como la Prueba Nacional dentro de los plazos establecidos por el Minedu. En otras funciones, se encargan de enseñar la lista de los postulantes por UGEL o DRE, resolver las preguntas y reclamos de los postulantes respecto del proceso y resultados del concurso, informar a los postulantes el medio a través del cual se podrá solicitar la copia de los documentos e inscribir en el aplicativo a los postulantes que no cumplen con los requisitos establecidos en la LRM.

Integrantes del Comité de Evaluación:

Comité de Evaluación por Institución Educativa:

  • Director de la institución, titular o encargado.
  • El subdirector u otro profesor nombrado que pertenezca al mismo nivel o ciclo de la modalidad del evaluado.
  • Un profesor nombrado que sea del mismo nivel o ciclo de modalidad que el evaluado.

Comité de Evaluación por UGEL:

  • Jefe de Área de Gestión Pedagógica o su representante, o en su caso, un Especialista de educación de la UGEL del mismo nivel o ciclo de la modalidad del evaluado.
  • Especialista en Educación del mismo nivel y modalidad que el evaluado.
  • Un profesor nombrado que sea del mismo nivel o ciclo de modalidad que el evaluado.

Ahora que conoce quiénes son los encargados de vigilar y de velar por el correcto funcionamiento de la Carrera Pública Magisterial, queremos orientarlo para que tenga un excelente resultado en la Prueba Nacional. ¿Qué debe hacer? Prepararse con uno de nuestros cursos enfocados en esta evaluación, dele clic al siguiente botón y conozca más sobre nuestro portafolio.

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