POR EL CUAL SE ESTABLECEN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LAS DIFERENTES ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA PROVEER DEFINITIVAMENTE EL EMPLEO DENOMINADO DRAGONEANTE, CÓDIGO 4114, GRADO 11, PERTENECIENTE AL SISTEMA ESPECÍFICO DE CARRERA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO INPECCONVOCATORIA No. 1356 DE 2019- INPEC Cuerpo de CustodiaBOGOTÁ, D.C.
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PREÁMBULO _______________________________________________________ 4
- ADQUISICIÓN DE DERECHOS DE PARTICIPACIÓN E INSCRIPCIONES _____ 4
1.1. Condiciones previas a la etapa de Inscripciones _________________________ 4
1.2.2 Consulta de la OPEC _____________________________________________ 5
1.2.3. Selección del empleo para el cual se va a concursar ____________________ 5
1.2.4. Confirmación de los datos de inscripción al empleo seleccionado __________ 6
1.2.5. Pago de Derechos de participación __________________________________ 6
1.2.6. Formalización de la inscripción _____________________________________ 7
- VERIFICACIÓN DE REQUISITOS MÍNIMOS _____________________________ 8
2.1. Definiciones y condiciones de la documentación para VRM ________________ 8
2.1.1. Definiciones ____________________________________________________ 8
2.1.2. Condiciones de la documentación para la VRM y la prueba de Valoración de Antecedentes ________________________________________________________ 8
2.1.2.1. Certificación de la Educación _____________________________________ 8
2.1.2.2. Certificación del Examen de Estado – Saber 11° _______________________ 9
2.2. Documentación para la VRM _________________________________________ 9
2.3. Publicación de resultados de la VRM ___________________________________ 9
2.4. Reclamaciones contra los resultados de la VRM _________________________ 10
2.5. Publicación de resultados definitivos de Admitidos y No admitidos ___________ 10
- PRUEBAS ESCRITAS _______________________________________________ 10
3.1. Citación a Pruebas Escritas _________________________________________ 11
3.2. Ciudades para la presentación de las Pruebas __________________________ 11
3.3. Publicación de resultados de las pruebas Escritas _______________________ 12
3.4. Reclamaciones contra los resultados de las Pruebas Escritas ______________ 12
3.5. Resultados definitivos de las Pruebas Escritas __________________________ 13
- PRUEBA FISICO ATLETICA __________________________________________ 13
4.1. Citación a la Prueba Físico Atlética ___________________________________ 13
4.2. Publicación de resultados de la Prueba Físico Atlética. ___________________ 14
4.3. Reclamaciones contra los resultados de la Prueba Físico Atlética ___________ 14
- VALORACIÓN MÉDICA Y ESTABLECIMIENTO DE INHABILIDADES MÉDICAS 14
5.1. Citación a Valoración Médica ________________________________________ 14
5.2. Importancia y efectos del resultado de la Valoración Médica ________________ 15
5.3. Publicación de resultados de la Valoración Médica _______________________ 16
5.4. Atención y respuesta a las reclamaciones sobre los resultados de la Valoración Médica _____________________________________________________________ 16
5.5. Resultados definitivos de la Valoración Médica _________________________ 17
- CONFORMACIÓN Y ADOPCIÓN DE LISTAS DE ELEGIBLES ______________ 17
PREÁMBULO
El presente Anexo hace parte integral del Acuerdo del Proceso de Selección No. 1356 de 2019 – INPEC Cuerpo de Custodia. Contiene las especificaciones técnicas adicionales a las establecidas en tal Acuerdo para participar en el correspondiente proceso de selección. Los aspectos normativos que rigen cada una de sus etapas, pueden ser consultados en el respectivo Acuerdo.
- ADQUISICIÓN DE DERECHOS DE PARTICIPACIÓN E INSCRIPCIONES
1.1. Condiciones previas a la Etapa de Inscripciones
Los aspirantes a participar en el presente proceso de selección deben tener en cuenta las siguientes consideraciones, antes de iniciar su trámite de inscripción:
- La inscripción a este proceso de selección se hará en las fechas establecidas por la CNSC, únicamente de manera virtual en el aplicativo SIMO, disponible en la página web www.cnsc.gov.co.
- Es exclusiva responsabilidad de los aspirantes consultar los empleos a proveer mediante el presente proceso de selección, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la Etapa de Divulgación de la OPEC (artículo 9o del Acuerdo de Convocatoria).
- Con la inscripción, el aspirante acepta todas las condiciones establecidas para este proceso de selección, en concordancia con las disposiciones contenidas en el numeral 4, de los Requisitos Generales de Participación, del artículo 7 de los Acuerdos que lo regulan.
