Por medio del cual se realizan cambios en el nombre de dos entidades convocadas a concurso abierto de méritos mediante la Convocatoria 426 – E.S.E.
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LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL -CNSC-,
En ejercicio de las facultades que le confiere la Constitución Política de Colombia, Ia Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015, el Acuerdo N°. 508 de 2014 de Ia Comisión Nacional del Servicio Civil, Ia Ley 1437 de 2011 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acuerdo N°. 20161000001276 de 28 de julio de 2016 Ia Comisión Nacional del Servicio Civil convocó a Concurso Abierto de Méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de Ia planta de personal pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de algunas Empresas Sociales del Estado, el cual se identificó como Convocatoria N°. 426 de 2016 – Primera Convocatoria E.S.E.”
Que mediante los Acuerdos Nos. 20161000001416 de 30 septiembre de 2016 y 20161000001466 de 23 noviembre de 2016, Ia CNSC modificó el Acuerdo N°. 20161000001276 de 2016.
Dentro de las entidades participantes en Ia mencionada convocatoria se encuentran la E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE VIJES, del Valle del Cauca y E.S.E. HOSPITAL SAN FRANCISCO, de Ibague.
Que a través de correo electrónico radicado en Ia CNSC con el N°. 20176000883302 de 11 de diciembre de 2017, Ia Dra. Adela Barco, Jefe de Oficina de a E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE VIJES envía Ia documentaciôn referente al cambio de razón social de Ia entidad.
Con ocasión de Ia referida comunicación electrónica y teniendo en cuenta Ia documentación aportada, esta Comisión Nacional constató que por medio del Acuerdo N°. 011 de 29 de noviembre de 2016 del Concejo Municipal de Vijes, Valle del Cauca, en uso de sus facultades constitucionales y legales le asignó a Ia E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE VIJES el nombre de E.S.E. HOSPITAL FRANCINETH SANCHEZ HURTADO, Ia cual se encuentra identificada con el NIT. 890.307.040- 3, correspondiente al mismo NIT que se ha reconocido en las diferentes actuaciones del proceso de convocatoria.
De otra parte, mediante correo electrónico radicado en Ia CNSC con el N°. 20176000916272 de 19 de diciembre de 2017, el Dr. Adán Ruiz, Profesional Especializado envía la documentación relacionada con Ia fusión realizada entre Ia E.S.E. HOSPITAL SAN FRANCISCO DE IBAGUÉ y Ia E.S.E. UNlOAD DE SALUD DE IBAGUÉ U.S.l.
Teniendo en cuenta lo anterior, se constató que a través del Acuerdo Municipal N°. 009 de 2017, el Concejo Municipal de Ibagué facultó al Alcalde de Ibagué para realizar la fusión de Ia E.S.E. UNIDAD DE SALUD DE IBAGUÉ U.S.I., identificada con el NIT. 890.003.590-2 y Ia E.S.E. HOSPITAL SAN FRANCISCO DE IBAGUÉ, identificada con el NIT. 890.707.059-9, y como consecuencia de Ia unificación de las Empresas Sociales del Estado su nueva denominación es: E.S.E. UNIDAD DE SALUD DE IBAGUÉ U.S.I., con NIT. 809.003.590-2, para lo cual el Alcalde Municipal de dicho municipio expidió el Decreto N°. 1000-0754 del 25 de agosto de 2017 “Por medio del cual se fusionan las Empresas Sociales del Estado adscritas a Ia Secretaria de Salud Municipal de ibagué y se dictan otras disposiciones.
Que conforme a lo expuesto, es necesario precisar que las vacantes reportadas en Ia Oferta Pública de Empleos de Carrera (OPEC) por parte de las E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE VIJES (hoy E.S.E. HOSPITAL FRANCINETH SANCHEZ HURTADO) y Ia E.S.E. HOSPITAL SAN FRANCISCO DE IBAGUE (hoy E.S.E. UNIDAD DE SALUD DE IBAGUÉ U.S.I.), dentro del concurso de méritos adelantado a través de Ia Convocatoria N°. 426 de 2016, continuarán incôlumes, de acuerdo a coma fueron reportados por cada una de las entidades.
Que el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo CPACA, determina que las actuaciones administrativas se desarrollarán, especialmente, con arreglo a los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad, siendo procedente modificar el nombre de las precitadas Empresas Sociales del Estado participantes en el proceso de Convocatoria N°. 426 de 2016.
En mérito de lo expuesto, la Sala Plena de Ia Comisiôn Nacional del Servicio Civil -CNSC-, en sesiôn del 10 de enero de 2018,
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. Modificar eI nombre de Ia E.S.E. HOSPITAL DE VIJES, por E.S.E. HOSPITAL FRANCINETH SANCHEZ HURTADO, identificada con el NIT 890.307.040-3, en los actos administrativos emitidos y demãs actuaciones adelantadas por Ia Comisión Nacional del Servicio Civil, relacionados con Ia Convocatoria N°. 426 de 2016.
PARÁGRAFO: El reporte de Ia Oferta Pública de Empleos de Carrera (OPEC) realizado por parte de Ia E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE VIJES para Ia Convocatoria No. 426 de 2016 – Primera Convocatoria E.S.E., continuará de Ia misma manera en que fue reportada, solo que bajo el nombre de Ia E.S.E. HOSPITAL FRANCINETH SANCHEZ HURTADO.
ARTÍCULO SEGUNDO. Modificar eI nombre de Ia E.S.E.HOSPITAL SAN FRANCISCO DE IBAGUÉ, en el sentido de precisar que a partir de Ia fecha y de conformidad con Ia fusión realizada, se denominará E.S.E.UNIDAD DE SALUD DE IBAGUÉ U.S.I., identificada con el NIT. 809.003.590-2.
PARÁGRAFO PRIMERO: Para todos los efectos de Ia Convocatoria, el reporte de Ia Oferta Pública de Empleos de Carrera (OPEC) realizado por parte de Ia E.S.E. HOSPITAL SAN FRANCISCO DE IBAGUÉ se mantiene incólume, y en adelante estará a cargo de Ia E.S.E. UNIDAD DE SALUD DE IBAGUÉ U.S.I.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Como quiera que Ia E.S.E. UNIDAD DE SALUD DE IBAGUÉ U.S.I., antes de realizarse la fusión no había convocado a concurso sus empleos de carrera en vacancia definitiva, se mantendrá Únicamente Ia información de Ia OPEC reportada par Ia E.S.E. HOSPITAL SAN FRANCISCO DE IBAGUE.
ARTÍCULO TERCERO. Las modificaciones realizadas en los artículos primero y segundo del presente Acuerdo no afectan los demás aspectos de Ia Convocatoria N°. 426 de 2016 – Primera Convocatoria E.S.E.
ARTÍCULO CUARTO. Comunicar el contenido del presente Acuerdo a los Representantes Legales de las Empresas Sociales del Estado HOSPITAL FRANCINETH SANCHEZ HURTADO, en Ia dirección Carrera 4 No. 6-85 del Municipio de Vijes (Valle del Cauca) y UNIDAD DE SALUD DE IBAGUE U.S.I., en Ia dirección Carrera 4 Bis No. 35-72 CADIZ, de Ia ciudad de Ibagué (Tolima).
ARTÍCULO QUINTO. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de Ia fecha de su expedición y publicación en Ia página web de Ia Comisión Nacional del Servicio Civil -CNSC- yb enlace: SIMO, de conformidad con Ia dispuesto en el inciso final del artículo 33 de Ia Ley 909 de 2004.