EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial las previstas las conferidas por el numeral 42.2 del artículo 42 de la Ley 715 de 2001, en el literal e) del numeral 1 del artículo 10 de la Ley Estatutaria 1618 de 2013, y en desarrollo del parágrafo del artículo 81 de la Ley 1753 de 2015
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CONSIDERANDO
Que, el artículo 13 de la Constitución Política de Colombia garantiza la igualdad de todas las personas y permite el ejercicio pleno de derechos libertades y oportunidades sin ninguna discriminación, así mismo, insta a que el Estado promueva condiciones y adopte medidas para que la igualdad entre los individuos y los grupos sea real y efectiva.
Que, el artículo 194 de la Ley 100 de 1993 preceptúa que, la prestación de servicios de salud en forma directa por la Nación o por las entidades territoriales, se hará principalmente a través de las Empresas Sociales del Estado, que constituyen una categoría especial de entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, creadas por la Ley o por las asambleas o concejos, según el caso, sometidas al régimen jurídico previsto en la fuente normativa mencionada.
Que, por medio de la Ley 762 de 2002 Colombia aprobó la “Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad” que insta al avance en adecuaciones normativas y jurídicas eliminando barreras de acceso y, como consecuencia, permitiendo el goce efectivo de derechos de las personas con discapacidad.
Que, el artículo 1° de la Ley 1346 de 2009 reconoce que las personas con discapacidad, pueden ver impedida su participación plena y efectiva en la sociedad al enfrentarse a diferentes tipos de barreras, en ese sentido, es menester adoptar medidas que propendan por garantizar la igualdad de oportunidades a dicha población.
Que, el numeral 5 del artículo 5 de Ley Estatutaria 1618 de 2013, consagró la responsabilidad de las entidades públicas de actualizar el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, así mismo, el numeral 10 de la citada norma, estableció que las entidades del orden territorial deberían incluir en sus presupuestos anuales los recursos para la implementación de acciones en favor de los derechos de las personas con discapacidad.
Que, el artículo 11 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015 determina que las personas con discapacidad, entre otras poblaciones, gozarán de especial protección por parte del Estado, su atención en salud no estará limitada por ningún tipo de restricción administrativa o económica y que las instituciones que hagan parte del sector salud deberán definir procesos
de atención intersectorial e interdisciplinarios que les garanticen las mejores condiciones de atención.
Que, así mismo, el artículo 24 de la precitada ley señala que corresponde al Estado asegurar que todos los ciudadanos en el territorio nacional, especialmente aquellos en zonas marginadas o de baja densidad poblacional, tengan acceso a servicios de salud, y en ese mismo sentido, la expansión de la red pública hospitalaria en el marco de la rentabilidad social. En áreas dispersas, el Estado está obligado a implementar medidas razonables, eficaces, progresivas y continuas para garantizar que los habitantes puedan acceder de manera oportuna a los servicios de salud necesarios.
Que, en virtud de la normativa expuesta, esta cartera ministerial ha venido avanzando en la consolidación del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, como instrumento para establecer la fuente oficial de información respecto de las personas con discapacidad, la construcción de las políticas públicas, el desarrollo de planes, programas y proyectos de los derechos de este grupo poblacional, y como medio de verificación y priorización para el direccionamiento de la oferta programática institucional.
Que, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 1239 de 2022, a través de la cual se dictaron las disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el registro de localización y caracterización de personas con discapacidad; mediante la cual, se establecieron mecanismos de atención preferencial a personas con algún tipo de discapacidad; no obstante, en virtud del principio de progresividad es necesario tomar medidas y generar una serie de ajustes razonables que pretendan la eliminación de barreras que impidan a una persona con discapacidad acceder a un bien o servicio que se encuentra disponible para los demás ciudadanos.
Que, con base a lo expuesto y, durante la implementación de las disposiciones establecidas en la referida resolución, se evidencia la necesidad de incluir como beneficiarios de los recursos para cofinanciar el procedimiento de certificación de discapacidad a las Empresas Sociales del Estado E.S.E. con el fin de lograr mayor cobertura en la implementación del procedimiento de certificación de discapacidad y lograr progresivamente una oferta de servicios de salud en condiciones de disponibilidad, equidad, calidad e igualdad.
Que, la prioridad de las Empresas Sociales del Estado, es responder de manera adecuada a las necesidades de salud de la población de su área de influencia, con prestación de servicios de salud que garanticen condiciones de calidad, accesibilidad y oportunidad a la población, y de otra parte que se dé un uso eficiente de los recursos administrativos, técnicos y financieros disponibles, en cumplimiento del principio de eficiencia.
Que este Ministerio, a través de la Resolución 737 de 2024, la cual derogó la Resolución 5514 de 2013 y modificó la Resolución 2361 de 2016, dispuso que los actos administrativos que soporten la asignación de recursos, que se ejecutan mediante transferencia a entidades territoriales o sus entes adscritos o vinculados, deberán enmarcarse en los requisitos allí previstos y atender a la planeación que la dependencia responsable de la ejecución efectúe para dicha vigencia.
Que, a la luz de lo anterior, es necesario ajustar las disposiciones relacionadas con el trámite para la expedición del certificado de discapacidad, el procedimiento de certificación de discapacidad, el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, su anexo técnico y los criterios para la asignación y distribución de los recursos dispuestos en el Presupuesto General de la Nación por este Ministerio, para tal fin.
RESUELVE
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto establecer el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad (RLCPD), este último como mecanismo para localizar, caracterizar y certificar a las personas con discapacidad. Para efectos de la valoración multidisciplinaria y del registro de la información, se tendrá en cuenta el anexo técnico que hace parte integral de la presente resolución.
Artículo 2. Ámbito de aplicación. Las disposiciones de esta resolución se aplican a las secretarías de salud del orden departamental, distrital y municipal, o a las entidades que hagan sus veces, a las entidades promotoras de salud de los regímenes Contributivo y Subsidiado, a las entidades adaptadas, a los prestadores de servicio de salud, a las Entidades Territoriales y a las personas interesadas en realizar el procedimiento de certificación de discapacidad.
Parágrafo. Los regímenes Especial y de Excepción y la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios de Colombia (USPEC), adaptarán la presente regulación o adoptarán la propia, con recursos y procesos propios, estableciendo para ello, los trámites y autoridades competentes dentro de su sistema organizacional para la recepción de solicitudes de certificación; la generación de la orden para la realización del procedimiento; la asignación de citas; la realización del procedimiento en los prestadores de servicios de salud autorizados para ello por las secretarías de salud de orden departamental, distrital, o las entidades que hagan sus veces, o en las instituciones de salud propias, así como su pago.
En todo caso, deberán generar la orden para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad y registrar la información resultante en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad dispuesto por este Ministerio en el Sistema Integrado de Información de la Protección Social (SISPRO), para lo cual, solicitarán al Ministerio de Salud y Protección Social, la creación y entrega del perfil requerido.
CAPÍTULO II
PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE DISCAPACIDAD
Artículo 3. Procedimiento de certificación de discapacidad. El procedimiento de certificación de discapacidad corresponde a la valoración clínica multidisciplinaria simultánea, fundamentado en la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud (CIF), que permite establecer la existencia de discapacidad, a partir de la identificación de las deficiencias en funciones y estructuras corporales, incluyendo las psicológicas, las limitaciones en la actividad y las restricciones en la participación que presenta una persona. Este procedimiento hace parte del proceso de rehabilitación de las personas con discapacidad y la información capturada en el marco del mismo, hará parte integral de la historia clínica de la persona valorada. Si, como resultado del procedimiento de certificación de discapacidad se establece que la persona solicitante presenta discapacidad, se emite el correspondiente certificado de discapacidad y la información se incorpora directamente en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad.
Dicho procedimiento debe realizarse por los equipos multidisciplinarios para certificación de discapacidad de los prestadores de servicios de salud autorizados por las secretarías de salud del orden departamental y distrital o las entidades que hagan sus veces, los cuales estarán conformados por tres (3) profesionales registrados en el Directorio Nacional de Certificadores de Discapacidad de este Ministerio, cada uno de una disciplina diferente, donde se incluye un médico general o especialista y dos (2) profesionales de alguna de las siguientes áreas: fisioterapia, terapia ocupacional, fonoaudiología, psicología, enfermería, optometría o trabajo social. La valoración por equipo multidisciplinario para certificación de discapacidad podrá realizarse en modalidad intramural (institucional), extramural (domiciliaria o jornada de salud) o telemedicina.
El valor unitario de la valoración clínica multidisciplinaria a pagar a los prestadores de servicios de salud será el establecido por este Ministerio en cada vigencia y se incrementará de acuerdo con la variación anual del índice de Precios al Consumidor (IPC) que calcula el Departamento Nacional de Estadística (DANE), con independencia de la fuente de financiación de que trata el siguiente artículo. Tal valor contempla el gasto de administración para las valoraciones institucionales, en jornada de salud, telemedicina y domiciliaria contemplando el incremento que comportan los gastos de traslado del equipo multidisciplinario.
Parágrafo 1. El procedimiento de certificación de discapacidad no tendrá costo para el solicitante.
Parágrafo 2. El directorio nacional de certificadores de discapacidad es una base del Ministerio de Salud y Protección Social que contiene los datos de identificación, localización y contacto de los profesionales de la salud y los trabajadores sociales que han aprobado un proceso de formación o complementación del talento humano como certificadores de discapacidad.
Artículo 4. Fuente de financiación. El procedimiento de certificación de discapacidad será financiado con cargo a los recursos disponibles en el Presupuesto General de la Nación; para tal fin, aquellos propios de las entidades territoriales y los que se gestionen a través del . Sistema General de Regalías, recursos de los regímenes Especial y de Excepción, de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios de Colombia USPEC, y de actores voluntarios del sector privado o de cooperación internacional.
Parágrafo 1. Los proyectos que sean financiados con recursos del Sistema General de Regalías que gestionen las entidades territoriales deberán atender los lineamientos que para tal efecto expida este Ministerio.
Parágrafo 2. La empresa o grupo empresarial del sector privado que voluntariamente, en el marco de su autonomía, gestione recursos propios para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad para sus trabajadores o potenciales trabajadores, direccionará a las personas a las cuales financiará el procedimiento hacia las secretarías de salud distritales y municipales o a las entidades que hagan sus veces, para obtener la cita para certificación de discapacidad, conforme lo establece el artículo 7 de la presente resolución.
Parágrafo 3. Los recursos transferidos por este Ministerio para la implementación del procedimiento de certificación de discapacidad y el RLCPD, serán destinados exclusivamente . para cofinanciar el pago de las valoraciones multidisciplinarias.
Artículo 5. Autorización de los prestadores de servicios de salud. Las secretarías de salud del orden departamental y distrital o las entidades que hagan sus veces, autorizará para realizar el procedimiento de certificación de discapacidad, a los prestadores de servicios de salud que cumplan con los criterios que se señalan a continuación:
5.1. Contar por lo menos con un (1) equipo multidisciplinario para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, conformado por tres (3) profesionales de disciplinas diferentes, donde se incluya un médico general o especialista y dos (2) profesionales de alguna de las siguientes áreas: fisioterapia, terapia ocupacional, fonoaudiología, psicología, enfermería, optometría o trabajo social, quienes deberán estar registrados en el directorio nacional de certificadores de discapacidad de este Ministerio. Los miembros del equipo multidisciplinario deben estar presentes durante el tiempo que dure la valoración.
5.2. Disponer de servicios de medicina, enfermería, fisioterapia, terapia ocupacional, fonoaudiología, optometría o psicología habilitados, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 3100 del 2019, o en la norma que la modifique, complemente o sustituya. Los servicios habilitados deberán corresponder, con las disciplinas que conforman el (los) equipo (s) multidisciplinario (s) en la modalidad intramural, así como la modalidad extramural (domiciliaria y jornada de salud) y de telemedicina, en caso de que se oferte la realización de la valoración en alguna de dichas modalidades.
5.3. Contar con apoyos y ajustes razonables acordes con las necesidades de las personas solicitantes y de acuerdo con las categorías de discapacidad.
5.4. Disponer de la infraestructura técnica, tecnológica y administrativa necesaria para el reporte de la información resultante de la valoración clínica multidisciplinaria en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, la disposición de computadores y conectividad óptima para el cargue de la información, así como del personal, insumos y procesos administrativos que permitan llevar a cabo el procedimiento.
5.5. Contar con la capacidad suficiente para realizar mínimo diez (10) valoraciones para certificación de discapacidad a la semana, previendo que el tiempo mínimo para cada una es de cuarenta (40) minutos.
Parágrafo. Las secretarías de salud del orden departamental y distrital o las entidades que hagan sus veces, informarán semestralmente a este Ministerio, los prestadores de servicios de salud autorizados para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad.
Artículo 6. Autorreconocimiento y voluntariedad. El procedimiento de certificación de discapacidad y la consecuente inclusión de una persona en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, deberá darse como resultado de su libre elección, expresión y de su autorreconocimiento como persona con discapacidad; excepcionalmente, la voluntad se expresa mediante la persona de apoyo respecto de los niños, niñas y adolescentes, y frente a las personas mayores de edad, en los términos establecidos en el artículo 48 de la Ley 1996 de 2019.
Artículo 7. Orden y cita para el procedimiento de certificación de discapacidad. El proceso para la solicitud y obtención de la orden y la cita para realización de procedimiento de certificación de discapacidad será el siguiente:
7.1. La persona interesada en realizar el procedimiento de certificación de discapacidad o excepcionalmente la persona de apoyo, en los términos del artículo 6 de la presente resolución, solicitará ante la secretaría de salud distrital o municipal de su lugar de residencia o la entidad que haga sus veces, la orden para certificación de discapacidad, allegando los siguientes documentos e información:
7.1.1. Copia de la historia clínica en la que incluya el (los) diagnóstico(s) de la Clasificación Internacional de Enfermedades -CIE- vigente, relacionado(s) con la discapacidad y sus soportes de apoyo diagnóstico, emitidos por el (los) médico(s) tratante(s) del prestador de servicios de salud de la red de la EPS o entidad adaptada a la que se encuentre afiliada. Esta historia clínica no requiere tiempo de vigencia.