- Con la inscripción, el aspirante acepta que el medio de información y de divulgación oficial para este proceso de selección, es la página web www.cnsc.gov.co, enlace SIMO, por lo tanto, deberá consultarla permanentemente. De igual forma, la CNSC podrá comunicar a los aspirantes la información relacionada con este proceso de selección a través del correo electrónico personal que obligatoriamente deben registrar en dicho aplicativo (evitando en lo posible registrar correos institucionales), en concordancia con lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley 909 de 2004. Así mismo, el aspirante acepta que la comunicación y notificación de las situaciones o actuaciones administrativas que se generen en desarrollo de este proceso de selección, de conformidad con las disposiciones del Decreto Ley 760 de 2005, la CNSC las realice mediante SIMO y/o el correo electrónico registrado en este aplicativo.
- Inscribirse en este proceso de selección no significa que el aspirante haya superado el concurso. Los resultados obtenidos en las diferentes pruebas serán el único medio para determinar el mérito y sus consecuentes efectos, en atención a lo regulado en el Acuerdo de Convocatoria.
- Durante el proceso de selección los aspirantes podrán, bajo su exclusiva responsabilidad, actualizar en SIMO datos personales como ciudad de residencia, dirección, número de teléfono, con excepción del correo electrónico y número de cédula registrados en su inscripción, datos que son inmodificables directamente por el aspirante y que sólo se actualizarán previa solicitud del mismo adjuntando copia de su cédula de ciudadanía.
1.2. Procedimiento de inscripción
Para inscribirse en el presente proceso de selección, el aspirante debe realizar en SIMO el siguiente procedimiento, el cual debe cumplir a cabalidad, siguiendo las instrucciones señaladas en el ?Manual de Usuario – Módulo Ciudadano – SIMO“, publicado en la página web www.cnsc.gov.co, en el enlace SIMO, en el menú “Información y Capacitación”, opción ?Tutoriales y Videos”.
1.2.1. Registro en el SIMO
El aspirante debe verificar si se encuentra ya registrado en el SIMO. Si no se encuentra registrado, debe hacerlo, en la opción “Registrarse“, diligenciando todos los datos solicitados por el sistema en cada uno de los puntos del formulario denominado “Registro de Ciudadano?. Se precisa que el registro en el SIMO se realiza por una única vez.
Una vez registrado, debe ingresar a la página web www.cnsc.gov.co, enlace SIMO, con su usuario y contraseña, completar los datos básicos y adjuntar todos los documentos relacionados con su formación académica y otros documentos que considere y sean necesarios, los cuales le servirán para la Verificación de los Requisitos Mínimos, en adelante VRM, en el presente proceso de selección. Cada documento cargado en SIMO no debe exceder de 2 MB de tamaño y debe estar en formato PDF.
El aspirante en condición de discapacidad debe manifestarlo en el formulario de datos básicos en SIMO, con el fin de establecer los mecanismos necesarios para que pueda presentar las pruebas y acceder a las mismas cuando a ello hubiere lugar.
1.2.2 Consulta de la OPEC
El aspirante registrado en SIMO debe ingresar al aplicativo, revisar los empleos ofertados en el presente proceso de selección y verificar para cuales cumple los Requisitos Generales de Participación establecidos en el artículo 7 del Acuerdo de Convocatoria y los requisitos exigidos para los mismos, los cuales se encuentran definidos en el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la respectiva entidad, transcritos en la correspondiente OPEC, documentos que se publicarán en la página web www.cnsc.gov.co, enlace SIMO.
Si no cumple con los requisitos de ningún empleo o con alguno de los Requisitos Generales de Participación establecidos en el artículo 7 del Acuerdo de Convocatoria, el aspirante no debe inscribirse.
1.2.3. Selección del empleo para el cual se va a concursar
El aspirante debe escoger el empleo para el cual va a concursar en el presente Proceso de Selección, en atención a la modalidad del Curso 1. Formación para varones o 2. Complementación.
- Formación para Varones, dirigido exclusivamente a los aspirantes hombres de la convocatoria que tengan definida su situación militar (se acreditará con libreta militar de primera o segunda clase).
Nota: El Curso de Formación para Varones que presenten Libreta Militar de Primera Clase está dirigido únicamente a los aspirantes que hayan prestado su Servicio Militar en la Policía Nacional, Ejército, Fuerza Aérea o Armada Nacional, quienes deberán acreditar Tarjeta de Conducta Excelente.
Quienes presenten Libreta Militar de Segunda clase NO podrán encontrarse incursos en los casos especiales de la expedición de Tarjeta de Reservista, contemplados en el artículo 72 de la Ley 1861 del 4 de agosto 2017 “Por la cual se reglamenta el servicio de reclutamiento, control de reservas y la movilización”
- El de Complementación, previsto únicamente para las personas que prestaron su Servicio Militar en el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -INPEC- y que acrediten Tarjeta de Conducta en el Grado de Excelente.
