Por el cual se hacen cambios en los Artículos 13 numeral 13, y 27, del Acuerdo de Convocatoria 20161000000016 del 04 de abril de 2016.
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LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ? CNSC
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 130 de la Constitución Política, en el artículo 11 de la Ley 909 de 2004, y en el artículo 2.2.6.4 del Decreto 1083 del 2015 y,
CONSIDERANDO QUE:
El artículo 130 de la Carta dispone: Habrá una Comisión Nacional del Servicio Civil responsable de la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos, excepción hecha de las que tengan carácter especial.
El literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 establece como función de la CNSC, la de: “Elaborar las convocatorias a concurso para el desempeño de empleos públicos de carrera, de acuerdo con los términos y condiciones que establezcan la presente ley y el reglamento.”
La Sala Plena de la Comisión Nacional del Servicio Civil, en sesión del treinta (30) de marzo de 2016, aprobó convocar a concurso abierto de méritos los empleos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal del IGAC, y el 04 de abril de 2016, el Presidente expidió el Acuerdo No. 20161000000016 Por el cual se convoca a concurso abierto de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Convocatoria N°. 337 de 2016 ? IGAC, publicado en la página web de la CNSC, el día 26 de abril del año en curso.
El Artículo 13, numeral 13 del Acuerdo de Convocatoria 337 de 2016 ? IGAC, dispone: Las pruebas escritas del Concurso abierto de méritos se aplicarán en las siguientes ciudades: Bogotá, Barranquilla, Bucaramanga, Cali, Cúcuta, Florencia, Montería, Neiva, Pasto, Popayán, Tunja, Villavicencio y Yopal. El aspirante debe indicar la ciudad de presentación de las pruebas de la Convocatoria 337 de 2016 IGAC al momento de realizar la inscripción, no obstante, un mes antes de la aplicación de las pruebas y con la debida justificación, el aspirante podrá solicitar a través del correo electrónico de la convocatoria, la modificación del lugar de aplicación de las mismas.
A su turno, el Artículo 27 de este Acto administrativo establece que, Las pruebas escritas previstas en la Convocatoria N°. 337 de 2016 IGAC, serán aplicadas en las siguientes ciudades: Bogotá, Barranquilla, Bucaramanga, Cali, Cúcuta, Florencia, Montería, Neiva, Pasto, Popayán, Tunja, Villavicencio y Yapa’, de acuerdo a la ciudad seleccionada por el aspirante en el momento de la inscripción.
El día tres (03) de junio de 2016 inició la etapa de inscripciones para la Convocatoria No. 337 de 2016 ? IGAC, la cual finalizó el ocho (08) de Agosto del mismo año.
Dando alcance al oficio EE13602 del 9 de diciembre de 2015, mediante comunicación radicada en esta Comisión con el No. 20166000327052 del 17 de Agosto de 2016, el Director General del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, remitió nueva Certificación sobre las condiciones de la Convocatoria IGAC, en la que relaciona las ciudades en donde se van a aplicar las pruebas, incluyendo la ciudad de Manizales que no se encontraba contemplada en la Certificación inicial.
El artículo 12 del Acuerdo de Convocatoria 20161000000016 del 04 de abril del 2016, en concordancia con lo establecido en el artículo 2.2.6.4 del Decreto 1083 del 2015, establece que, Iniciadas las inscripciones, la convocatoria solo podrá modificarse en cuanto al sitio, hora y fecha de recepción de inscripciones y aplicación de las pruebas, por la entidad responsable de realizar el concurso…Las modificaciones relacionadas con fechas o lugares de aplicación de las pruebas serán publicadas en la página web www.cnsc.gov.co y/o enlace SIMO, con por lo menos dos (2) días hábiles de anticipación a la fecha inicialmente prevista para su aplicación.
Con fundamento en lo anterior, se hace necesario modificar los Artículos 13 numeral 13, y 27 del Acuerdo de Convocatoria 20161000000016 del 04 de abril del 2016, en el sentido de incluir la ciudad de Manizales como lugar de aplicación de las pruebas escritas previstas en este proceso de selección.
En mérito de lo expuesto, La Sala Plena de la Comisión Nacional del Servicio Civil, en sesión del 29 de Septiembre de 2016,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1°. Modificar el Artículo 13°, Numeral 13 del Acuerdo N°. 20161000000016 del 04 de abril de 2016 “Por el cual se convoca a concurso abierto de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Convocatoria No. 337 de 2016 ? IGAC, el cual quedará así.
ARTÍCULO 13°. CONSIDERACIONES PREVIAS AL PROCESO DE INSCRIPCIÓN.
- Las pruebas escritas del Concurso abierto de méritos se aplicarán en las siguientes ciudades: Bogotá, Barranquilla, Bucaramanga, Cali, Cúcuta, Florencia, Manizales, Montería, Neiva, Pasto, Popayán, Tunja, Villavicencio y Yopal. El aspirante de indicar la ciudad de presentación de las pruebas de la Convocatoria 337 de 2016 IGAC al momento de realizar la inscripción, no obstante, un mes antes de la aplicación de las pruebas y con la debida justificación, el aspirante podrá solicitar a la CNSC, la modificación del lugar de aplicación de las mismas.
ARTÍCULO 2°. Modificar el Artículo 27° del Acuerdo N°. 20161000000016 del 04 de abril de 2016 “Por el cual se convoca a concurso abierto de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Convocatoria No. 337 de 2016 ?IGAC, el cual quedará así:
ARTÍCULO 27°. CIUDADES DE APLICACIÓN DE LAS PRUEBAS ESCRITAS. Las pruebas escritas previstas en la Convocatoria N°. 337 de 2016 IGAC, serán aplicadas en las siguientes ciudades: Bogotá, Barranquilla, Bucaramanga, Cali, Cúcuta, Florencia, Manizales, Montería, Neiva, Pasto, Popayán, Tunja, Villavicencio y Yopal, de acuerdo a la ciudad seleccionada por el aspirante en el momento de la inscripción.
ARTÍCULO 3°. Los demás artículos del Acuerdo 20161000000016 de 2016 se mantienen sin modificación alguna.
ARTÍCULO 4°. Comunicar el presente Acto Administrativo en los términos previstos en el artículo 33 de la Ley 909 de 2004, al Director del Instituto Geográfico Agustín Codazzi en la Carrera 30 No. 48 ? 51 en la ciudad de Bogotá D.C.
ARTÍCULO 5°. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y publicación en la página web de la Comisión Nacional del Servicio Civil ? CNSC, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 de la Ley 909 de 2004.