7.1.2. El tipo de valoración a realizar por el equipo multidisciplinario (institucional o domiciliaria o telemedicina), será establecida por el (los) médico(s) tratante(s) del prestador de servicios de salud de la red de la entidad promotora de salud o la entidad adaptada a la que se encuentre afiliado el interesado, con base en su condición de salud. La determinación del tipo de valoración entre domiciliaria o telemedicina la tomará la secretaría de salud en función de la oferta presente en los prestadores del territorio.
7.1.3. Los apoyos y ajustes razonables (movilidad, comunicación y acceso a la comunicación, persona de apoyo) de ser necesarios, establecidos por el(los) médico(s) tratante(s) del prestador de servicios de salud de la red de la entidad promotora de salud o entidad adaptada a la que se encuentre afiliado el interesado.
7.1.4. Comunicación suscrita por la empresa o grupo empresarial, dirigida a la secretaría de salud, presentando a la persona y señalando que realizará el pago de la valoración clínica multidisciplinaria a los prestadores de servicios de salud, cuando se trate del evento previsto en el parágrafo 2 del artículo 4 de esta resolución.
7.2. La secretaría de salud distrital o municipal o la entidad o las entidades que hagan sus veces deberá asegurarse de que la persona solicitante comprende de qué se trata la realización del procedimiento de certificación de discapacidad y manifiesta estar de acuerdo con iniciar el proceso de obtención de la orden. Para ello, garantizará los apoyos y ajustes razonables que requieran las personas para acceder a tal información y tomar la decisión libre e informada.
7.3. Máximo, dentro de los cuatro (4) días hábiles posteriores a la solicitud, la secretaría de salud distrital o municipal o la entidad que haga sus veces designará al talento humano en Salud (Auxiliar, Técnico, Tecnólogo o profesional) calificado para realizar el proceso de verificación de la documentación e información aportada por el solicitante, con el fin de que cumpla con lo descrito en los numerales del 7.1.1 al 7.1.4 de este artículo, y definirá si es procedente la generación de orden para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, de acuerdo al resultado de la verificación.
7.4. Si la documentación e información aportada por el solicitante cumple, la secretaría de salud distrital o municipal o la entidad que haga sus veces en un término máximo de un (1) día hábil posterior a la verificación de que trata el numeral anterior, generará la orden para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y entregará a la persona solicitante por el medio que esta haya autorizado, la orden en la que se señalará:
7.4.1. Fecha de expedición.
7.4.2. Número de orden.
7.4.3. Nombre completo, tipo y número de identificación, número telefónico o medio de contacto de la persona a la que se le practicará la valoración clínica multidisciplinaria.
7.4.4. Razón social, dirección, número de teléfono y correo electrónico del prestador de servicio de salud asignado para la realización del procedimiento; esta asignación deberá atender a las características del caso, al diagnóstico asociado y a los apoyos y ajustes razonables requeridos.
7.4.5. Tipo de valoración clínica multidisciplinaria (institucional, domiciliaria), de acuerdo con lo establecido por el médico tratante.
7.4.6. Las necesidades de apoyos y ajustes razonables, cuando el médico tratante las haya establecido, de acuerdo con la siguiente clasificación:
7.4.6.1. Movilidad.
7.4.6.2. Comunicación y acceso a la comunicación.
7.4.6.3. Persona de apoyo.
7.4.7. La manifestación de que el procedimiento será pagado directamente al prestador de servicio de salud por la empresa o grupo empresarial que presentó a la persona, cuando aplique.
7.5. Si la documentación e información aportada por el solicitante no cumple con lo descrito en los numerales 7.1.1 al 7.1.4 de este artículo, la secretaría de salud distrital o municipal o la entidad que haga sus veces, en un término máximo de un (1) día hábil posterior a la verificación de que trata el numeral 7.3, informará a la persona solicitante por el medio que esta haya autorizado, lo que se requiere para el cumplimiento, y que una vez cuente con ello podrá presentar la documentación requerida para continuar con el trámite.
7.6. En un término no superior a un (1) día hábil posterior a la generación de la orden para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, la secretaría de salud distrital o municipal o la entidad que haga sus veces, le comunicará por el medio más expedito al prestador de servicios de salud asignado, sobre dicha generación; así mismo, enviará al prestador copia de la historia clínica y apoyos diagnósticos, para que cuente con este documento el día de la valoración, con el fin de que esta asigne la cita para la realización de la valoración clínica multidisciplinaria.
7.7. El prestador de servicios de salud, en un término no superior a diez (10) días hábiles posteriores a la comunicación de la orden, asignará la cita y realizará la valoración clínica multidisciplinaria; para ello, le comunicará al solicitante o excepcionalmente a la persona de apoyo, la fecha, hora y lugar donde se llevará a cabo.
Los cambios de fecha u horario de la cita para la valoración clínica multidisciplinaria que requiera el solicitante deberán ser tramitados directamente por este ante el prestador de servicios de salud.
Parágrafo. El canal de atención para enviar la orden, historia clínica y apoyo diagnósticos y obtener la cita para certificación de discapacidad será determinado por las secretarías de salud distritales y municipales o las entidades que hagan sus veces.
Artículo 8.Realización del procedimiento de certificación de discapacidad. Para llevar a cabo el procedimiento de certificación de discapacidad, los prestadores de servicios de salud, deben contar con la historia clínica y los soportes de apoyo diagnóstico de la persona interesada, los cuales previamente han sido remitidos por la secretaría de salud municipal o distrital.
Corresponde a los prestadores de servicios de salud garantizar que en la valoración clínica multidisciplinaria se cuente con los apoyos y ajustes razonables que haya establecido el médico tratante, y que el procedimiento de certificación de discapacidad se desarrolle en los términos del anexo técnico que hace parte integral de la presente resolución.
El equipo multidisciplinario deberá asegurarse que la persona solicitante comprende de qué se trata la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, que la información que de este se derive y su resultado se registrará en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, y que esa información será utilizada para apoyar la formulación, implementación y seguimiento de políticas públicas, planes, programas y proyectos orientados a la garantía de los derechos de las personas con discapacidad, como medio de verificación de la existencia de discapacidad o priorización para programas sociales y para el redireccionamiento a la oferta programática institucional.
Una vez se cuente con la manifestación de voluntad del solicitante o excepcionalmente de la persona de apoyo, se iniciará la valoración clínica multidisciplinaria.
Artículo 9. Resultado del procedimiento de certificación de discapacidad. Efectuado el procedimiento de certificación de discapacidad y de acuerdo con el resultado del mismo, el equipo multidisciplinario del prestador de servicios de salud deberá:
9.1. Si el resultado establece que la persona solicitante tiene discapacidad:
9.1.1. Informar a la persona con discapacidad o excepcionalmente a través de la persona de apoyo, los siguientes aspectos, asegurándose de que comprenda la información, para lo cual, de ser necesario, hará uso de los apoyos y ajustes razonables que requiera:
9.1.1.1. El resultado del procedimiento de certificación de discapacidad y las razones en que este se fundamenta.
9.1.1.2. Que dicho resultado se registró en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad.
9.1.1.3. Que el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, genera el certificado de discapacidad como documento personal e intransferible que señala los datos personales de nombre, apellido, tipo y número de documento de identidad, lugar y fecha de la valoración clínica multidisciplinaria, categoría de discapacidad, nivel de dificultad en el desempeño, perfil de funcionamiento, datos de los profesionales del equipo multidisciplinario y código QR.
9.1.1.4. La ruta mediante la cual se puede acceder para descargar el certificado de discapacidad es ingresando al Sistema Integrado de Información de la Protección Social (SISPRO). Si corresponde a una persona mayor de edad puede acceder a la descarga del certificado en la página SISPRO; si corresponde a un menor de edad, debe remitirse a la Secretaría de Salud de la Entidad Territorial.
9.1.1.5. La posibilidad de solicitar una segunda opinión, así como las condiciones para ello, descritas en el artículo 11 de la présente resolución, en caso de no estar de acuerdo con el resultado del procedimiento de certificación de discapacidad.
9.1.2. Entregarle el certificado de discapacidad generado por el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad. En el evento que no sea posible la generación o la entrega del certificado de discapacidad en la cita, informarle las razones y motivos, y proceder a realizar las acciones pertinentes para resolver los inconvenientes. En todo caso, el certificado será entregado dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la realización de la valoración clínica multidisciplinaria.
9.2. Si el resultado establece que la persona solicitante no tiene discapacidad, no se generará certificado, y el equipo multidisciplinario del Prestador de Servicios de Salud deberá:
9.2.1. Informarle al solicitante o excepcionalmente a la persona de apoyo, los siguientes aspectos, asegurándose de que comprende dicha información, para lo cual, de ser necesario, hará uso de los apoyos y ajustes razonables que requiera:
9.2.1.1. El resultado del procedimiento de certificación de discapacidad y las razones en que este se fundamenta.
9.2.1.2. Que dicho resultado se registró en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, únicamente como soporte de la realización de la valoración clínica multidisciplinaria.
9.2.1.3. La posibilidad de solicitar una segunda opinión, así como las condiciones para ello, descritas en el artículo 11 de la presente resolución, en caso de no estar de acuerdo con el resultado del procedimiento de certificación de discapacidad.
Artículo 10. Términos para realizar el procedimiento de certificación de discapacidad y la entrega del resultado. El procedimiento de certificación de discapacidad y la entrega del resultado no podrá exceder de diecisiete (17) días hábiles posteriores al establecimiento del cumplimiento de la documentación e información entregada para la solicitud de lo descrito en los numerales 7.1.1 al 7.1.4 de la presente resolución.
Artículo 11.Segunda opinión. El solicitante o la persona de apoyo que no esté de acuerdo con el resultado del procedimiento de certificación de discapacidad, podrá solicitar una segunda opinión por una única vez en cualquier tiempo. Para esto, la secretaría de salud distrital o municipal o la entidad que haga sus veces generará la orden para realizar un nuevo procedimiento de certificación de discapacidad con un equipo multidisciplinario diferente y él prestador de servicios de salud asignará la cita, en los términos de los numerales 7.4, 7.6, y 7.7, sin que sea necesario agotar el proceso establecido en los numerales 7.1 al 7.3 de la presente resolución.
La información y el resultado de este último procedimiento será el que finalmente quede registrado en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad; en consecuencia, el registro de la primera valoración hará parte de la trazabilidad del proceso de la información del Registro de Localización y Caracterización de personas con discapacidad.
Artículo 12.Actualización del certificado de discapacidad. La actualización del certificado de discapacidad se adelantará conforme con el proceso contemplado en el artículo 7 de la presente resolución, únicamente en los siguientes casos:
12.1. Cuando el menor de edad certificado cumpla seis (6) años.
12.2. Cuando el menor de edad certificado cumpla dieciocho (18) años.
12.3. Cuando a criterio del médico tratante se modifiquen las deficiencias corporales, limitaciones en las actividades o restricciones en la participación, por efecto de la evolución positiva o negativa de la condición de salud.
Artículo 13. Restricciones en el uso del procedimiento de certificación de discapacidad. El procedimiento de certificación de discapacidad y el certificado de discapacidad no son documentos válidos para el reconocimiento de prestaciones económicas y asistenciales del Sistema General de Pensión o de Riesgos Laborales, ni para la calificación de la pérdida de capacidad laboral y ocupacional.
CAPÍTULO III
REGISTRO DE LOCALIZACIÓN Y CARACTERIZACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Artículo 14. Registro de localización y caracterización de personas con discapacidad. Es la plataforma que hace parte del Sistema Integrado de Información de la Protección Social, en la cual se registra la información resultante del procedimiento de certificación de discapacidad, a fin de establecer la caracterización y localización geográfica, en los niveles municipal, distrital, departamental y nacional, y es la fuente oficial de información sobre las personas con discapacidad en Colombia.
Artículo 15. Actualización de la información del registro de localización y caracterización de personas con discapacidad. La información registrada en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad correspondiente a los datos personales de residencia y ambientales de autorreconocimiento esto es, sexo, identidad de género, orientación sexual, pertenencia étnica, así como del ejercicio de derechos y caracterización de entorno para la_ vida y el cuidado de la persona con discapacidad, pueden ser actualizados por las secretarías de salud distrital o municipal o la entidad que haga sus veces de su lugar de residencia, previa solicitud de la persona con discapacidad o de la persona de apoyo, en los términos del articulo 6 de la presente resolución.
Parágrafo. Para la actualización de los datos personales de nombre, apellido, tipo y número de documento de identidad, la persona con discapacidad o la persona de apoyo deberá realizar la solicitud ante el Ministerio de Salud y Protección Social.
Artículo 16.Usos de la información del registro de localización y caracterización de personas con discapacidad. La información registrada en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, será utilizada para apoyar la formulación, implementación y seguimiento de políticas públicas, planes, programas y proyectos, orientados a la garantía de los derechos de las personas con discapacidad, como medio de verificación de la existencia de discapacidad o priorización para programas sociales y para el redireccionamiento a la oferta programática institucional, sin que se constituya en una barrera de acceso a la misma.
Las entidades responsables de las políticas públicas, planes, programas y proyectos o aquellas que provean servicios o beneficios dirigidos a la población con discapacidad, serán las responsables de definir los criterios de acceso, permanencia o egreso a los mismos, relacionados con el certificado de discapacidad o la información registrada en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, así como de verificar mediante la consulta individual, nominal o masiva que la persona tiene certificado de discapacidad, que el certificado presentado es legítimo y que está incluida en dicho Registro
Parágrafo. La consulta individual de las personas con discapacidad, se puede realizar en el Sistema Integrado de Información de la Protección Social y de requerirse por una entidad información nominal o masiva derivada del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, deberá solicitarla al Ministerio de Salud y Protección Social, atendiendo los criterios de acceso y protección de la información por este establecidos.