Una vez identificados los empleos para los cuales cumple los requisitos, el aspirante podrá marcarlos en SIMO como “Favoritos?, luego seleccionar y confirmar el empleo por el que va a concursar, teniendo en cuenta que únicamente podrá inscribirse para un (1) empleo, toda vez que la aplicación de las pruebas escritas para todos los empleos ofertados con esta convocatoria se realizará en la misma fecha y a la misma hora.
1.2.4. Confirmación de los datos de inscripción al empleo seleccionado
SIMO mostrará los datos básicos y los documentos de formación, experiencia y otros que el aspirante tiene registrados en el sistema al momento de su inscripción. El aspirante debe validar que dicha información es pertinente, correcta y se encuentra actualizada. Igualmente, debe verificar que los documentos registrados en el aplicativo sean legibles, correspondan con los requisitos del empleo seleccionado y que la información que suministra coincida con los documentos cargados.
Para continuar con el siguiente paso (pago de Derechos de participación), el aspirante debe seleccionar, entre las opciones establecidas en el numeral 3.2 del presente Anexo, la ciudad de presentación de las pruebas a aplicar en este proceso de selección, listado de lugares igualmente publicado en SIMO.
1.2.5.Pago de Derechos de participación
El aspirante debe realizar el pago de los Derechos de participación solamente para el empleo por el cual va concursar en el presente proceso de selección. No es posible realizar pagos para más de un empleo de este concurso, toda vez que la aplicación de las pruebas escritas para todos los empleos ofertados con esta convocatoria, como se dijo anteriormente, se realizará en la misma fecha y a la misma hora. Efectuado el pago no habrá lugar a la devolución del dinero por ningún motivo, circunstancia que se entiende aceptada por el aspirante.
El pago de los Derechos de participación se debe realizar en el banco que para el efecto disponga la CNSC, bien sea online por PSE o por ventanilla en cualquiera de las sucursales que establezca dicho banco, opciones que SIMO habilitará al finalizar la confirmación de los datos de inscripción al empleo de interés del aspirante, así:
- Si el aspirante realiza el pago por la opción online por PSE, el sistema abrirá una ventana emergente con el listado de los bancos para pagar. Una vez realizada la transacción, SIMO enviará un correo electrónico con la confirmación y datos del pago.
- Si el aspirante selecciona la opción de pago por ventanilla en el banco, SIMO generará un recibo que debe ser impreso en láser o impresora de alta resolución, con el cual deberá realizar el pago en cualquiera de las sucursales del banco, por lo menos dos (2) días hábiles antes de vencerse el plazo para las inscripciones.
El aspirante debe tener en cuenta que sólo con el pago no queda inscrito. Debe continuar con el procedimiento de formalizar la inscripción.
1.2.6.Formalización de la inscripción
Una vez realizado el pago y confirmado por el banco, el aspirante debe verificar que los documentos registrados en SIMO son los que le permiten acreditar el cumplimiento de los requisitos del empleo por el que pretende concursar, documentos que van a ser tenidos en cuenta para la VRM y para la Prueba de Valoración de Antecedentes en el presente proceso de selección. Realizada esta verificación, debe proceder a formalizar su inscripción, seleccionando en el aplicativo la opción “INSCRIPCIÓN”. SIMO generará un “Reporte de inscripción”, información que podrá ser consultada en cualquier momento por el aspirante al ingresar con su usuario y contraseña.
Si el aspirante escoge la opción de pago online por PSE, la opción “INSCRIPCIÓN” se habilitará de inmediato. Si escoge la opción de pago por ventanilla en el banco, la opción “INSCRIPCIÓN? se habilitará dos (2) días hábiles después de realizar el pago.
Luego de formalizada la inscripción, la misma no podrá ser anulada, ni se podrá modificar el empleo para el cual se inscribió el aspirante. Lo que si puede hacer es actualizar, modificar, reemplazar, adicionar o eliminar la información y/o los documentos registrados en el aplicativo para participar en el presente proceso de selección, únicamente hasta la fecha dispuesta por la CNSC para el cierre de la Etapa de Inscripciones, siguiendo la siguiente ruta en SIMO: Panel de control -> Mis Empleos -> Confirmar empleo -> “Actualización de Documentos?. El sistema generará una nueva Constancia de Inscripción con las actualizaciones realizadas.
Una vez se cierre la Etapa de inscripciones, el aspirante no podrá modificar, reemplazar, adicionar y/oeliminar los documentos cargados en SIMO para participar en el presente proceso de selección. Es decir, participará en este proceso de selección con los documentos que tenga registrados en el aplicativo hasta la fecha del cierre de inscripciones. Los documentos cargados o actualizados con posterioridad a esta fecha sólo serán válidos para futuros procesos de selección.
