Para el Grupo Geard es importante comunicarle y mantenerlo informado sobre los diferentes aspectos que acontecen en la Carrera Pública Magisterial. Es por eso que en este blog le contaremos en qué consiste, quiénes pueden participar, cómo es el procedimiento y más. ¡Continúe leyendo!
¿Quiénes pueden solicitar el reingreso?
Los docentes que renunciaron de manera voluntaria a la CPM (Ley n° 29944) dentro de los dos (2) años posteriores a la fecha en la que se aceptó su renuncia.
Para que se realice dicha acción, los profesores deberán presentar una solicitud de reingreso junto con los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos a la UGEL de la jurisdicción de la institución educativa donde ocupó el último cargo de profesor antes de su renuncia.
¿Cómo es el Reingreso a la Carrera Pública Magisterial?
¿Cuáles son los requisitos para este proceso?
- Tener como máximo 63 años de edad al 31 de diciembre de 2023. (Copia del documento nacional de identidad).
- Haber laborado como mínimo un año de servicios oficiales en la plaza que fue titular como nombrado/a antes de su renuncia voluntaria. (Este requisito será verificado por la UGEL a través del informe escalafonario).
- Gozar de buena salud física y mental que permita ejercer la docencia.
- No haber sido condenado por delito doloso.
- No haber sido condenado por los delitos de corrupción de funcionarios y/o delitos de tráfico de drogas; ni haber incurrido en actos de violencia que atenten contra los derechos fundamentales de la persona y contra el patrimonio; así como no haber impedido el normal funcionamiento de los servicios públicos, y los literales c) y j) del artículo 49 de la LRM; asimismo, no encontrarse dentro de los alcances de las Leyes N. o 29988 y su modificatoria, N.° 30794 y N° 30901.
- No encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública por motivos de destitución, despido o resolución judicial que así lo indique.
- No registrar sanciones en el RNSSC.
- No encontrarse en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles.
- No tener la condición de nombrado en la Carrera Pública Magisterial.
¿Cuáles son las condiciones para el reingreso?
- Cumplimiento de los requisitos.
- Se debe contar con plaza presupuestada en la DRE/ UGEL en la misma especialidad, modalidad, forma, nivel o ciclo educativo en la que finalizó sus labores.
- El solicitante debe haber estado al menos un año en servicios oficiales en la plaza que fue titular nombrado antes de su retiro voluntario.
- Debe adjuntar la Declaración Jurada original.
¿Qué debe declarar bajo juramento?
Uno de los pasos más importantes es la Declaración Jurada para el procedimiento de Reingreso, en ella, usted debe declarar de manera honesta sobre:
- Gozar de buena salud física y mental
- No haber sido condenado por delito doloso.
- No haber sido condenado por los delitos de corrupción de funcionarios y/o delitos de tráfico de drogas; ni haber incurrido en actos de violencia que atenten contra los derechos fundamentales de la persona y contra el patrimonio; así como no haber impedido el normal funcionamiento de los servicios públicos.
- No encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública por motivos de destitución, despido o resolución judicial que así lo indique.
- No registrar sanciones en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles (RNSSC) durante el procedimiento de reingreso.
- No encontrarse registrado en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles (REDERECI).
- No tener la condición de profesor nombrado en la Carrera Pública Magisterial.
Esperamos que esta información haya sido de su interés, y, si desea reingresar a la Carrera Pública Magisterial, le dejamos un blog que le cuenta sobre los beneficios de ser parte de esta.
¡Conózcalo dando clic aquí!
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