Artículo 17. Tratamiento de la información. Las entidades que participen en el acceso, consulta, flujo y consolidación de la información del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos y demás aspectos relacionado á con el tratamiento de información, que les sea aplicable en el marco de la Ley Estatutaria 1581 de 2012 , y lo relacionado con el numeral 3 del artículo 2.2.2.25.1.3 del Decreto 1074 de 2015 y la Ley 1712 de 2014, en virtud de lo cual, se hacen responsables de la privacidad, seguridad y confidencialidad de dicha información, por tratarse de datos sensibles.
CAPÍTULO IV
RESPONSABILIDADES
Artículo 18. Responsabilidades de las secretarías departamentales, distritales y municipales de salud o quien haga sus veces. Además de las responsabilidades establecidas en artículos anteriores, las secretarías departamentales, distritales y municipales de salud o quienes hagan sus veces, deberán:
18.1. Incluir en su plan de acción anual, acciones de actualización continua, cumplimiento de las metas de cobertura y promoción del procedimiento de certificación de discapacidad y del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, en coordinación con el Comité Territorial de Discapacidad.
18.2. Promover con otras entidades y sectores el uso de la información registrada en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad para apoyar la formulación, implementación y seguimiento de políticas públicas, planes, programas y proyectos, orientados a la garantía de los derechos de las personas con discapacidad, sin que se constituya en una barrera de acceso a los ‘mismos.
18.3. Asignar por lo menos un funcionario del sector salud como referente de discapacidad y responsable del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad.
18.4. Garantizar la disponibilidad de los prestadores de servicios de salud autorizados para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad.
18.5. Brindar asistencia técnica y capacitación sobre certificación de discapacidad y Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad a los prestadores de servicios de salud autorizados, en pro de garantizar la calidad de la información registrada.
18.6. Disponer de las condiciones técnicas y administrativas para tramitar oportunamente las solicitudes de actualización de los datos de las personas incluidas en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, y orientar la actualización de los datos personales y ambientales del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la presente resolución.
18.7. Elaborar e implementar estrategias de comunicación, en las que se incluyan campañas publicitarias y piezas de comunicación accesibles de difusión masiva, esto es, redes sociales, radio, televisión, por parte de todos los actores involucrados, con el fin de orientar a la comunidad sobre la ruta para acceder a la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, alcance y usos del certificado de discapacidad.
18.8. Elaborar e implementar programas de capacitación, sensibilización y evaluación del talento humano de las entidades territoriales, de las entidades promotoras de salud, entidades adaptadas y los prestadores de servicios de salud autorizados, sobre el procedimiento de certificación de discapacidad y Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, obtención de la orden y la cita para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad y la inclusión en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, la provisión de apoyos y ajustes razonables y el enfoque diferencial, de acuerdo con los lineamientos que para tal fin defina el Ministerio de Salud y Protección Social.
18.9. Orientar permanentemente a los prestadores de servicios de salud autorizados sobre el cumplimiento de los criterios establecidos en el artículo 5° de la presente resolución.
18.10. Llevar a cabo de manera prioritaria, pronta y eficiente, todas las gestiones administrativas necesarias y pertinentes para la implementación del procedimiento de certificación de discapacidad.
18.11. Realizar el proceso para la habilitación, deshabilitación y eliminación de usuarios en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, de acuerdo con el proceso establecido por este Ministerio para tal fin.
18.12. Promover que, en los prestadores de servicios de salud, los integrantes de los equipos multidisciplinarios estén formados en certificación de discapacidad.
Artículo 19. Responsabilidades de las entidades promotoras de salud y de las entidades adaptadas. Además de las responsabilidades establecidas en artículos anteriores, las entidades promotoras de salud y las entidades adaptadas, deberán:
19.1. Garantizar a sus afiliados, la obtención de la copia de la historia clínica en la que se incluya el diagnóstico de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) vigente, relacionado con la discapacidad, los soportes de apoyo diagnóstico, la determinación de la necesidad de apoyos y ajustes razonables que se necesiten y el tipo de la valoración clínica multidisciplinaria (institucional o domiciliaria).
19.2. Garantizar la entrega de la copia de la historia clínica por parte del prestador de servicios de salud que la generó, en un término máximo de cinco (5) días calendario posteriores a la solicitud del afiliado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 102 del Decreto 2106 de 2019.
19.3. Cualificar al talento humano en salud del área clínica y administrativa, en el procedimiento de certificación de discapacidad y Registro de Localización y Caracterización de las personas con discapacidad, proceso de acceso al mismo y apoyos y ajustes razonables, de acuerdo con los lineamientos que para tal fin defina el Ministerio de Salud y Protección Social.
19.4. Participar en los programas de capacitación, sensibilización y evaluación del conocimiento del talento humano de que trata el numeral 18.8 de la presente resolución”.
Artículo 20.Responsabilidades de los prestadores de servicios de salud autorizados. Además de las responsabilidades establecidas en artículos anteriores, los prestadores de servicios de salud autorizados para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad deberán:
20.1. Cumplir permanente con los criterios establecidos en el artículo 5 de la presente resolución.
20.2. Disponer de agendas abiertas para la asignación de citas con los equipos multidisciplinarios.
20.3. Realizar la inscripción como entidad usuaria y obligada a reportar información, a través del Sistema Integrado de Información de la Protección Social.
20.4. Direccionar a la persona con discapacidad hacia la secretaría de salud o la entidad que haga sus veces, para el suministro de información relacionada con la oferta programática institucional y los usos del certificado de discapacidad.
20.5. Participar en los programas de capacitación, sensibilización y evaluación del conocimiento del talento humano de que trata el numeral 18.8 del artículo 18 de la presente resolución.
20.6. Realizar el proceso para la habilitación, deshabilitación y eliminación de usuarios en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, de acuerdo con el proceso establecido por el Ministerio para tal fin.
20.7. Garantizar que el talento humano en salud y de trabajadores sociales realicen la formación en el procedimiento de certificación de discapacidad y Registro de Localización y Caracterización de Personas con discapacidad, con el propósito de aumentar progresivamente la capacidad instalada para la implementación del procedimiento.
Artículo 21. Responsabilidades de las personas solicitantes y personas con discapacidad certificadas. Las personas solicitantes del procedimiento de certificación de discapacidad y las personas con discapacidad certificadas o la persona de apoyo, de acuerdo con el caso, deberán:
21.1. Solicitar al prestador de servicios de salud de la red de prestación de servicios de la EPS o entidad adaptada a la que se encuentre afiliada, la consulta con el médico tratante para establecer el (los) diagnóstico(s) de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) vigente relacionado(s) con discapacidad, la determinación de apoyos y ajustes razonables que se requieran para el desarrollo de la valoración clínica multidisciplinaria y la modalidad en la que se requiere sea realizada la valoración (institucional o domiciliaria).
21.2. Solicitar copia de la historia clínica en la que se incluya el diagnóstico de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) vigente relacionado con la discapacidad, emitido por el (los) médico(s) tratante(s) del prestador de servicios de salud de la red de prestación de servicios de la entidad promotora de salud o entidad adaptada a la que se encuentre afiliada, así como de los soportes de apoyo diagnóstico, en concordancia con lo establecido en el parágrafo del articulo 7 de la presente resolución.
21.3. Realizar el proceso para la obtención de la orden y la cita para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, de que trata el artículo 7 de la presente resolución.
21.4. Asistir a la cita programada por el prestador de servicios de salud autorizado para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad.
21.5. Con el fin de actualizar el certificado de discapacidad, en los términos dispuestos en el artículo 12 del presente acto administrativo, deberá realizar el proceso para ia obtención de la orden y la cita para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, de que trata el artículo 7 de la presente resolución.
21.6. Solicitar la actualización de la información del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, en los términos del artículo 15 de esta resolución.
CAPÍTULO V
ASIGNACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS DISPUESTOS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
Artículo 22. Asignación de recursos. Los recursos del Presupuesto General de la Nación dispuestos por el Ministerio de Salud y Protección Social, para cofinanciar el procedimiento de certificación de discapacidad y la implementación del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, serán asignados por este Ministerio hasta su agotamiento, mediante acto administrativo, en cada vigencia, a las Empresas Sociales del Estado ESE y a las entidades territoriales departamentales, distritales, que cumplan con los criterios habilitantes y requisitos establecidos en la presente resolución y lineamientos que expida esta cartera ministerial.
Artículo 23.Criterios habilitantes. Se tendrán por criterios que habilitan a las entidades territoriales departamentales y distritales y a las Empresas Sociales del Estado – ESE – para ser beneficiarias de la asignación de recursos para cofinanciar el procedimiento de certificación de discapacidad, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 5 de la presente resolución, los siguientes:
23.1. Las Empresas Sociales del Estado – ESE – deberán estar autorizadas por las secretarías de salud departamentales o distritales.
23.2. En caso que no existan Empresas Sociales del Estado – ESE- autorizadas, la entidad territorial departamental y distrital deberá contar con otros prestadores de servicios de salud privados, previamente autorizados por las secretarías de salud departamentales o distritales.
23.3. Contar con capacidad operativa, es decir, talento humano e infraestructura administrativa para la implementación de la certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, de acuerdo con lo establecido en la presente resolución, así como para realizar el reporte y soporte de la ejecución de los recursos asignados.
Artículo 24. Requisitos. Las Empresas Sociales del Estado y las entidades territoriales departamentales y distritales que consideren ser beneficiarias de los recursos para la cofinanciación del procedimiento de certificación de discapacidad y la implementación del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, deberán presentar ante la Oficina de Promoción Social del Ministerio de Salud y Protección social, los documentos que acrediten el cumplimiento de los criterios habilitantes a que hace referencia el artículo 23 de la presente resolución, en los siguientes términos:
24.1. Certificación suscrita por el secretario de salud o director de salud departamental o distrital, en la que señale la cantidad de profesionales formados en certificación de discapacidad, la razón social, número de identificación tributaria y ubicación de los prestadores de servicios de salud autorizados, el número de equipos multidisciplinarios conformados por éstas y el número de valoraciones multidisciplinarias que se encuentran en capacidad de realizar semanalmente.
24.2. Carta suscrita por el gerente o el representante legal de la Empresa Social del Estado -ESE- o de la entidad territorial respectivamente, en la que manifieste la intención de apropiar y ejecutar los recursos asignados por el Ministerio de Salud y Protección Social y de realizar el reporte técnico y financiero de dicha ejecución, en el marco de la normatividad vigente y de los lineamientos que para tal efecto establezca este Ministerio.
Artículo 25. Criterios de priorización y distribución de recursos. Respecto de las Empresas Sociales del Estado y las entidades territoriales departamentales y distritales que hayan acreditado los criterios habilitantes y requisitos de que tratan los artículos que preceden, la Oficina de Promoción Social de este Ministerio, tendrá en cuenta la totalidad de los siguientes criterios para la implementación del certificado de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad-RLCPD:
25.1. Valor de la demanda de atención.
25.2. Valor de la oferta de atención.
25.3. Se tendrán en cuenta, aquellos territorios que pertenezcan a: i) Entidades territoriales priorizadas en el Programa de Desarrollo con Enfoque Territorial- PDET. ii) Entidades territoriales priorizadas como Zonas más Afectadas por el Conflicto Armado -ZOMAC.iii) Entidades territoriales priorizadas en el Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de uso Ilícito y, iv) Entidades territoriales ubicados en zona pacífica.
Artículo 26. Concepto de viabilidad técnica La Oficina de Promoción Social de este Ministerio, como responsable del gerenciamiento de los recursos para la cofinanciación del procedimiento de certificación de discapacidad y la implementación del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, certificará el cumplimiento de los criterios habilitantes y los criterios de priorización y distribución para la asignación de los recursos presupuestales que se destinen a las entidades territoriales o las Empresas Sociales del Estado ESE- para la implementación del mismo.
CAPÍTULO VI
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 27. Vigencia de los certificados de discapacidad. El certificado de discapacidad mantiene su vigencia hasta tanto deba ser actualizado en los términos del artículo 12 de la presente resolución.
Parágrafo 1. La presente disposición también aplica para aquellos certificados de discapacidad expedidos antes del 21 de julio de 2022.
Parágrafo 2. El modelo del certificado de discapacidad podrá modificarse por parte de esté Ministerio de acuerdo con las necesidades que se identifiquen en el marco de la implementación del procedimiento de certificación de discapacidad; los certificados que hayan sido expedidos con anterioridad a las modificaciones no perderán su vigencia.
Artículo 28. Vigencia y derogatoria. Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 1239 de 2022.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ANEXO TÉCNICO
MANUAL TÉCNICO DEL REGISTRO Y CERTIFICACIÓN DE DISCAPACIDAD
GLOSARIO DE SIGLAS
CIE Clasificación Internacional de Enfermedades.
CIF: Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud.
CIF-IA: Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud, versión para la Infancia y la Adolescencia.
PSS: Prestadores de Servicios de Salud.
OMS: Organización Mundial de la Salud. RIPS: Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud.
RLCPD: Registro de Localización y Caracterización de las Personas con Discapacidad.
SISPRO: Sistema Integrado de Información de la Protección Social.
WHODAS 2.0: Cuestionario de Evaluación de la Discapacidad de la OMS.
- FUNDAMENTOS CONCEPTUALES
1.1. Modelo conceptual de la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud – CIF.
El procedimiento de certificación de discapacidad se fundamenta en la necesidad de reconocer las características de las personas con discapacidad y de la relación que establecen con su entorno, las cuales pueden impedir el desarrollo de su proyecto de vida. Para este propósito, la certificación y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad-RLCPD se fundamentan en la Clasificación Internacional dél Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud – CIF (OMS, 2001).
La CIP hace parte de la familia de clasificaciones internacionales de la OMS y, a través de ella, se clasifican los estados de salud y estados relacionados con la salud. Aporta un lenguaje estandarizado, fiable y aplicable transculturalmente, que permite describir el funcionamiento humano y la discapacidad como elementos importantes de la salud, utilizando para ello un lenguaje positivo y una visión universal de la discapacidad teniendo en cuenta que dichos aspectos son la resultante de la interacción del individuo con el contexto social (OMS, 2001).