Si al finalizar la Etapa de Inscripciones, el aspirante pagó el Derecho de participación para algún empleo y no formalizó la inscripción, el sistema automáticamente realizará su inscripción a tal empleo. Si el aspirante pagó los Derechos de participación para más de un empleo y no formalizó su inscripción, será inscrito al último seleccionado y todos los documentos que tenga registrados al momento le serán asociados a dicha inscripción.
- VERIFICACIÓN DE REQUISITOS MÍNIMOS
2.1. Definiciones y condiciones de la documentación para VRM
Las definiciones y condiciones contenidas en el presente Anexo para la documentación que registre el aspirante en SIMO para su inscripción en el presente proceso de selección, serán aplicadas de manera irrestricta para todos los efectos de la Etapa de VRM.
2.1.1. Definiciones
Para todos los efectos de este proceso de selección, se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:
- Educación: Es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes(Ley 115 de 1994, artículo 1).
Para el presente proceso de selección, el aspirante deberá acreditar el Título de Bachiller en cualquier modalidad.
2.1.2. Condiciones de la documentación para la VRM
2.1.2.1. Certificación de la Educación
El título de Bachiller se acreditará mediante la presentación de certificación, diploma, acta de grado o título otorgado por la institución correspondiente. Para su validez requerirá de los registros y autenticaciones que determinen las normas vigentes sobre la materia.
El Título de Bachiller obtenido en el exterior requerirá para su validez, de la homologación y convalidación por parte del Ministerio de Educación Nacional o de la autoridad competente,
El documento con el que se pretenda acreditar el Título de Bachiller deberá contener como mínimo la siguiente información:
- Nombre de la Institución Educativa o Razón Social.
- Aprobación del ICFES o Ministerio de Educación.
- Número de documento de identidad, apellidos y nombres a quien se le otorga.
- Título obtenido.
- Fecha de grado.
- Ciudad y fecha de expedición del Título, Acta de grado.
- Firma de quien lo expide.
No se aceptarán para ningún efecto legal los títulos, diplomas, actas de grado o certificaciones que se aporten por medios distintos al aplicativo SIMO, o cargados o modificados con posterioridad a la inscripción en esta Convocatoria, o en la oportunidad prevista para las reclamaciones frente a los resultados de verificación de requisitos mínimos. Los documentos adjuntados o cargados en el SIMO podrán ser objeto de comprobación por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil o de la universidad o institución de educación superior que se contrate para el desarrollo del concurso de méritos.
2.1.2.2. CERTIFICACIÓN DEL EXAMEN DE ESTADO – SABER 11°. Para la acreditación de los resultados del Examen de Estado – Saber 11°, deberá adjuntarse el informe individual de resultados expedido por el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (ICFES).
2.2. Documentación para la VRM
Los documentos que se deben adjuntar escaneados en SIMO, para la VRM, son los siguientes:
- Copia legible de la Cédula de Ciudadanía, por ambas caras y ampliación al 200%.
- Copia legible de la Libreta Militar Definitiva, por ambas caras y ampliación al 200%.
- Copia legible del Diploma de Bachiller o Acta de Grado obtenido antes de fecha de inicio de las inscripciones.
- Para los aspirantes que hayan prestado el Servicio Militar Obligatorio en la Policía Nacional, Ejército, Fuerza Aérea o Armada Nacional y se inscriban al empleo de Dragoneante para el Curso de Formación para Varones, copia legible de la Tarjeta de Conducta con Calificación de Excelente, con ampliación al 200%.
- Para los aspirantes que se inscriban al empleo de Dragoneante para el Curso de Complementación, copia legible de la Tarjeta de Conducta con Calificación de Excelente, con ampliación al 200%.
- Copia de los resultados del examen de Estado – SABER 11° (informe individual de resultados expedido por el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación -ICFES-).
El cargue de la anterior documentación es una obligación exclusiva del aspirante y se realizará únicamente en el SIMO. La misma podrá ser modificada hasta antes del cierre de la Etapa de Inscripciones que señale la CNSC. Los documentos enviados o radicados en forma física o por medios distintos a SIMO o los que sean adjuntados o cargados con posterioridad, no serán objeto de análisis para la VRM ni para la Prueba de Valoración de Antecedentes.
Cuando el aspirante no presente debidamente la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos del empleo por el que pretende concursar, se entenderá que desiste de participar en el proceso de selección y, por tanto, quedará excluido del mismo, sin que por ello pueda alegar derecho alguno.
Los aspirantes varones que queden en lista de elegibles y sean nombrados en estricto orden de mérito en los empleos vacantes objeto del presente proceso de selección, deberán acreditar su situación militar de conformidad con la normatividad vigente.
2.3. Publicación de resultados de la VRM
El resultado de la Verificación de Requisitos Mínimos será publicado en la página www.cnsc.gov.co y/oenlace SIMO, “Proceso de Selección No. 1356 de 2019 – INPEC Cuerpo de Custodia”, ylo en la página de la universidad o institución de educación superior contratada para realizar esta epata, a partir de la fecha que disponga la CNSC, la cual será informada por estos mismos medios con una antelación no inferior a cinco (5) días hábiles.
