Ley de Reforma Magisterial, artículo 53.
Término de la relación laboral
El retiro de la Carrera Pública Magisterial de los profesores se produce en los siguientes casos:
a) Renuncia.
b) Destitución.
c) No haber aprobado la evaluación de desempeño laboral de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la presente Ley.
d) Por límite de edad, al cumplir 65 años.
e) Incapacidad permanente, que impida ejercer la función docente.
f) Fallecimiento.
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