Los conceptos centrales de la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud – CIF,
son:
a. Las estructuras y funciones corporales, incluidas las funciones mentales y psicológicas, cuya ausencia o alteración conducen a las deficiencias corporales.
b. Las actividades, ubicadás en el nivel del desempeño individual de tareas y cuyas dificultades conducen a las limitaciones en las actividades.
c. La participación, componente relacionado con el nivel de involucramiento y desenvolvimiento en las situaciones sociales, que al no poder ser desarrolladas llevan a las restricciones en la participación. (OMS, 2001).
Con base en estos elementos, la CIF define la discapacidad corno un término genérico que incluye deficiencias en las funciones o estructuras corporales, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación y que indica los aspectos negativos de la interacción entré un individuo con una condición de salud y sus factores contextuales, los cuales pueden actuar como:
a. Facilitadores: Todos aquellos factores en el entorno de una persona que, cuando están presentes o ausentes, mejoran el funcionamiento y reducen la discapacidad.
b. Barreras: Todos aquellos factores en el entorno de una persona que, cuando están presentes o ausentes, limitan el funcionamiento y generan discapacidad.
Los aspectos corporales, individuales, sociales y ambientales establecen relaciones complejas entre sí, determinando las características del funcionamiento y la discapacidad. Sobre la base de este enfoque dinámico, multidimensional e interactivo, se puede afirmar que la CIF se fundamenta en el modelo biopsicosocial. En el siguiente esquema se muestra la interacción que se presenta entre los elementos del modelo conceptual de la CIF:

1.2. Categorías de discapacidad
Partiendo de lo establecido en la normatividad nacional y para los efectos de captura y análisis de información, tanto individual como estadística, en el procedimiento de certificación de discapacidad se reconocen las siguientes categorías de discapacidad, las cuales no son mutuamente excluyentes:
1.2.1. Discapacidad física. En esta categoría se encuentran las personas que presentan en forma permanente deficiencias corporales funcionales a nivel musculo esquelético, neurológico, tegumentario de origen congénito o adquirido, pérdida o ausencia de alguna parte de su cuerpo, o presencia de desórdenes del movimiento corporal. Se refiere a aquellas personas que podrían presentar en el desarrollo de sus actividades cotidianas, diferentes grados de dificultad funcional para el movimiento corporal y su relación en los diversos entornos al caminar, desplazarse, cambiar o mantener posiciones del cuerpo, llevar, manipular o transportar objetos y realizar actividades de cuidado personal, o del hogar, interactuar con otros sujetos, entre otras (Ministerio de la Protección Social & ACNUR, 2011).
Para aumentar el grado de independencia, las personas con alteraciones en su movilidad requieren, en algunos casos, de la ayuda de otras personas, al igual que de productos de apoyo corno prótesis (piernas o brazos artificiales), órtesis, sillas de ruedas, bastones, caminadores y muletas, entre otros. De igual forma, para su participación en actividades personales, educativas, formativas, laborales y productivas, deportivas, culturales y sociales pueden requerir espacios físicos y transporte accesible.
1.2.2. Discapacidad auditiva. En esta categoría se encuentran personas que presentan en forma permanente deficiencias en las funciones sensoriales relacionadas con la percepción de los sonidos y la discriminación de su localización, tono, volumen y calidad; como consecuencia, presentan diferentes grados de dificultad en la recepción y producción de mensajes verbales y, por tanto, para la comunicación oral. Se incluye en esta categoría a las personas sordas y a las personas con hipoacusia esto es, aquellas que debido a una deficiencia en la capacidad auditiva presentan dificultades en la discriminación de sonidos, palabras, frases, conversación e incluso sonidos con mayor intensidad que la voz conversacional, según el grado de pérdida auditiva (Ministerio de la Protección Social & ACNUR, 2011). Para aumentar su grado de independencia estas personas pueden requerir de la ayuda de intérpretes de lengua de señas, productos de apoyo como audífonos, implantes cocleares o sistemas FM, entre otros.
De igual forma, para garantizar su participación, requieren contextos accesibles, así como estrategias comunicativas entre las que se encuentran los mensajes de texto y las señales visuales de información, orientación y prevención de situaciones de riesgo.
1.2.3. Discapacidad visual. En esta categoria se incluye a aquellas personas que presentan deficiencias para percibir la luz, forma, tamaño o color de los objetos. Se incluye a las personas ciegas y a las personas con baja visión, es decir, quienes, á pesar de usar gafas o lentes de contacto, o haberse practicado cirugía, tienen dificultades para distinguir formas, colores, rostros, objetos en la calle, ver en la noche, , ver de lejos o de cerca, independientemente de que sea por uno o ambos ojos (Ministerio de la Protección Social & ACNUR, 2011). Estas personas presentan diferentes grados de dificultad en la ejecución de actividades de cuidado personal, del hogar o del trabajo, entre otras. Para una mayor independencia y autonomía, estas personas pueden requerir productos de apoyo como bastones de orientación, lentes o lupas, textos en braille, macrotipo (texto ampliado), programas lectores de pantalla, programas magnificadores o información auditiva, entre otros. Para su participación requieren contextos accesibles en los que se cuente con señales informativas, orientadoras y de prevención de situaciones de riesgo, con colores de contraste, pisos con diferentes texturas y mensajes, en braille o sonoros, entre otros.
1.2.4. Sordoceguera. La sordoceguera es una discapacidad única que resulta de la combinación de una deficiencia visual y una deficiencia auditiva, que genera en las personas que la presentan problemas de comunicación, orientación, movilidad y el acceso a la información. Algunas personas sordociegas son sordas y ciegas totales, mientras que otras conservan restos auditivos y/o restos visuales. Las personas sordociegas requieren de servicios especializados de guía interpretación para su desarrollo e inclusión social.
1.2.5. Discapacidad intelectual. Se refiere a aquellas personas que presentan deficiencias en las capacidades mentales generales, como el razonamiento, la resolución de problemas, la planificación, el pensamiento abstracto, el juicio, el aprendizaje académico y el aprendizaje de la experiencia. Estos producen deficiencias del funcionamiento adaptativo, de tal manera que el individuo no alcanza los estándares de independencia personal y de responsabilidad social en uno o más aspectos de la vida cotidiana, incluidos la comunicación, la participación social, el funcionamiento académico u ocupacional y la independencia personal en la casa o en la comunidad (American Psychiatric Association, 2014). Para lograr una mayor independencia funcional y participación social, estas personas requieren de apoyos especializados terapéuticos y pedagógicos, entre otros. Es necesaria la adecuación de programas educativos o formativos adaptados a sus posibilidades y necesidades, al igual que el desarrollo de estrategias que faciliten el aprendizaje de tareas y actividades de la vida diaria, como autocuidado, interacción con el entorno y de desempeño de roles dentro de la sociedad. Los apoyos personales son indispensables para su protección y como facilitadores en su aprendizaje y participación social.
1.2.6. Discapacidad psicosocial (mental). Resulta de la interacción entre las personas con deficiencias (alteraciones en el pensamiento, percepciones, emociones, sentimientos, comportamientos y relaciones, considerados como signos y síntomas atendiendo a su duración, coexistencia, intensidad y afectación funcional) y las barreras del entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad. Estas barreras surgen de los límites que las diferentes culturas y sociedades imponen a la conducta y comportamiento humanos, así como por el estigma social y las actitudes discriminatorias. Para lograr una mayor independencia funcional, estas personas requieren básicamente de apoyos médicos y terapéuticos especializados de acuerdo a sus necesidades. De igual forma, para su protección y participación en actividades personales, educativas, formativas, deportivas, culturales, sociales, laborales y productivas, pueden requerir apoyo de otra persona (MSPS, 2015a).
1.2.7. Discapacidad múltiple. Presencia de dos o más deficiencias asociadas, de orden físico, sensorial, mental o intelectual, las cuales afectan significativamente el nivel de desarrollo, las posibilidades funcionales, la comunicación, la interacción social y el aprendizaje, por lo que requieren para su atención de apoyos generalizados y permanentes. Las particularidades de la discapacidad múltiple no están dadas por la sumatoria de los diferentes tipos de deficiencia, sino por la interacción que se presenta entre ellos. A través de dicha interacción se determina el nivel de desarrollo, las posibilidades funcionales, de la comunicación, de la interacción social (Secretada de Educación Pública, Perkins International Latin America & Sense International 2011).
- PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE DISCAPACIDAD
El procedimiento de certificación de discapacidad será realizado y registrado en el aplicativo WEB del RLCPD por el equipo multidisciplinario y los prestadores de servicios de salud en cumplimiento de lo dispuesto en el presente anexo técnico, mediante valoración clínica multidisciplinaria simultánea la cual tiene como objetivo establecer la discapacidad de la persona solicitante, a través de la identificación de la presencia de deficiencias en funciones y estructuras corporales, incluyendo las psicológicas, las limitaciones en la actividad y restricciones en la participación.
Inicialmente, el equipo multidisciplinario deberá asegurarse de que la persona solicitante comprende de que se trata la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, que la información que de este se derive y su resultado se registrará en el RLCPD, y que esa información será utilizada para apoyar la formulación, implementación y seguimiento de políticas públicas, planes, programas y proyectos, orientados a la garantía de los derechos de las personas con discapacidad, como medio de verificación de la existencia de discapacidad o priorización para programas sociales y para el redireccionamiento a la oferta programática institucional. Para ello, garantizará y hará uso de los apoyos y ajustes razonables que requiere la persona para acceder a tal información y tomar la decisión libre e informada respecto a llevarlo a cabo.
Una vez se cuente con la Manifestación del solicitante o excepcionalmente de la persona de apoyo, de llevar a cabo el procedimiento, se dará inicio a la valoración clínica multidisciplinaria.
A continuación, se describe la información necesaria para el desarrollo de la valoración para certificación dé discapacidad en el marco de la cita con el equipo multidisciplinario.
2.1. Valoración Clínica multidisciplinaria para la certificación de discapacidad.
2.1.1. Preparación para la valoración
Para el desarrollo de la valoración, el equipo multidisciplinario debe disponer de:
a. La versión digital o física de la CIF versión para la Infancia y la Adolescencia -CIF-IA. (OMS, 2011).
b. Acceso al aplicativo web del RLCPD.
c. Copia de la historia clínica en la que incluya el (los diagnósticos (s) de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) vigente, relacionado (s) con la discapacidad y sus soportes de apoyo diagnóstico, emitidos por el (los) médico (s) tratante (s) del prestador de servicios de salud de la red de la EPS o entidad adaptada en la que se encuentre afiliada.
Igualmente, el equipo multidisciplinario debe organizarse de tal manera que el procedimiento pueda desarrollarse integralmente. Se requerirá la distribución de roles como revisión de documentos y diligenciamiento de la información en el RLCPD.
2.1.2.Acciones a desarrollar dentro de la valoración clínica multidisciplinaria.
En el presente apartado se describen las acciones que deben desarrollarse dentro de la consulta, la metodología y los instrumentos a ser utilizados y los datos que emergen como resultado. En la Tabla 1 se presenta la síntesis del desarrollo de la valoración clínica multidisciplinaria para certificación de discapacidad.
Tabla 1.
Síntesis del desarrollo de la valoración clínica multidisciplinaria para certificación de discapacidad
| Acción | Metodología | Criterios | Datos que arroja como resultado |
| Identificación de deficiencias en funciones y estructuras corporales | Revisión de historia clínica | – Perfil de funcionamiento | – Diagnóstico de la Clasificación Internacional de enfermedades vigente al momento del reporte relacionado con la discapacidad.
– Soportes de apoyo diagnóstico. – Causa de la deficiencia. – Códigos y calificadores de deficiencias en funciones y estructuras corporales – CIF. |
| Valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación | Entrevista estructurada | – Nivel de dificultad en el desempeño | – Datos del acompañante (si lo requiere).
– Códigos y calificadores de limitaciones en la actividad y restricciones en la participación -CIF. – Nivel de dificultad en el desempeño por dominios (aplica Sólo para mayores de 6 años de edad). |
| Solicitud de información sobre factores ambientales y personales | – Factores personales y ambientales | – Datos de identificación -Datos de residencia.
– Datos sobre autorreconocimiento -Datos sobre ejercicio de derechos. – Datos sobre el entorno para la vida y el cuidado |
2.1.2.1. Generación de perfil de funcionamiento
Una tarea que se lleva a cabo de manera transversal durante el desarrollo de la valoración clínica multidisciplinaria para certificación de discapacidad es la generación del perfil de funcionamiento. A continuación, se describen los criterios que deben conformar el perfil:
a. Criterio 1. Diagnósticos relacionados con la discapacidad. Escriba el o los diagnósticos relacionados con la discapacidad y sus respectivos códigos de la Clasificación Internacional de Enfermedades – CIE vigente en el momento del reporte.
b. Criterio 2. Soporte de apoyo diagnóstico. Escriba el nombre y resultados de los soportes de apoyo diagnóstico y conceptos de profesionales de la salud relacionados con la discapacidad, tomados de la fuente de verificación que presenta la persona con discapacidad.
c. Criterio 3. Causa de las deficiencias. Con base en la revisión de las fuentes de verificación, seleccione la opción que mejor represente la causa de la condición de salud del solicitante. Debe seleccionar una sola opción.
Las opciones se encuentran clasificadas en tres grupos: “de nacimiento, adquirida y no se identifica”, como se muestra en la siguiente tabla
| Causa de las deficiencias | ||
| De nacimiento | Adquirida | No se identifica |
| Alteración genética o hereditaria | Enfermedad general | No se identifica causa |
| Alteración del desarrollo embrionario | Enfermedad laboral | |
| Complicaciones durante el parto | Accidente de tránsito | |
| Condiciones de salud de la madre durante el embarazo | Accidente en el hogar | |
| Accidente en el centro educativo | ||
| Accidente de trabajo | ||
| Accidente deportivo | ||
| Desastre natural | ||
| Intoxicación | ||
| Envejecimiento | ||
| Consumo de sustancias psicoactivas | ||
| Lesión auto infligida | ||
| Conflicto armado | ||
| Violencia intrafamiliar | ||
| Violencia por delincuencia común | ||
| Otra | ||
Las opciones enfermedad laboral y accidente de trabajo sólo deben seleccionarse si entre las fuentes de verificación se cuenta con dictamen de origen de pérdida de la capacidad laboral y ocupacional.