Para conocer estos resultados, los aspirantes deberán ingresar al aplicativo SIMO con su usuario y contraseña.
2.4. Reclamaciones contra los resultados de la VRM
Las reclamaciones contra los resultados de la VRM se presentarán por los aspirantes únicamente a través del SIMO, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de los mismos, en los términos del artículo 12 del Decreto Ley 760 de 2005, las cuales serán decididas por la universidad o institución de educación superior contratada para realizar esta etapa del proceso de selección, quien podrá utilizar la respuesta conjunta, única y masiva, de conformidad con la Sentencia T-466 de 2004, proferida por la Corte Constitucional y lo previsto por el artículo 22 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en adelante CPACA, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015.
Las respuestas a estas reclamaciones serán comunicadas a los participantes en los términos del artículo 33 de la Ley 909 de 2004 y deberán ser consultadas en el SIMO, ingresando con su usuario y contraseña.
Contra la decisión que resuelva estas reclamaciones no procede ningún recurso.
2.5. Publicación de resultados definitivos de Admitidos y No admitidos
Los resultados definitivos de Admitidos y No admitidos para el empleo al que están inscritos los aspirantes serán publicados en la página web www.cnsc.gov.co, enlace SIMO, y/oen la página web de la universidad o institución de educación superior contratada para realizar esta etapa del proceso de selección. Los mismos podrán ser consultados por los aspirantes ingresando al aplicativo con su usuario y contraseña, a partir de la fecha que se informe por estos mismos medios.
- PRUEBAS ESCRITAS
Estás pruebas tratan sobre competencias que pueden ser evaluadas mediante instrumentos adquiridos o construidos para tal fin.
- PRUEBA DE PERSONALIDAD. Es una prueba para la evaluación de aspectos a nivel cognitivo, emocional y conductual de las personas de acuerdo al perfil ideal requerido para el empleo.
- PRUEBA DE ESTRATEGIAS DE AFRONTAMIENTO. Es un instrumento de selección que tiene por objeto evaluar la capacidad que debe tener una persona para regular las emociones negativas que pueden desencadenarse como consecuencia de la experimentación de una situación amenazante, perturbadora o agresiva, permitiendo un manejo asertivo de la fuente del problema dentro de su área laboral.
Con relación a estas pruebas es importante que los aspirantes tengan en cuenta las siguientes consideraciones:
- Se aplicarán en la misma fecha y a la misma hora, en las ciudades que se indican en el numeral 3.2 del presente Anexo.
- Se calificarán como APTO/NO APTO.
- Todos los aspirantes admitidos en la Etapa de VRM serán citados a los sitios de aplicación, en la fecha y hora que informe la CNSC por lo menos con cinco (5) días hábiles antes de la aplicación de las mismas, a través de la página web www.cnsc.gov.co, enlace SIMO.
De conformidad con el artículo 16 del Acuerdo de Convocatoria, los aspirantes que no obtengan el ?APTO” en la Prueba sobre Competencias Funcionales, que es Eliminatoria, no continuarán en el proceso de selección y, por tanto, serán excluidos del mismo.
La Prueba de Estrategias de Afrontamiento se calificará numéricamente en escala de cero (0) a cien (100) puntos, con una parte entera y dos (2) decimales y su resultado será ponderado con base en el treinta por ciento (30%) asignado a esta prueba, según lo establecido en el artículo 16 del presente Acuerdo.
3.1. Citación a Pruebas Escritas
La CNSC y/o la universidad o institución de educación superior que se contrate para realizar esta etapa del proceso de selección, informarán en su sitio web, la fecha a partir de la cual los aspirantes admitidos en la etapa de VRM deben ingresar con su usuario y contraseña al SIMO, para consultar la fecha, hora y lugar de presentación de estas pruebas.
Igualmente, estos aspirantes deben revisar la Guía de orientación para la presentación de estas pruebas, la cual se publicará en los mismos medios indicados anteriormente.
3.2. Ciudades para la presentación de las Pruebas.
Las pruebas y la Valoración Médica previstas en el ?Proceso de Selección No. 1356 de 2019 – INPEC Cuerpo de Custodia”, serán aplicadas en las ciudades que se relacionan a continuación:
DEPARTAMENTO | MUNICIPIO |
ATLÁNTICO | BARRANQUILLA |
BOGOTÁ D.C | BOGOTÁ D.C |
SANTANDER | BUCARAMANGA |
VALLE DEL CAUCA | CALI |
NORTE DE SANTANDER | CÚCUTA |
ANTIOQUIA | MEDELLÍN |
CÓRDOBA | MONTERÍA |
HUILA | NEIVA |
NARIÑO | PASTO |
RISARALDA | PEREIRA |
BOYACÁ | TUNJA |
META | VILLAVICENCIO |
3.3. Publicación de resultados de las pruebas Escritas.
Se realizará en la fecha que disponga la CNSC, la cual será informada con una antelación no inferior a cinco (5) días hábiles, en la página web www.cnsc.gov.co y/oenlace SIMO.
