Resumen
El Ministerio de Educación publicó las respuestas a las preguntas más frecuentes de la Evaluación de Carácter Diagnóstico Formativa – ECDF que permitirá el ascenso de docentes y directivos 1278.
¿Qué dice El Ministerio de Educación?
Estas son algunas de las preguntas frecuentes de los educadores interesados en la Evaluación de Carácter Diagnóstico Formativa -ECDF- III cohorte, adelantada por el Ministerio de Educación Nacional con apoyo del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación -ICFES-.
Este proceso tiene varias fases y actualmente se está desarrollando la etapa de inscripciones.
A continuación, conozca las respuestas a 15 preguntas frecuentes relacionadas con la tercera cohorte de la ECDF:
¿Qué es la Evaluación de Carácter Diagnóstico Formativa 2018-2019?
La Evaluación de Carácter Diagnóstico Formativo es una evaluación de ascenso y reubicación aplicada de forma voluntaria a los educadores regidos por el Decreto Ley 1278 de 2002.
¿Pueden participar todos los docentes del país?
En la Evaluación de Carácter Diagnóstico Formativa, III cohorte, pueden participar los educadores regidos por el Decreto Ley 1278 de 2002 que cumplan los requisitos del Artículo 2.4.1.4.1.3 del Decreto 1075 de 2015, subrogado por el Decreto 1657 de 2016.
¿Pueden participar educadores que no son de carrera administrativa?
Para poder participar en la Evaluación, los educadores interesados deben estar ejerciendo el cargo con derechos de carrera y estar inscritos en el Escalafón Docente, según el Decreto 1075 de 2015, subrogado por el Decreto 1657 de 2016.
¿Qué requisitos deben cumplir los educadores interesados en participar?
De acuerdo con el artículo 2.4.1.4.1.3 del Decreto 1075 de 2015 subrogado por el Decreto 1657 de 2016, los requisitos que deben cumplir educadores son:
- Estar ejerciendo el cargo con derechos de carrera y estar inscrito en el Escalafón Docente.
- Haber cumplido tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha de la primera posesión en período de prueba.
- Haber obtenido una calificación mínima del sesenta por ciento (60%) en las dos últimas evaluaciones anuales de desempeño presentadas.
¿Por qué esta evaluación es solo para educadores regidos por el Decreto 1278?
A partir del Decreto 1278 de 2002, los educadores que ingresaron después de 2002 tienen que ser valorados mediante tres tipos de evaluación que definen la permanencia, inscripción o acenso en el escalafón.
- Evaluación de período de prueba: Por medio de la cual, los docentes o directivos docentes que superan el concurso deben permanecer como mínimo cuatro meses en período de prueba y serán evaluados al finalizar el año académico.
- Evaluación ordinaria periódica de desempeño anual: Esta evaluación establece el grado de cumplimiento de las funciones y responsabilidades propias del cargo del docente o directivo docente.
- Evaluación de competencias (actual ECDF): Consiste en un proceso de reflexión e indagación, orientado a identificar en su conjunto, las condiciones, los aciertos y las necesidades en las que se realiza el trabajo de los docentes, directivos docentes, directivos sindicales, docentes tutores y orientadores.
- El objetivo es incidir positivamente en la transformación de la práctica educativa pedagógica, directiva y/o sindical; el mejoramiento continuo y las condiciones para favorecer los avances en los procesos pedagógicos y educativos en el establecimiento educativo.
¿Puedo participar si no compré el Número de Identificación Personal – NIP?
La Resolución 018407 de 2018 en el Artículo 5 establece: “El educador que voluntariamente desee inscribirse en el proceso de Evaluación de Carácter Diagnóstica Formativa -ECDF- III cohorte, debe seguir el siguiente procedimiento:
- Compra del Número de Identificación Personal (NIP). Los educadores requieren para su inscripción adquirir el Número de Identificación Personal, en adelante NIP…”
- En ese sentido, los educadores que no adquieran el NIP para participar en la ECDF III cohorte, no pueden continuar con el proceso.
¿Cuántos docentes adquirieron el NIP para la tercera cohorte de esta Evaluación?
Un total de 90.360 educadores adquirieron el NIP para participar en la ECDF. La etapa de compra de NIP cerró el 7 de enero de 2019.
Si ya compré el NIP, ¿cuál es el siguiente paso a seguir?
El Artículo 5 de la Resolución 018407 de 2018 establece que después de comprar el NIP para participar en la III cohorte de la evaluación, el paso siguiente es la inscripción.
“Una vez adquirido el NIP, y dentro del plazo establecido para tal fin, el aspirante deberá: realizar el registro en la plataforma dispuesta para tal fin, completar los datos que le sean solicitados; y generar el usuario y la contraseña con la que podrá consultar la información en las diferentes etapas del proceso”.
¿Hasta cuándo tengo plazo para inscribirme?
Así mismo, la mencionada Resolución, en el Artículo 18, establece el cronograma y determina que el plazo para realizar el proceso de inscripción es del 15 de diciembre de 2018 al 30 de enero de 2019, inclusive.
No encuentro mi municipio y/o municipio en la información requerida, ¿qué puedo hacer?
En la plataforma de inscripción de esta evaluación, la información relacionada con las instituciones educativas está actualizada de acuerdo con la información registrada en el Directorio Único de Establecimientos Educativos – DUE, administrado por el Ministerio de Educación Nacional.
Dentro de la plataforma de inscripción están todos los municipios disponibles.
Se presentan unos casos específicos con los educadores participantes de convocatorias anteriores para quienes el sistema muestra por defecto la información con la que se habían registrado antes.
Se sugiere que en el campo departamento se seleccione la primera opción de la lista desplegable que corresponde a vacío. Esto permitirá seleccionar nuevamente el departamento y las demás opciones de la pestaña.
¿Si compré el NIP y no me inscribí puedo seguir en el proceso?
Las inscripciones se realizan desde el 15 de diciembre de 2018 hasta el 30 de enero de 2019. Si vencido este plazo, el educador no realiza la inscripción, no podrá continuar en el proceso.
Si participé en las cohortes anteriores de la ECDF y aprobé, ¿puedo hacerlo en esta tercera cohorte?
Pueden participar en la Evaluación de Carácter Diagnóstico Formativa -ECDF- los educadores regidos por el Decreto Ley 1278 de 2002 que cumplan los requisitos del Artículo 2.4.1.4.1.3 del Decreto 1075 de 2015, subrogado por el Decreto 1657 de 2016.
Luego de inscribirme, ¿qué otras fechas debo tener en cuenta?
Es importante tener en cuenta el cronograma de la Resolución 018407 de 2018, en la que se encuentran todas las fechas establecidas.
¿Cuál es la diferencia de la Evaluación de Carácter Diagnóstica Docente y el Concurso Docente?
La Evaluación Diagnóstica Formativa Docente es una evaluación de ascenso y reubicación, aplicada de forma voluntaria a los educadores regidos por el Decreto Ley 1278 de 2002, que hayan ingresado a través del concurso docente.
El Concurso de Ingreso a la Carrera Docente se realiza a través de la Comisión Nacional de Servicio Civil y está dirigido a los docentes que deseen ingresar por mérito a la carrera administrativa.
¿Dónde y cuándo lo publicó El Ministerio de Educación?
A través del aviso informativo publicado el 11 enero de 2019.
Leave a Reply
Want to join the discussion?Feel free to contribute!