- Criterio 4. Perfil del funcionamiento. En esta sección se describe cada uno de los componentes de la discapacidad:
- Funciones corporales (b)
- Estructuras corporales (s)
- Actividades y participación (d)
Se debe realizar la selección de los códigos de la CIF y su respectiva calificación de acuerdo a las reglas de dicha clasificación. Los componentes del perfil de funcionamiento se estructuran de la siguiente manera:
| DOMINIOS | CODIFICACIÓN | ||||||||||||
| N1 | N2 | N3 | C | N1 | N2 | N3 | C | ||||||
|
Capítulo de la CIF- IA |
Bloque (rangos de códigos) | Categoría | Categoría | ||||||||||
| Bloque (rangos de códigos) | Categoría | Categoría | |||||||||||
| Calificador | Calificador | ||||||||||||
A continuación, se describe cada uno de los elementos que conforman la estructura anterior:
- Dominio: es un conjunto práctico y lógico de funciones fisiológicas, estructuras anatómicas, actividades, formas de participación o elementos del entorno. Cada dominio se corresponde con un capítulo de la CIF-IA. Algunos dominios se subdividen en grupos que facilitan la identificación de los aspectos a evaluar. El nombre de los grupos va seguido por el rango de códigos que abarca. Por ejemplo, el, dominio “Funciones sensoriales y dolor” incluye el grupo “Vista y funciones relacionadas” (b210-b229) el cual abarca desde el código b210 hasta el código b229.
- Codificación: se seleccionan los códigos CIF-IA para ,cada.dominio y. grupo que se esté evaluando. Las categorías son los elementos que conforman los dominios. Las categorías y sus respectivos códigos se encuentran en la CIF,IA
De acuerdo con. las reglas de codificación de CIF,IA los códIgos se construyen de la siguiente manera:
| CODIFICACIÓN | ||
| Nivel 1 | Nivel 2 | Nivel 3 |
| Primer nivel | Segundo nivel | Tercer nivel | |
| Letra que identifica el componente | Número de capítulo. | Descriptor de segundo nivel (dos dígitos) | Descriptor de tercer nivel (un dígito) |
Siguiendo con el ejemplo anterior, el dominio “Funciones sensoriales y dolor”, cuyo código de primer nivel es b2 incluye el grupo “Vista y funciones relacionadas” dentro del cual se encuentra la categoría “Funciones visuales” cuyo código es b210 (Segundo nivel), dentro de esta categoría se encuentra la de “Funciones de la agudeza visual”, cuyo código es b2100 (Tercer nivel). Entonces el código para “Funciones de la agudeza visual” se registraría de la siguiente manera:
|
N1 |
N2 | N3 | ||
| b | 2 | 1 | 0 |
0 |
En el procedimiento de certificación de discapacidad el perfil de funcionamiento permite el registro de códigos máximo hasta tercer nivel (N3).
Por último, se debe incluir el calificador para indicar la magnitud del problema que se está evaluando.
Un código CIF solo estará completo si cuenta con su respectivo calificador. Dependiendo del componente al que haga referencia, “tener un problema” puede significar una deficiencia, una limitación o una restricción.
Todos los componentes se cuantifican utilizando la escala genérica de calificación de la CIF que se presenta en la tabla 2. (para la valoración de funciones y estructuras corporales se tendrá en cuenta a partir del calificador 1 – leve)
Tabla 2. Escala genérica de la CIF
|
Calificador |
Descriptor | Rangos |
|
0 |
Ninguna |
0 – 4% |
|
1 |
Leve |
5 – 24% |
|
2 |
Moderada |
25? 49% |
|
3 |
Severa |
50 ? 95% |
| 4 | Completa o no lo puede hacer |
96? 100% |
Para registrar el calificador de una categoría se debe seleccionar el descriptor (leve, moderado, severo o completo). Así, continuando el ejemplo anterior, si una persona presenta una deficiencia severa en las funciones de la agudeza visual, el código completo se registraría de la siguiente manera:
|
N 1 |
N 2 | N 3 | . | C | ||
| b | 2 | 1 | 0 | 0 | . |
3 |
2.1.2.1.1. Identificación de deficiencias corporales mediante revisión de historia clínica.
2.1.2.1.1.1. Deficiencias en las funciones corporales.
Con base en la historia clínica del solicitante:
a. Identifique en cuáles funciones corporales presentan deficiencias y la magnitud de dichas deficiencias.
b. Remítase a las CIF-IA e identifique el capítulo, bloque y categoría que mejor describa cada . una de las deficiencias en Funciones Corporales (tabla 3).
c. Después de seleccionar la categoría debe asignar el calificador de acuerdo a la escala genérica de la CIF (tabla 2).
d, Repita este procedimiento para todas. las deficiencias corporales que puedan estar asociadas con la discapacidad del solicitante.
|
DOMINIOS |
|
|
CAPÍTULOS |
BLOQUES |
| 1. Funciones mentales | Funciones mentales globales (b110-b139) . |
| Funciones mentales específicas (b140-b189) | |
|
2. Funciones sensoriales y del dolor |
Vista y funciones relacionadas (b210-b229) |
| Funciones auditivas y vestibulares (b230-b249) | |
| Funciones sensoriales adicionales (b250-b279) | |
| Dolor (b280-b289) | |
| 3. Funciones de la voz y el habla | Funciones de la voz y el habla (b310-b399) |
|
4. Funciones de los sistemas cardiovascular, , hematológico, inmunológico y respiratorio |
Funciones del sistema cardiovascular (b410-b429) |
| Funciones de los sistemas hematológico e Inmunológico (b430-b439) | |
| Funciones del sistema respiratorio (b440-b449) | |
| Funciones adicionales y sensaciones de los sistemas cardiovascular y respiratorio (b450-b469) | |
| 5. Funciones de ‘los sistemas digestivo metabólico y endocrino | Funciones relacionadas con el sistema digestivo (b510-b539) |
| Funciones relacionadas con el metabolismo y el sistema endocrino (b540- b569) | |
| 6. Funciones genitourinarias y reproductoras | Funciones urinarias (b610-b639) |
| Funciones genitales y reproductoras (b640-b679) | |
| 7. Funciones neuromusculoesqueléticas y relacionadas con el movimiento | Funciones de las articulaciones y.los huesos (b710-b729) |
| Funciones musculares (b730-b749) | |
| Funciones relacionadas con el movimiento (b750-b789) | |
| 8. Funciones de la piel y estructuras relacionadas | Funciones de la piel (b810-b849) |
| Funciones del pelo y las uñas (b850-19869) | |
Cada componente de la-CIF está organizado mediante capítulos o dominios dentro de los cuales hay categorías comunes. Por ejemplo, en el componente de funciones,corporales el capítulo 1, trata sobre todas las funciones mentales.
Los capítulos se subdividen en bloques de categorías por ejemplo en capítulo 1 de funciones mentales hay dos bloques, funciones mentales globales (b110- b139) y funciones mentales específicas (b140- b189).
2.1.2.1.1.2. Deficiencias en estructuras corporales.
Con base en la historia clínica dé la persona solicitante:
a. Identifique en cuáles estructuras corporales preéenta deficiencias y la Magnitud de dichas deficiencias.
b. Remítase a la CIF-IA e identifique el capitulo de Estructuras Corporales y la categoría que mejor describa cada una de las deficiencias.
c. Después de seleccionar la categoría debe asignar el calificador de acuerdo a la escala genérica de la CIF.
d. Todos los componentes de estructuras corporales se califican utilizando la escala de calificadores para estructuras corporales de la CIF que se presenta en la tabla “Escala de calificadores para estructuras corporales de la CIF” (tabla 4).
e. Recuerde que puede haber deficiencias en funciones corporales sin que necesariamente las haya en las estructuras corporales.
Para este componente se usan tres calificadores que valoran la magnitud de la deficiencia (Cm), la naturaleza del cambio en la estructura (Cn) y la localización de la deficiencia (CI).
Tabla 4.
Escala de calificadores para estructuras corporales de la CIF
| Magnitud de la deficiencia (Cm) | Naturaleza del cambio en la estructura (Cn) | Localización (CI) |
| 0. No hay deficiencia | 0. No hay cambio | 0. Más de una región |
| 1. Deficiencia ligera | 1. Ausencia total | 1. Derecha |
| 2. Deficiencia moderada | 2. Ausencia parcial | 2. Izquierda |
| 3. Deficiencia severa | 3. Parte adicional | 3. Ambos lados |
|
4. Deficiencia completa |
4. Dimensiones aberrantes | 4. Delante |
| 5. Discontinuidad | 5. Detrás | |
| 6. Posición desviada | 6. Proximal | |
| 7. Cambios cualitativos en la estructura, incluyendo la acumulación de fluido | 7. Distal | |
| 8. No especificada | 8. No especificada | |
| 9. No aplicable | 9. No aplicable |
Tabla 5.
Tabla del criterio estructuras corporales (s) del perfil de funcionamiento
|
DOMINIOS/ CAPÍTULOS |
| 1. Estructuras del sistema nervioso (s1 10-s199) |
| 2. El ojo, el oído y estructuras relacionadas (s210-s299) |
| 3. Estructuras involucradas en la voz y el habla (s310-s399) |
| 4. Estructuras de los sistemas cardiovascular, inmunológico y respiratorio (s410-s499) |
| 5. Estructuras relacionadas con los sistemas digestivo, metabólico y endocrino (s510-s599) |
| 6. Estructuras relacionadas con el sistema genitourinario y el sistema reproductor (s610-699) |
| 7. Estructuras relacionadas con el movimiento (s710-799) |
| 8. Piel y estructuras relacionadas (s810-899) |
2.1.2.1.2. Limitaciones en las actividades y restricciones en la participación
Este paso se desarrolla mediante la aplicación de un instrumento fundamentado en la CIF-IA, cuyo propósito es identificar la presencia de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación, mediante la caracterización de las dificultades en el desempeño en los dominios de actividades y participación, referidos a: cognición, movilidad, cuidado personal, relaciones, actividades de la vida diaria y participación. Dicho instrumento sigue la perspectiva del desarrollo individual, razón por la cual cuenta con una versión para cada grupo de edad, así:
a. Versión para personas entré O y 2 años de edad.
b. Versión para personas entre 3.y 5 años de edad.
c. Versión para personas entre 6 y 17 años de edad.
d. Versión para personas de 18 años y más.
Cada versión evalúa los dominios de actividades y participación de acuerdo con las actividades propias de cada etapa del ciclo de vida valorada. Cada una dé las preguntas del instrumento cuenta Con:
a. Seis opciones de respuesta: No aplica (NA); Ninguna (0); Leve (1) Moderada (2); Severa (3); No lo puede hacer (4),
b. Relación directa con los códigos ClF-IA.
La aplicación del instrumento se realiza mediante una entrevista estructurada. Aunque todo el equipo multidisciplinario de salud debe estar . presente durante la entrevista, ésta deberá ser conducida por uno solo de los miembros del equipo. Los demás miembros podrán solicitar aclaraciones o ampliaciones de la información durante el curso de la entrevista.
La síntesis resultados del instrumento de valoración dé limitaciones en las actividades y restricciones en la participación, en sus versiones para personas entre 6 y 17 años y para personas de 18 años en adelante, expresara el porcentaje de nivel de dificultad en el desempeño en una escala de 0 a 100 por cada uno de los dominios de actividades y participación.
En la valoración de O a 2 años y de 3 a 5 años no se establece nivel de dificultad en el desempeño dado que el instrumento utilizado es una lista de chequeó con los principales logros del desarrollo esperable para cada grupo de edad, en cambio constante y acelerado.
En tal sentido, el nivel de dificultad en el desempeño es el grado de dificultad, medido en porcentaje, que experimenta una persona, al realizar diferentes actividades e involucrarse en situaciones vitales en su entorno cotidiano; en ningún caso indica una graduación de la condición de discapacidad un porcentaje de la persona.
A continuación, se presentan las instrucciones generales para la aplicación del instrumento y, posteriormente, se incluye cada una de las versiones del mismo. Para la aplicación del instrumento:
a. Léale a la persona entrevistada las instrucciones y preguntas textualmente.
b. Frente a cada pregunta elija la opción de respuesta seleccionada por la persona entrevistada. Señale una sola opción de respuesta para cada pregunta. No deje preguntas sin hacer ni sin respuesta.
c. En el Caso de las personas de . 0 a 2 y de 3 a 5 años, utilice la opción No aplica (NA), solamente si la pregunta planteada no puede ser respondida debido a que evalúa una meta del desarrollo que aún no corresponde a lo esperado para la edad cronológica de la persona.
d. Frente a las personas menores de 18 años las respuestas a la entrevista deben ser apoyadas por el padre, madre o representante legal.
Para la calificación del instrumento:
a. La calificación de las preguntas se realiza registrando el calificador correspondiente a la opción de respuesta elegida por la persona entrevistada en el respectivo espacio para el calificador, frente a cada pregunta.
b. Tenga en cuenta que en el resultado de la versión para personas de O a 2 y de 3 a 5 años los resultados no se ponderan ni se suman, en consecuencia, no generan porcentajes. Los resultados de la versión para personas de 6 a 17 años y de la versión para personas de 18 años y más, tiene reglas de ponderación específicas que se describen en el apartado dedicado a cada una de dichas versiones.
Para la inclusión de los códigos CIF-IA en el perfil de funcionamiento, de las preguntas que reciban un calificador entre 1 y 4, se debe seleccionar los códigos más relevantes del componente de actividades y participación, los cuales se verán reflejados en el certificado de discapacidad.
Tabla 6.