3.4. Reclamaciones contra los resultados de las Pruebas Escritas.
Las reclamaciones contra los resultados de estas pruebas se presentarán por los aspirantes únicamente a través del SIMO, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de los mismos, de conformidad con las disposiciones del artículo 13 del Decreto Ley 760 de 2005.
En la respectiva reclamación,el aspirante puede solicitar el acceso a las pruebas por el presentadas, señalando expresamente el objeto y las razones en las que fundamenta su petición. La CNSC o la universidad o institución de educación superior contratada para realizar esta etapa del proceso de selección, lo citarán para cumplir con este trámite en la misma ciudad en la que presentó tales pruebas.
El aspirante sólo podrá acceder a las pruebas que él presentó, atendiendo el protocolo que para el efecto se establezca, advirtiendo que en ningún caso está autorizada su reproducción física y/o digital (fotocopia, fotografía, documento escaneado u otro similar), con el ánimo de conservar la reserva contenida en el numeral 3 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004.
A partir del día siguiente en que ocurra efectivamente el acceso a pruebas solicitado, el aspirante contará con dos (2) días para completar su reclamación, si así lo considera necesario, para lo cual se habilitará el aplicativo SIMO por el término antes mencionado.
En atención a que las pruebas son propiedad patrimonial de la CNSC, su uso por parte del aspirante para fines distintos a la consulta y trámite de su reclamación, se constituye en un delito que será sancionado de conformidad con la normatividad vigente.
Para atender las reclamaciones de que trata este numeral, se podrá utilizar la respuesta conjunta, única y masiva, de conformidad con la Sentencia T-466 de 2004 proferida por la Corte Constitucional y lo previsto por el artículo 22 del CPACA, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015.
Contra la decisión que resuelve estas reclamaciones no procede ningún recurso.
En la fecha que disponga la CNSC, que será informada con una antelación no inferior a cinco (5) días hábiles en su página web www.cnsc.gov.co, enlace SIMO, el aspirante podrá ingresar al aplicativo con su usuario y contraseña y consultar la respuesta a la reclamación presentada.
3.5. Resultados definitivos de las pruebas Escritas.
Los resultados definitivos de cada una de estas pruebas, se publicarán en la página web www.cnsc.gov.co, enlace SIMO, y/oen la página web de la universidad o institución de educación superior contratada para realizar esta etapa del proceso de selección. Los mismos podrán ser consultados por los aspirantes ingresando al aplicativo con su usuario y contraseña, a partir de la fecha que se informe por estos mismos medios.
- PRUEBA FISICO ATLETICA
Esta prueba tiene como objetivo medir la resistencia aeróbica y medir el VO2 máximo del aspirante. La prueba de resistencia aeróbica mide la capacidad física exacta del aspirante, realizando durante un tiempo determinado, una cantidad indeterminada de ejercicios.
Con relación a estas pruebas es importante que los aspirantes tengan en cuenta las siguientes consideraciones:
- Se aplicarán en la misma fecha y a la misma hora, en las ciudades que se indican en el numeral 3.2 del presente Anexo.
- La Prueba Físico Atlética se calificará numéricamente en escala de cero (O) a cien (100) puntos, con una parte entera y dos (2) decimales y su resultado será ponderado con base en el veinte por ciento (20%) asignado, según lo establecido en el artículo 16 del Acuerdo.
Los aspirantes que no superen el mínimo aprobatorio de 70.00 puntos, por tratarse de una prueba de carácter eliminatorio, no continuarán en el proceso de selección de conformidad con lo establecido en el numeral 3o de las Causales de Exclusión del proceso de selección.
Para la Prueba Físico Atlética se realizarán los siguientes Test: De Cooper, Fuerza de Brazos (suspendido en la barra y a piso firme), Fuerza de Abdomen y Fuerza de Piernas.
4.1. Citación a la Prueba Físico Atlética
La CNSC y/o la universidad o institución de educación superior que se contrate para realizar esta etapa del proceso de selección, informarán en su sitio web, la fecha a partir de la cual los aspirantes APTOS en la Prueba de Personalidad deben ingresar con su usuario y contraseña al SIMO, para consultar la fecha, hora y lugar de presentación de estas pruebas.
Igualmente, estos aspirantes deben revisar la Guía de orientación para la presentación de estas pruebas, la cual se publicará en los mismos medios indicados anteriormente.