Tabla del criterio actividades y participación (d) del perfil de funcionamiento
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DOMINIOS/CAPÍTULOS |
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| 1. Aprendizaje y aplicación del conocimiento | Experiencias sensoriales intencionadas (d110-d129) |
| Aprendizaje básico (d130-d159) | |
| Aplicación del conocimiento (d130-d159) | |
| 2. Tareas y demandas generales | Tareas y demandas generales (d210-299) |
| 3. Comunicación | Comunicación-recepción (d310-d329) |
| Comunicación-producción (d330-d349) | |
| Conversación y utilización de aparatos y técnicas de comunicación (d350-d369) | |
|
4 . Movilidad |
Cambiar y mantener la posición del cuerpo (d410-d429) |
| Llevar, mover y usar objetos (d430-d449) | |
| Andar y moverse (d450-d469) | |
| Desplazarse utilizando medios de transporte (d470-d489) | |
| 5. Autocuidado | Auto cuidado (d510-d599) |
|
6. Vida doméstica |
Adquisición de lo necesario para vivir (d610-d629) |
| Tareas del hogar (d630-d649) | |
| Cuidado de los objetos del hogar y ayudar a los demás (d650-d669) | |
| 7. Interacción y relaciones interpersonales | interacciones interpersonales generales (d710-d729) |
| Interacciones interpersonales particulares (d730-d779) | |
| 8. Áreas principales de la vida | Educación (d810-d839) |
| Trabajo y empleo (d840-d859) | |
| Vida económica (d860-d879) | |
| 9. Vida comunitaria, social y cívica | Vida comunitaria, social y civica (d910-d999) |
2.1.2.1.2.1. Instrumento para la valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación para personas entre cero y dos años de edad (tabla 7).
Inicie la aplicación proporcionando la siguiente información a la persona entrevistada:
a. A continuación, voy a hacerle algunas preguntas sobre las dificultades que ha tenido (diga el nombre del niño o niña solicitante) debido a su condición de salud.
b. Con condición de salud me refiero a una enfermedad u otros problemas de salud como lesiones, o problemas mentales o emocionales.
c. Por favor piense en el último mes y responda estas preguntas considerando cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre del niño o niña solicitante) al llevar a cabo las siguientes actividades.
d. Al decir “dificultad en una actividad” me refiero a aumento del esfuerzo, malestar o dolor, lentitud y/o cambios en el modo en que realiza la actividad.
Cuando responda las preguntas, por favor indíqueme si la dificultad de.(diga el nombre del niño o niña:solicitante) para realizar la actividad es ninguna; leve, moderada, severa o no lo. puede hacer.
Tabla 7
Instrumento para la valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación para personas entre cero y dos años de edad
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d1. Aprendizaje y aplicación del conocimiento |
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| ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| 1. | ¿Responder a estímulos visuales? (por ejemplo seguir un objeto con la mirada o mirar a las personas o responder a los cambios de luz? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d110 | |||
| 2. | ¿Responder a estímulos auditivos? (por ejemplo escuchar la voz de las personas, responder a sonidos . o un juguete musical) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d115 | |||
| 3. | ¿Explorar los objetos introduciéndose en la boca, tocandolos o saboreandolos? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d120 | |||
| 4. | ¿Imitar Gestos con su cuerpo o sonidos? (por ejemplo imitar decir; adiós con la mano, sonidos de animales o repetir la palabra mamá) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d130 | |||
| 5 | ¿Jugar con objetos?. (por ejemplo, simular que toca un instrumento musical golpeando un objeto, manipular fichas de armar o jugar con muñecas o carros | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d131 | |||
| 6 | ¿Aprender palabras, frases u oraciones? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d133 | |||
| 7 | ¿Mantenerse interesado en algún estimulo? (por ejemplo, cuando escucha un cuento ove un programa de televisión) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d160 | |||
|
d2. Tareas y demandas generales |
|||||||||||
| ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para: | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| 8 | ¿Entender una orden sencilla y llevarla a cabo? (por ejemplo pedirle qué se siente o se quite los zapatos) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d210 | |||
| 9 | Conocer y adaptarse a,personas o espacios. nuevos (por ejemplo, es tímido, se asusta, o se pone agresivo) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d2500 | |||
| 10 | ¿Mantener el control cuando está enojado o triste? (por ejemplo, hacer pataletas) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d2501 | |||
|
d3. Comunicación |
|||||||||||
| ¿En el último mes cuánta dificultad ha lenido (diga el nombre de la persona) para: | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| 11 | ¿Entender lo que dicen otras personas? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d310 | |||
| 12 | ¿Entender el significado de gestos o imágenes? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d315 | |||
| 13 | ¿Hablar? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d330 | |||
| 14 | ¿Hacer diferentes sonidos con la voz? (por ejemplo balbucear o imitar sonidos) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d331 | |||
| 15 | ¿Usar gestos para comunicarse? (por ejemplo, señalar objetos que desea alcanzar, levantar los brazos para que lo alcen | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d335 | |||
|
d4. Movilidad |
|||||||||||
| ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para: | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| 16 | Voltearse en la cama, sentarse o ponerse de pie? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d410 | |||
| 17 | ¿Mantener las posiciones del cuerpo? (por ejemplo controlar la cabeza, mantenerse sentado o de pie durante el tiempo necesario) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d415 | |||
| 18 | ¿Levantar y llevar objetos? (por ejemplo levantar un juguete y llevarlo a otra habitación | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d430 | |||
| 19 | ¿Usar las manos para recoger, agarrar y manipular objetos? (por ejemplo, , agarrar un frijol o una moneda, o sostener un lápiz o una crayola) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d440 | |||
| 20 | ¿Usar las manos y los brazos para manipular y mover objetos? (Por ejemplo, halar o empujar la puerta o lanzar una pelota) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d445 | |||
| 21 | ¿Caminar? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d450 | |||
| 22 | ¿Moverse de un sitio a otro arrastrándose, gateando, trepando, corriendo o saltando? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d455 | |||
| 23 | ¿Caminar o moverse dentro de su propia casa? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d460 | |||
|
d5. Autocuidado |
|||||||||||
| ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para: | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| 24 | ¿Avisar que necesita ir al baño, comparado con otras personas de su edad? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d530 | |||
| 25 | ¿Quitarse la ropa? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d540 | |||
| 26 | ¿Comer solo comparado con otras personas de su edad? (Por ejemplo. sostener el biberón, comer con la mano. comer con cuchara) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d550 | |||
| 27 | ¿Beber solo comparado con otras personas de su edad? (Por ejemplo, sostener un vaso, tomar con pitillo) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d560 | |||
|
d7. Interacciones y relaciones interpersonales |
|||||||||||
| En el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para: | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| 28 | ¿Reconocer a los miembros de su familia? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d7106 | |||
| 29 | ¿Relacionarse con otras personas? (por ejemplo, niñeras y cuidadores, madres comunitarias, profesores y compañeros en el jardín infantil, personal de salud) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d710 | |||
|
d8. Áreas principales de la vida |
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| ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para: | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| 30 | Participar en actividades como rayar, jugar con plastilina o rasgar papel, con los padres u otros miembros de la familia o en un hogar comunItario o guardería | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d810 | |||
| 31 | Jugar solo o con otras personas | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d880 | |||
2.1.2.1.2.2. Instrumento para la valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación para personas entre tres y cinco años de edad (tabla 8)
Inicie la aplicación del instrumento proporcionando la siguiente informacion a la persona entrevistada:
a. A continuación, voy a hacerle algunas preguntas sobre las dificultades que ha tenido (diga el nombre del niño o niña solicitante) debido a su condición de salud.
b. Con condición de salud me refiero a una enfermedad u otros problemas de salud como : lesiones, o problemas mentales o emocionales.
c. Por favor piense en el último mes y responda estas preguntas considerando cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre del niño, o niña solicitante) al llevar a cabo las siguientes actividades.
d. Al decir “dificultad en una actividad” me refiero a aumento del esfuerzo, malestar o dolor, lentitud y/o cambios en el modo en que realiza la actividad.
e. Cuando responda las preguntas, por favor indíqueme si la dificultad de (diga el nombre del niño o niña solicitante) para realizar la actividad es ninguna, leve, moderada, severa o no puede hacerla.
Tabla 8.
Instrumento para la valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación para personas entre tres y cinco años de edad.
|
d1. Aprendizaje y aplicación del conocimiento |
|||||||||||
| ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| 1. | ¿Responder a estímulos visuales? (por ejemplo diferenciar los objetos por su forma, color o tamaño) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d110 | |||
| 2. | ¿Responder a estímulos auditivos? (por ejemplo, identificar la voz de una persona, escuchar canciones, responder al timbre de la puerta) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d115 | |||
| 3. | ¿Diferenciar alimentos con diferentes texturas o sabores? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d120 | |||
| 4. | ¿Imitar gestos o movimientos con su cuerpo o sonidos? (por ejemplo, imitar pasos de baile, imitar a su papá cuando se está afeitando o a su mamá cuando se maquilla) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d130 | |||
| 5 | ¿Jugar con objetos? (por ejemplo, mezclar con una cuchara o simular que un pedazo de madera es un carro) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d131 | |||
| 6 | ¿Usar palabras, frases u oraciones para describir personas, objetos o eventos? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d133 | |||
| 7 | ¿Aprender conceptos como: grande-pequeño, cuadrado-círculo, poco-mucho, corto-largo igual-diferente? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d137 | |||
| 8 | ¿Mantenerse Interesado-en una misma actividad? (por ejemplo, jugar, comer, ver televisión) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d160 | |||
|
d2. Tareas y demandas generales |
|||||||||||
| ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para: | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| 9 | ¿Entender una orden sencilla y llevarla a cabo? (por ejemplo, pedirle ponerse las medias, hacer la tarea, ordenar objetos, Jugar a las escondidas o seguir instrucciones) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d210 | |||
| 10 | Conocer y adaptarse a personas o espacios nuevos (por ejemplo, es tímido, se asusta, o se pone agresivo) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d2500 | |||
| 11 | ¿Mantener el control cuando está enojado o triste? (por ejemplo, hacer pataletas) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d2501 | |||
|
d3. Comunicación |
|||||||||||
| ¿En el último mes cuánta dificultad ha lenido (diga el nombre de la persona) para: | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| 12 | ¿Entender lo que otras personas dicen? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d310 | |||
| 13 | ¿Interpretar lo que significan los gestos corporales, símbolos, dibujos o fotografías? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d315 | |||
| 14 | ¿Hablar y contar una historia o algo que le haya sucedido? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d330 | |||
| 15 | ¿Comunicarse usando gestos o dibujos? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d335 | |||
| 16 | ¿Iniciar, mantener y finalizar una conversación? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d350 | |||
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d4. Movilidad |
|||||||||||
| ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para: | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| 17 | Voltearse en la cama, sentarse o ponerse de pie? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d410 | |||
| 18 | ¿Mantener las posiciones del cuerpo? (por ejemplo controlar la cabeza, mantenerse sentado o de pie durante el tiempo necesario) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d415 | |||
| 19 | ¿Levantar y llevar objetos? (Por ejemplo, ayudar a llevar las bolsas del mercado) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d430 | |||
| 20 | ¿Usar las manos y los brazos para manipular y mover objetos? (Por ejemplo, halar o empujar la puerta o lanzar y atrapar una pelota). | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d440 | |||
| 21 | ¿Usar las manos para recoger, agarrar y manipular objetos? (por ejemplo, agarrar un frijol o una Moneda, sostener un lápiz o una crayola, cortar con tijeras, comer con cubiertos) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d445 | |||
| 22 | ¿Caminar? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d450 | |||
| 23 | ¿Moverse de un sitio a otro arrastrándose, gateando, trepando, corriendo o saltando? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d455 | |||
| 24 | ¿Andar y desplazarse a distintos lugares dentro y fuera de su casa? (ir al baño, a la cocina, al comedor o a las habitaciones; desplazarse en el parque, en el jardín infantil o en la iglesia) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d460 | |||
| 25 | ¿Desplazarse utilizando algún tipo de equipo o producto de apoyo? (por ejemplo, una silla de ruedas, un caminador o unas muletas | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d465 | |||
|
d5. Autocuidado |
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| ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para: | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| 26 | ¿Avisar que necesita ir al baño, comparado con otras personas de su edad? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d53000 | |||
| 27 | ¿Orinar o defecar de manera apropiada comparado con otras personas de su edad? (por ejemplo, ir al baño solo, quitarse y ponerse la ropa antes y después de ir al baño, adoptar la postura apropiada y limpiarse después de ir al baño? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d53001 | |||
| 28 | ¿Ponerse y quitarse la ropa y los zapatos? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d540 | |||
| 29 | ¿Comer solo, comparado con otras personas de su edad? (por ejemplo, comer con cubiertos) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d550 | |||
| 30 | Beber solo, comparado con otras personas de su edad? (sostener un vaso o pocillo, tomar con pitillo) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | 560 | |||
|
d7. Interacciones y relaciones interpersonales |
|||||||||||
| En el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para: | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| 31 | ¿Reconocer a los miembros de su familia por su nombre y parentesco? | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d7106 | |||
| 32 | ¿Relacionarse con otras personas de forma apropiada? (reconociendo los sentimientos y mostrando respeto hacia otras personas, haciendo uso apropiado del contacto físico) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d710 | |||
|
d8. Áreas principales de la vida |
|||||||||||
| ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para: | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| 33 | ¿Asistir al jardín infantil? (adaptarse al jardín, adquirir habilidades, seguir las instrucciones del profesor) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d815 | |||
| 34 | ¿Jugar solo o participar en juegos grupales? (por ejemplo, jugar a alimentar a una muñeca, jugar a manejar un carro, jugar al papá y a la mamá) | No aplica (NA) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d880 | |||
2.1.2.1.2.3. Instrumento para la valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación para personas entre 6 y 17 años de edad .
Inicie la aplicación del instrumento proporcionando la siguiente información a la persona entrevistada
a. A continuación, voy a hacerle algunas preguntas sobre las dificultades que ha tenido (diga el nombre de la persona) debido a su condición de salud.
b. Con condición de salud me refiero a una enfermedad u otros problemas de salud como lesiones, o problemas mentales o emocionales.
c. Por favor piense en el último mes y responda. estas .preguntas considerando cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) al llevar’ a’ cabo las siguientes actividades.
d. Al decir “dificultad en una actividad” me refiero a aumento del esfuerzo, malestar-o dolor, lentitud y/o cambios en el modo en que realiza la actividad.
e. Cuando responda las preguntas, por favor indíqueme, si la dificultad de (diga el nombre de la persona) para realizar la actividad es ninguna, leve, moderada, severa o no puede hacerla.
Tabla 9.
Instrumento para la valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación para personas entre 6 y 17 años de edad
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D1. COGNICIÓN |
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| ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| D1.1 | ¿Concentrarse durante diez minutos o más mientras hace tareas, juega o hace algo que usted le haya pedido hacer? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | b1400
d161 |
||||
| D1.2 | Recordar cosas importantes que tiene que hacer, tales como cruzar la calle de manera segura: llevar el libro adecuado a la escuela y recordar que debe hacer las tareas | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | b144 | ||||
| D1.3 | ¿Encontrar una forma para manejar los problemas de la vida diaria que otras personas a su edad pueden manejar? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d175 | ||||
| D1.4 | ¿Aprender cómo hacer algo nuevo, por ejemplo, jugar un nuevo juego, o aprender algo nuevo en la escuela? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d155 | ||||
| D1.5 | ¿Entender en general lo que dice la gente? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d310 | ||||
| D1.6 | ¿Contarle a usted o a un amigo sobre las cosas que ha hecho, o las personas con las que se ha encontrado o los lugares a donde ha ido? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d350 | ||||
| Puntaje D1 = ((D1.1 + D1.2 + D1.3 D1.4 + D1.5 + D1.6) / 24) *100 | |||||||||||
|
d2. MOVILIDAD |
|||||||||||
| ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para: | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| D2.1 | ¿Estar de pie durante un periodo de tiempo razonable, por ejemplo, en una asamblea en la escuela o en la iglesia/templo? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d4154 | ||||
| D2.2 | ¿Pararse luego de estar sentado? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d4104 | ||||
| D2.3 | ¿Moverse dentro de su hogar? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d4600 | ||||
| D2.4 | ¿Desplazarse hacia la escuela o a la casa de un amigo? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | 4602 | ||||
| D2.5 | ¿Caminar una distancia tan larga como pueden hacerlo otras personas de su edad? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | 4501 | ||||
| Puntaje D2 = ( D2.1 + D2.2 D2.3 + D2.4 + D2.5)/20) *100 | |||||||||||
|
D3. CUIDADO PERSONAL |
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| ¿En el último mes cuánta dificultad ha lenido (diga el nombre de la persona) para: | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| D3.1 | ¿Mantener su ropa limpia, tomar un baño o ducha, y cepillarse los dientes sin que se lo pidan? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d510
d520 |
||||
| D3.2 | ¿Vestirse? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d540 | ||||
| D3.3 | ¿Comer sin ayuda? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d550 | ||||
| D3.4 | Plantee la pregunta de esta forma para personas de 12 a 17 años: ¿Quedarse solo sin ponerse en peligro cuando no hay adultos alrededor?
Plantee la pregunta de esta forma para personas de 6 a 11 años ¿Quedarse solo sin ponerse en peligro mientras usted está en otra habitación y cuando no hay adultos alrededor? |
Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d598 | ||||
| 16 | ¿Iniciar, mantener y finalizar una conversación? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d350 | ||||
| Puntaje D3 = ((D3.1 + D3.2 + D3.3 + D3.4) / 16) *100 | |||||||||||
|
D4. RELACIONES |
|||||||||||
| ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para: | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| D4.1 | ¿Llevarse bien con las personas que no conoce bien? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d730 | ||||
| D4.2 | ¿Mantener una amistad? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d7500 | ||||
| D4.3 | ¿Llevarse bien con los miembros de la familia? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d760 | ||||
| D4.4 | ¿Hacer nuevos amigos? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d7500 | ||||
| D4.5 | ¿Llevarse bien con sus profesores? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d740 | ||||
| Puntaje D4 = (D4.1 + D4.2 + D4.3 + D4.4 + D4.5) / 20)* 100 | |||||||||||
|
D5 (l) TAREAS DOMÉSTICAS |
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| Debido a su condición de salud, en el último mes, ¿cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para: | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| D5.1 | ¿Hacer los quehaceres domésticos u otras cosas que se espera que haga para ayudar en la casa? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) |
d640 |
||||
| D5.2 | ¿Terminar los quehaceres domésticos u otras actividades que se supone debe hacer? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | |||||
| D5.3 | ¿Hacer bien los quehaceres domésticos u otras actividades que usted le pida hacer? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | |||||
| D5.4 | ¿Hacer las tareas del hogar rápidamente cuando esto es importante? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | |||||
| Puntaje D5 (1) = ((D5.1 + D5.2 + D5.3 + D5 4) / 16) *100 | |||||||||||
|
D5 (2) ACTIVIDADES ESCOLARES |
|||||||||||
| Si la persona está estudiando, complete las preguntas D5.5 – D5.9. De lo contrario, continúe en la pregunta D6.1.
En el último mes que su hijo estuvo en la escuela, cuánta dificultad tuvo para: |
|||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| D5.5 | ¿Realiza sus tareas escolares normales? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) |
d820 d825 d830 |
||||
| D5.6 | Estudiar para los exámenes escolares importantes | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | |||||
| D5.7 | Terminar todas las tareas y actividades escolares que necesita realizar | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | |||||
| D5.8 | ¿Terminar sus actividades escolares tan rápido como era necesario? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | |||||
| D5.9 | ¿Seguir reglas o adaptarse a la escuela? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | |||||
| Puntaje D5 (1 y 2) = ((D5.1 + D5.2 + D5.3 + D5.4 + D5.5 + D5.6 + D5.7 + D5.8 + D5.9) / 36) *100 | |||||||||||
|
D6. PARTICIPACIÓN |
|||||||||||
| Ahora voy a hacerle unas preguntas relacionadas con la participación de (diga el nombre de la persona) en la sociedad, y con el impacto que su condición de salud ha tenido sobre él, usted y su familia | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| D6.1 | Su hijo ha tenido más dificultades de las que usted o él esperaban al participar en actividades comunitarias (por ejemplo, clubes, grupos religiosos o actividades extracurriculares) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d910 | ||||
| D6.2 | ¿Usted piensa que a su hijo no lo invitan a tantas fiestas, citas de Juego o ratos para compartir como a él le gustarle? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | |||||
| D6.3 | ¿Cuánto tiempo invierte usted en la condición de salud de su hijo o sus consecuencias | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | |||||
| D6.4 | ¿Qué tan triste o molesto se ha sentido su hijo debido a su condición de salud? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | |||||
| D6.5 | ¿Qué impacto económico ha tenido para usted o para su familia la condición de salud de su hijo? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | |||||
| D6.6 | ¿Cuánta dificultad ha tenido su familia debido a los problemas de salud de su hijo? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | |||||
| D6.7 | ¿Cuánta dificultad ha tenido su hijo para realizar por sí mismo(a) cosas que le ayuden a relajarse o disfrutar, por ejemplo, ¿su hijo tiene alguna dificultad haciendo las cosas que le gusta hacer?) | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d920 | ||||
| Puntaje D6 = ((D6.1 + D6.2 + D6.3 + D6.4 + D6.5 + D6.6 + D6.7) / 28) *100 | |||||||||||
| SÍNTESIS DE RESULTADOS | |
| DOMINIO | PUNTAJE |
| D1. COGNICIÓN | % |
| D2. MOVILIDAD | % |
| D3. CUIDADO PERSONAL | % |
| D4. RELACIONES | % |
| D5. (1). ACTIVIDADES COTIDIANAS (TAREAS DOMÉSTICAS) | % |
| D5. (1 Y 2) ACTIVIDADES COTIDIANAS (TAREAS DOMÉSTICAS, ACTIVIDADES ESCOLARES) | % |
| D6. PARTICIPACIÓN | % |
| % | |
| % | |
Procedimiento para la calificación del cuestionario:
El cálculo del puntaje de cada dominio, se realiza mediante la aplicación de las fórmulas definidas en la tabla “Fórmulas para la calificación del instrumento para personas de 6 a 17 años”.(tabla 10), donde D1 representa el dominio. 1, D2 representa el dominio 2, y así sucesivamente. 01.1. representa el calificador de la primera pregunta del dominio 1, 01.2 representa el calificador de la segunda pregunta del dominio 1, 02.3 representa el calificador de la tercera pregunta del dominio 2, así sucesivamente.
| DOMINIO | FÓRMULA |
| D1. COGNICIÓN | ((D1.1 + D1.2 + D1.3 + D1.4 + D1.5 + D1.6) /24) *100 |
| D2. MOVILIDAD | ((D2.1 + D2.2 + 02.3 + D2.4 + D2.5) /20) *100 |
| D3. CUIDADO PERSONAL | ((D3.1 + D3.2 + 03.3 + D3.4) / 16) *100 |
| D4. RELACIONES | ((D4.1 + D4.2 + D4.3 + D4.4 + 04.5) / 20) *100 |
| D5. (1). ACTIVIDADES COTIDIANAS (TAREAS DOMÉSTICAS) | ((D5.1 + D5.2 + D5.3 + D5.4) / 16) *100 |
| D5. (1 Y 2) ACTIVIDADES COTIDIANAS (TAREAS DOMÉSTICAS, ACTIVIDADES ESCOLARES) | ((D5.1 + D5.2 + D5.3 + D5.4 + D5.5 + D5.6 + D5.7 + D5.8 + D5.9.) / 36) *100 |
| D6. PARTICIPACIÓN | ((D6.1 + D6.2 + D6.3 + D6.4 + D6.5 + D6.6 + D6.7) / 28) *100 |
Es preciso tener en cuenta que, si la persona solicitante no está estudiando, se calcula el puntaje de D5 (1) pero no el de D5 (1 y 2).
Si la persona solicitante está estudiando se debe calcular el puntaje de D5 (1 y 2) pero no el de D5 (1).
Síntesis de resultados
En este apartado el aplicativo WEB del RLCPD presenta una tabla denominada “nivel de dificultad en el desempeño para escribir el valor de la puntuación de cada dominio con el propósito de compilar los resultados del instrumento en un solo espacio, facilitando el manejo posterior de la información. Estos resultados se registran en el apartado “nivel de dificultad en el desempeño” del certificado de discapacidad.
2.1.2.1.2.4. Instrumento para la valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación para mayores de 18 años de edad (WHODAS, , 2.0) (tabla 11)
Inicie la aplicación del instrumento proporcionando la siguiente información a la persona entrevistada:
a. La información que usted . proporcione en esta entrevista es uno de los insumos para. su procedimiento de certificación de discapacidad.
b. Esta entrevista trata sobre las dificultades qué usted presenta debido a condición de salud. Por “condición de salud” me refiero a una enfermedad u otros problemas de salud de larga duración, lesiones y problemas mentales o emocionales. Le recuerdo que, cuando conteste a las preguntas, piense en todos sus problemas de salud. Cuándo le pida que me hable acerca . “de las dificultades que tiene a la hora de realizar una actividad, por favor, tome en consideración:
– Al decir “dificultad en una actividad” me refiero a ‘aumento del esfuerzo’, malestar o dolor, lentitud y/o cambios en el modo en que realiza la actividad.
– Cuando esté respondiendo cada pregunta me gustaría que pensara en el último mes.
– Por favor piense en el último mes y responda estas preguntas considerando cuánta dificultad ha tenido (diga el nombré dé la persona). al llevar a Cabo las siguientes actividades.
– Cuando responda las preguntas, por favor Indíqueme si su dificultad para realizar la actividad es ninguna, leve, moderada o severa o no puede hacerla.
Tabla 11.