4.2. Publicación de resultados de la Prueba Físico Atlética.
Se realizará en la fecha que disponga la CNSC, la cual será informada con una antelación no inferior a cinco (5) días hábiles, en la página web www.cnsc.gov.coy/oenlace SIMO.
4.3. Reclamaciones contra los resultados de la Prueba Físico Atlética.
Las reclamaciones contra los resultados de estas pruebas se presentarán por los aspirantes únicamente a través del SIMO, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de los mismos, de conformidad con las disposiciones del artículo 13 del Decreto Ley 760 de 2005.
- VALORACIÓN MÉDICA Y ESTABLECIMIENTO DE INHABILIDADES MÉDICAS
La presentación de la valoración médica no constituye una prueba dentro del proceso de selección, sino un trámite previo y obligatorio para ingresar al Curso de Formación o Complementación.
Con ocasión de la valoración médica, las inhabilidades de este tipo se encuentran reguladas en la Resolución No. 002141 del 09 de julio de 2018 “Por medio del cual se actualiza el Profesiograma, Perfil Profesiográfico y Documento de Inhabilidades Médicas Versión 4 para el empleo de Dragoneante, Versión 3 para los empleos de Inspector e Inspector Jefe?. La mencionada Resolución describe los exámenes médicos que se aplicarán en el proceso de selección, como requisito indispensable por cumplir el aspirante, antes de ingresar a Curso a la Escuela Penitenciaria Nacional del INPEC, de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 119 del Decreto 407 de 1994.
La Valoración Médica que en este artículo se informa como requisito para ingresar al Curso, es diferente al examen médico de ingreso al empleo de Dragoneante, que lo realizará el INPEC una vez se culmine el proceso de selección.
5.1 Citación a Valoración Médica. La Comisión Nacional del Servicio Civil, a través del Despacho del Comisionado encargado del proceso o quien ésta delegue, en la fecha que se determine, citará a travésde la página www.cnsc.gov.co, enlace SIMO “Proceso de Selección No. 1356 de 2019 – INPEC Cuerpo de Custodia“, a valoración médica sólo a los aspirantes que superen las pruebas del Concurso y que de acuerdo a la sumatoria del puntaje ponderado obtenido en las pruebas de Estrategias de Afrontamiento y Físico-Atlética después de reclamaciones, queden ubicados DENTRO DE LOS CUPOS POR CADA CURSO, los cuales serán definidos mediante acto administrativo por lo menos con quince (15) días de antelación a la aplicación de la Valoración Médica.
La CNSC, antes de realizar la citación a la Valoración Médica, publicará en la página www.cnsc.gov.co, enlace SIMO, un aviso informativo en el cual indicará el puntaje mínimo que debe obtener el aspirante para poder ser citado.
En caso de presentarse empate en la sumatoria de los puntajes obtenidos por los aspirantes, serán llamados a Valoración Médica a todos los aspirantes que se encuentren en dicha situación.
Todos los exámenes médicos a practicar a cada participante del proceso de selección que haya superado el concurso y en cumplimiento del profesiograma del empleo de Dragoneante adoptado por el INPEC, serán a costa del aspirante, de acuerdo a los precios del mercado establecidos para esos servicios. Antes de realizar las citaciones a los aspirantes a la práctica de exámenes médicos, la CNSC publicará en su página www.cnsc.gov.co enlace SIMO ?Proceso de Selección No. 1356 de 2019 – INPEC Cuerpo de Custodia”, el costo exacto que los aspirantes deben pagar para la realización de los exámenes médicos y las formas de pago disponibles para tal fin.
Para efectos de garantizar la identidad del participante y evitar suplantaciones en la práctica de los exámenes médicos, a cada aspirante se le tomará fotografía y huella digital, sin perjuicio de la adopción de medidas ante las instancias correspondientes, cuando se consideren necesarias.
La validación de identidad del aspirante podrá efectuarse, por la CNSC o la entidad delegada, en cualquier momento de la práctica de exámenes médicos. Respecto del aspirante que se rehúse a cumplir con este trámite, se levantará un Acta donde conste lo ocurrido y la consecuencia será la exclusión del proceso de selección.
Nota: El aspirante antes de pagar los costos fijados para la aplicación de la Valoración Médica, bajo su responsabilidad, deberá revisar sus condiciones físicas y de salud, a fin de establecer si se encuentra habilitado para ejercer el empleo de Dragoneante del INPEC, de acuerdo con la Resolución No. 002141 del 09 de julio de 2018 ?Por medio del cual se actualiza el Profesiograma, Perfil Profesiográfico y Documento de Inhabilidades Médicas Versión 4 para el empleo de Dragoneante, Versión 3 para los empleos de Inspector el Inspector Jefe”.
5.2 Importancia y efectos del resultado de la Valoración Médica. Con la valoración médica practicada a cada aspirante que supere el concurso, se analiza la aptitud médica y psicofísica, entendida ésta de manera general como la capacidad mental y física que posee un ser humano para desempeñar una actividad u oficio.
La capacidad física es la compatibilidad adecuada, evaluada por el médico examinador, entre el profesiograma psicofísico para una función específica y el conjunto de cualidades y condiciones físicas del aspirante a dicha función. Esta capacidad en cada aspirante citado a practicarse exámenes médicos, se evaluará por medio de los siguientes instrumentos presentes en el profesiograma adoptado por el INPEC: a) La historia clínica ocupacional, con énfasis en el sistema neurológico y osteo-muscular, b) La ficha de evaluación de la carga física y c) La ficha de evaluación osteo muscular. La capacidad médica y psicofísica de los aspirantes a ingresar como alumno de la Escuela Penitenciaria Nacional, se califica bajo los conceptos de APTO Y NO APTO.
El aspirante que cumpla con todas las condiciones médicas, físicas, psicológicas y demás que le permitan desarrollar normal y eficientemente la actividad correspondiente, según el Profesiograma del Empleo de Dragoneante establecido por el INPEC, será considerado APTO.
Será calificado NO APTO el aspirante que presente alguna alteración médica, según el Profesiograma del Empleo de Dragoneante establecido por el INPEC, razón por la cual será excluido del proceso de selección.
El único resultado aceptado en el proceso de selección, respecto de la aptitud médica y psicofísica del aspirante, será el emitido por la entidad especializada contratada previamente para tal fin por la universidad, institución universitaria e institución de educación superior que la CNSC contrate para el desarrollo del proceso de selección.
La valoración médica practicada a cada aspirante no es una prueba dentro de la Convocatoria, sino que constituyen un requisito para ingresar al Curso de Formación o Complementación en la Escuela Penitenciaria Nacional del INPEC, el resultado de los exámenes médicos después de resueltas las reclamaciones, tendrá carácter de definitivo.
El aspirante que obtenga calificación definitiva de NO APTO en la Valoración Médica, será excluido del proceso de selección en esa instancia.
La estatura de los aspirantes será evaluada al momento de la presentación de la valoración médica, dicha medición será realizada por el Médico Especialista en Salud Ocupacional, siendo ésta
la única valoración válida para el proceso de selección.
ESTATURA MÍNIMA Y MÁXIMA DE LOS ASPIRANTES. De conformidad con la Resolución No. 002141 del 09 de julio de 2018 del INPEC, uno de los requisitos de Aptitud Física del aspirante es la estatura, la cual debe encontrarse dentro de los siguientes rangos:
- Hombres Mínima: 1.66m y Máxima: 1.98m
La Comisión Nacional del Servicio Civil recomienda que el interesado que no cumpla con los estándares de estatura mínima y máxima aquí precisados, no se inscriba en el proceso, so pena de ser excluido.
5.3. Publicación de resultados de la Valoración Médica. En la fecha que disponga la CNSC, que será informada con una antelación no inferior a cinco (5) días hábiles, en la página www.cnsc.gov.co enlace: SIMO “Proceso de Selección No. 1356 de 2019 – INPEC Cuerpo de Custodia”, se publicarán los resultados de la Valoración Médica.
5.4. Atención y respuesta a las reclamaciones sobre los resultados de la Valoración Médica. Las reclamaciones de los aspirantes respecto de los resultados de Valoración Médica SÓLO serán recibidas a través de la página de la CNSC. www.cnsc.gov.co, enlace: SIMO, dentro de los dos (2) días siguientes a la publicación de los resultados.
A solicitud de los aspirantes en el proceso de reclamación, podrá realizarse una segunda valoración médica con la misma IPS contratada, cuyos costos deberán ser asumidos por el aspirante.
La reclamación será decidida y comunicada a través de la página www.cnsc.gov.co enlace: SIMO, “Proceso de Selección No. 1356 de 2019 – INPEC Cuerpo de Custodia”.
Ante la decisión que resuelve la reclamación contra el resultado de la Valoración Médica, no procede ningún recurso.
Nota: A solicitud de los aspirantes en el proceso de reclamación, podrá realizarse una segunda valoración médica con la misma IPS contratada, cuyos costos deberán ser asumidos por el aspirante.
5.5 Resultados definitivos de la Valoración Médica. Los resultados definitivos de la Valoración Médica se publicarán en la página www.cnsc.gov.co, enlace SIMO, “Proceso de Selección No. 1356 de 2019 – INPEC Cuerpo de Custodia?. Para conocer los resultados definitivos, los aspirantes deben ingresar al aplicativo, con su usuario y contraseña.
- CONFORMACIÓN Y ADOPCIÓN DE LISTAS DE ELEGIBLES
Esta labor se realizará de conformidad con las disposiciones del artículo 48 del Acuerdo de Convocatoria
Bogotá, D.C., 20 de diciembre de 2019
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