Instrumento para la valoración 00 limitaciones en las actividades y restricciones en la participación para mayores de 18 años de edad (WHODAS 2.0)
|
D1. COGNICIÓN |
|||||||||||
| ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| D1.1 | ¿Concentrarse en hacer algo durante diez minutos? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | b1400
d161 |
||||
| D1.2 | ¿Recordar cosas importantes que tiene que hacer? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | b144 | ||||
| D1.3 | ¿Analizar y encontrar soluciones a los problemas de la vida diaria? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d175 | ||||
| D1.4 | ¿Aprender una nueva tarea, por ejemplo, aprender cómo llegar a un nuevo lugar? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d155 | ||||
| D1.5 | ¿Entender en general lo que dice la gente? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d310 | ||||
| D1.6 | ¿Comenzar y mantener una conversación? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d350 | ||||
| Puntaje D1 = ((D1.1 + D1.2 + D1.3 D1.4 + D1.5 + D1.6) / 24) *100 | |||||||||||
|
d2. MOVILIDAD |
|||||||||||
| ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido para: | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| D2.1 | ¿Estar de pie por largos periodos de tiempo, como por ejemplo 30 minutos? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d4154 | ||||
| D2.2 | ¿Pararse luego de estar sentado? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d4104 | ||||
| D2.3 | ¿Moverse dentro de su hogar? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d4600 | ||||
| D2.4 | ¿Salir de su hogar? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | 4602 | ||||
| D2.5 | ¿Caminar una larga distancia, corno un kilómetro o equivalente? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | 4501 | ||||
| Puntaje D2 = ( D2.1 + D2.2 D2.3 + D2.4 + D2.5)/20) *100 | |||||||||||
|
D3. CUIDADO PERSONAL |
|||||||||||
| ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido para: | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| D3.1 | ¿Lavarse todo el cuerpo (bañarse)? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d510 | ||||
| D3.2 | ¿Vestirse? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d540 | ||||
| D3.3 | ¿Comer? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d550 | ||||
| D3.4 | ¿Quedarse solo(a) durante unos días? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d598 | ||||
| Puntaje D3 = ((D3.1 + D3.2 + D3.3 + D3.4) / 16) *100 | |||||||||||
|
D4. RELACIONES |
|||||||||||
| ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido para: | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| D4.1 | ¿Relacionarse con personas que no conoce? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d730 | ||||
| D4.2 | ¿Mantener una amistad? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d7500 | ||||
| D4.3 | ¿Llevarse bien con personas cercanas a usted? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d760 | ||||
| D4.4 | ¿Hacer nuevos amigos? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d7500 | ||||
| D4.5 | ¿Realizar actividades sexuales? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d7702 | ||||
| Puntaje D4 = (D4.1 + D4.2 + D4.3 + D4.4 + D4.5) / 20) *100 | |||||||||||
|
D5 (1) TAREAS DOMÉSTICAS |
|||||||||||
| Debido a su condición de salud, en el último mes, ¿cuánta dificultad ha tenido para: | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| D5.1 | ¿Ocuparse de sus responsabilidades domésticas? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) |
d640 |
||||
| D5.2 | ¿Realizar bien sus tareas domésticas más importantes? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | |||||
| D5.3 | ¿Terminar todo el trabajo doméstico que necesitaba realizar? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | |||||
| D5.4 | ¿Terminar las tareas domésticas tan rápido como era necesario? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | |||||
| Puntaje D5 (1) = ((D5.1 + D5.2 + D5.3 + D5 4) / 16) *100 | |||||||||||
|
D5 (2) ACTIVIDADES ESCOLARES |
|||||||||||
| Si el entrevistado trabaja (remunerado, no remunerado, independiente) o va a la escuela, complete las preguntas D5.5 – D5.8. De lo contrario, continúe en la pregunta D6.1
En el último mes cuánta dificultad ha tenido para: |
|||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| D5.5 | ¿Llevar a cabo su trabajo diario o las actividades escolares diarias? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) |
d820 d825 d830 d850 |
||||
| D5.6 | ¿Realizar bien las tareas más Importantes de su trabajo o de la escuela? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | |||||
| D5.7 | ¿Terminar todo el trabajo que necesita realizar? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | |||||
| D5.8 | ¿Terminar su trabajo tan rápido como era necesario? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | |||||
| Puntaje D5 (1 y 2) = ((D5.1 + D5.2 + D5.3 + D5.4 + D5.5 + D5.6 + D5.7 + D5.8 ) / 32) *100 | |||||||||||
|
D6. PARTICIPACIÓN |
|||||||||||
| Ahora voy a hacerle unas preguntas relacionadas con la participación en la sociedad y con el impacto que su problema de salud ha tenido sobre usted y su familia | |||||||||||
| Pregunta | Opciones de respuesta | Código CIF – IA | Calificador | ||||||||
| D6.1 | ¿Cuánta dificultad ha tenido para participar en actividades de su comunidad (por ejemplo. festividades, actividades religiosas o de otro tipo) de la misma forma que cualquier otra persona? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d910 | ||||
| D6.2 | ¿Cuánta dificultad ha tenido debido a barreras u obstáculos existentes en el mundo que lo rodea? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | e150
e155 |
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| D6.3 | ¿Cuánta dificultad ha tenido para vivir con dignidad debido a las actitudes y acciones de otros? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d940 | ||||
| D6.4 | ¿Cuánto tiempo dedicó usted a su condición de salud o a sus consecuencias? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d570 | ||||
| D6.5 | ¿Cuánto ha sido afectado emocionalmente por su condición de salud? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | |||||
| D6.6 | ¿Qué impacto económico ha tenido para usted o para su familia su condición de salud? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d879 | ||||
| D6.7 | ¿Cuánta dificultad ha tenido su familia debido a sus problemas de salud? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | |||||
| D6.8 | ¿Cuánta dificultad ha tenido al realizar por sí mismo cosas que le ayuden a relajarse o disfrutar? | Ninguna (0) | Leve (1) | Moderada (2) | Severa (3) | No lo puede hacer (4) | d920 | ||||
| Puntaje D6 = ((D6.1 + D6.2 + D6.3 + D6.4 + D6.5 + D6.6 + D6.7 + D6.8) / 32) *100 | |||||||||||
| SÍNTESIS DE RESULTADOS | |
| DOMINIO | PUNTAJE |
| D1. COGNICIÓN | % |
| D2. MOVILIDAD | % |
| D3. CUIDADO PERSONAL | % |
| D4. RELACIONES | % |
| D5. (1). ACTIVIDADES COTIDIANAS (TAREAS DOMÉSTICAS) | % |
| D5. (1 Y 2) ACTIVIDADES COTIDIANAS (TAREAS DOMÉSTICAS, ACTIVIDADES ESCOLARES) | % |
| D6. PARTICIPACIÓN | % |
| % | |
| % | |
Procedimiento para la calificación del cuestionario
El cálculo del puntaje de cada dominio se realiza mediante la aplicación de las fórmulas presentadas en la Tabla 12, donde D1 representa el dominio 1, D2 representa el dominio 2, y así sucesivamente. D1.1. representa el calificador de la primera pregunta del dominio 1, D1.2 representa el calificador de la segunda pregunta del dominio 1; D2.3 representa el calificador de la tercera pregunta del dominio, 2, y así sucesivamente.
| DOMINIO | FÓRMULA |
| D1. COGNICIÓN | ((D1.1 + D1.2 + D1.3 + D1.4 + D1.5 + D1.6) /24) *100 |
| D2. MOVILIDAD | ((D2.1 + D2.2 + 02.3 + D2.4 + D2.5) /20) *100 |
| D3. CUIDADO PERSONAL | ((D3.1 + D3.2 + 03.3 + D3.4) / 16) *100 |
| D4. RELACIONES | ((D4.1 + D4.2 + D4.3 + D4.4 + 04.5) / 20) *100 |
| D5. (1). ACTIVIDADES COTIDIANAS (TAREAS DOMÉSTICAS) | ((D5.1 + D5.2 + D5.3 + D5.4) / 16) *100 |
| D5. (1 Y 2) ACTIVIDADES COTIDIANAS (TAREAS DOMÉSTICAS, ACTIVIDADES ESCOLARES) | ((D5.1 + D5.2 + D5.3 + D5.4 + D5.5 + D5.6 + D5.7 + D5.8.) / 32) *100 |
| D6. PARTICIPACIÓN | ((D6.1 + D6.2 + D6.3 + D6.4 + D6.5 + D6.6 + D6.7 + D6.8) / 32) *100 |
Se debe tener en cuenta que, si la persona solicitante no está trabajando o estudiando,.se calcula el puntaje de D5 (1), (Tareas domésticas), pero no el de 05 (1 y 2) (Trabajo y actividades escolares).
Si la persona solicitante está trabajando o estudiando se calcula el puntaje de D5 (1 y 2) pero no el de D5(1).
Síntesis de resultados
En este apartado el aplicativo WEB del RLCPD presenta una tabla denominada nivel de dificultad en el desempeño para escribir el valor de la puntuación de cada dominio con el propósito de compilar los resultados del instrumento en un solo espacio, facilitando el manejo posterior de la información. Estos resultados se verán reflejados en el apartado denominado “nivel de dificultad en el desempeño” del certificado de discapacidad.
Procedimiento para el registro de los resultados en el perfil de funcionamiento
Los códigos C1F de las preguntas que reciban un calificador entre 1 y 4 quedarán registrados en el aplicativo WEB del RLCPD y se desplegarán en una lista de la cual se escogen los tres códigos de los componentes de la CIF de funciones corporales, estructuras corporales y actividades y participación de mayor valor y/o relevancia con relación a la condición de discapacidad de la persona, el cual se refleja en el certificado de discapacidad en el ítem denominado perfil de funcionamiento.
2.1.2.2. Solicitud de información sobre factores personales y ambientales
El último paso de la entrevista con la persona solicitante es la solicitud de información acerca de los datos sobre factores personales de identificación (nombre, apellido, tipo de identificación y número) y de residencia del solicitante, y ambientales de autorreconocimiento (sexo, identidad de género, orientación sexual, pertenencia étnica), ejercicio de derechos y caracterización de su entórnó para la vida y el cuidado. En este último aspecto indaga acerca del acceso a la garantía del derecho a la rehabilitación, a la educación, al trabajo y a la participación en la vida política y pública, necesidades de apoyo permanente de una tercera persona y presencia de barreras físicas, comunicativas y actitudinales.
Para la formulación de las preguntas tenga en cuenta las siguientes instrucciones:
a. Lea las preguntas tal como están formuladas, incluyendo los ejemplos cuando estos son presentados. De ser necesario haga las aclaraciones correspondientes para que la persona comprenda el sentido de la pregunta.
b. Lea todas las opciones de respuesta.
c. No deje preguntas sin formular ni sin respuesta.
d. Siga las indicaciones que se presentan en función de la respuesta brindada por la persona entrevistada.
A continuación, se presenta el conjunto de preguntas a ser formuladas:
| I. Autorreconocimiento | |
1. De acuerdo don sus costumbres y tradiciones, usted se identifica como:
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2. De acuerdo con su identidad de género, usted se identifica como:
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3. De acuerdo con su orientación sexual, usted se identifica como:
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| II. Ejercicio de derechos | |
4. ¿Ha estado en procesos de rehabilitación funcional por su discapacidad?
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5. En su proceso de rehabilitación le han ordenado consultas por
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6. ¿Actualmente está asistiendo al servicio de rehabilitación?
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7. ¿Por qué no recibe servicio de rehabilitación?
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8. ¿Sabe si el municipio cuenta con servicio de rehabilitación?
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9. ¿Utiliza productos de apoyo?
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10. ¿Cuáles de los siguientes productos de apoyo utiliza?
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11. En su proceso de rehabilitación recibió entrenamiento en el uso del (los) producto(s) de apoyo asociado(s) a su discapacidad
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12. ¿Sabe leer y escribir? (Solo para personas de 5 años y más)
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13. ¿Asiste actualmente a alguna institución educativa?
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14. ¿Cuál es la causa principal por la cual no está estudiando?
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15. ¿Cuál fue el ultimo nivel educativo que completó?
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16. ¿Actualmente está trabajando? (Para personas de 16 años y más)
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17. En su trabajo la mayor parte de tiempo se – ha desempeñado como (Para personas de 16 años y más)
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18. ¿Cuál es la fuente principal de sus ingresos? (Para personas de 16 años y más)
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19. ¿Cuál es su ingreso mensual promedio en SMMLV? (Para personas de 16 años y más)
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20. Usted participa en actividades:
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21. ¿Pertenece a una organización o movimiento asociativo de personas con discapacidad?
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22. En relación con el proceso de toma de decisiones, usted: (Para personas de 18 y más años)
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| III. Entorno para la vida y el cuidado | |
23. ¿Requiere permanentemente de la ayuda de otra persona para realizar actividades de la vida diaria (por ejemplo bañarse, vestirse, comer, beber, ir al baño, cambiar posiciones del cuerpo)?
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24. ¿Quién es la persona que más le ayuda a realizar las actividades de la vida diaria en las que tiene dificultades de forma permanente?
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25. Usted vive:
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26. ¿En qué tipo de institución?
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27. ¿De quién o quiénes recibe mayor apoyo y respaldo (apoyo emocional, ayuda material, servicios e información)
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28. En su vida diaria usted encuentra barreras físicas en
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29. ¿En su vida diaria usted encuentra barreras para acceder a la información en?
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30. ¿En su vida diaria, usted encuentra actitudes negativas en su interacción con
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- RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE DISCAPACIDAD
Una vez finalizada la aplicación de los instrumentos previamente descritos, el equipo multidisciplinario genera en el aplicativo WEB del RLCPD el resultado del procedimiento de certificación de discapacidad, que establece la existencia de la discapacidad.
Se establece que la persona solicitante tiene discapacidad con base en la obtención de los dos'(2) .. resultados que se detallan a continuación.
a. Al menos una deficiencia en estructuras y funciones corporales, desde leve hasta completa. Esta información se obtiene al constatar que al menos un código tiene un calificador entre 1 y 4.
b. Al menos una limitación en las actividades y restricción en la participación desde leve hasta completa.
3.1. Socialización del resultado del procedimiento de certificación de discapacidad
El equipo multidisciplinario informa el resultado del procedimiento a la persona, asegurándose de que comprenda dicha información, para lo cual, garantizará y hará uso de los apoyos y ajustes razonables que requiera para acceder a tal información
En aquellos casos donde el procedimiento dé cómo resultado que la persona Solicitante no tiene discapacidad, se le explicarán las razones, y se le informará que esta determinación se registrará en el RLCPD únicamente como soporte de la realización de la valoración clínica multidisciplinaria
En caso de que el solicitante no esté de acuerdo con el resultado dé la certificación, se le debe informar que tiene derecho a solicitar una segunda opinión.
3.2. Certificado de discapacidad
Si se establece que la persona solicitante tiene discapacidad, el RLCPD genera el certificado de discapacidad y el equipo multidisciplinario del prestador de servicios de salud hace entrega de este a la persona con discapacidad.
El certificado de discapacidad incluye al menos la siguiente información, como resultado de la aplicación de los instrumentos descritos en los apartados anteriores:
a. Datos personales de la persona con discapacidad. Nombre, Apellido, tipo y número de documento de identidad.
b. Lugar y fecha de la valoración clínica multidisciplinaria para certificación de discapacidad. Razón social del prestador de servicios de salud donde se expide el certificado de discapacidad, fecha de realización de la valoración
c. Categoría de discapacidad. Categoría de discapacidad de acuerdo a lo definido en el numeral 1.2 del presente anexo técnico. En los casos en los que se identifique más de una categoría de discapacidad, estará marcado sí en cada una de ellas y también si en la categoría múltiple, salvo en los casos de personas con sordoceguera, pues esta se considera una categoría única de discapacidad, en cuyo caso sólo se marcará SI en dicha categoría.
d. Nivel de dificultad en el desempeño. Porcentaje expresado en una escala de O a 100 por cada uno de los siguientes dominios de actividades y participación:
– Cognición.
– Movilidad
– Cuidado personal
– Relaciones
– Actividades de la vida diaria
– Participación
e. Perfil de funcionamiento. Incluye los tres (3) códigos de cada uno de los componentes del perfil de funcionamiento que mejor describan la discapacidad del solicitante (funciones corporales, estructuras corporales y actividades y participación).
f. Datos de los profesionales del equipo multidisciplinario. Nombre, Apellido, tipo y número de documento de identidad y profesión.
g. Código QR. Combinación de caracteres que contiene almacenada la información del certificado de discapacidad para que pueda ser leído y validado mediante un dispositivo con lector óptico. En esa verificación se podrá visualizar los datos personales (nombre completo, identificación, ID, validación), así como, la leyenda de generación del mismo a través del RLCPD.
