Auxiliar de Servicios Generales
Realizar el mantenimiento higiénico de las instalaciones físicas de la institución educativa, de conformidad con los lineamientos establecidos.
Auxiliar Administrativo
Apoyar en la jurisdicción las normas previstas en el código de policía por el respeto a los derechos civiles y garantías sociales, con el fin de resolver las contravenciones y conflictos en los que incurran los ciudadanos.
Celador
Vigilar y conservar los bienes muebles e inmuebles y la seguridad de la institución educativa, de acuerdo con los lineamientos institucionales.
Auxiliar de Servicios Generales
Entregar de manera oportuna y diligente la correspondencia y notificaciones de la administración municipal a la comunidad en general.
Auxiliar Administrativo
Contribuir con la Secretaria de Salud, en la gestión administrativa realizando diferentes actividades de apoyo y complementarias relacionadas con la asistencia administrativa, el régimen subsidiado del municipio y demás propias del Sistema General de seguridad Social en Salud y el Plan Territorial de Salud del Municipio
Secretario
Desempeñar funciones administrativas en la Regional relacionadas con los trámites de la Corporación, de acuerdo con los procedimientos establecidos por la misma.
Operario
Realizar el mantenimiento de las instalaciones físicas y cuidado de semovientes de la institución educativa, de acuerdo con lo dispuesto en el Plan Educativo Institucional.
Auxiliar Administrativo
Ejercer actividades que garanticen el cumplimiento de las competencias Departamentales en cuanto a las acciones de promoción, prevención vigilancia y control de las Enfermedades de Transmisión Vectorial -ETV- en los municipios del Departamento de Santander
Auxiliar Administrativo
REALIZAR LABORES DE CARACTER ASISTENCIAL, ADMINISTRATIVO Y OPERATIVO, DE ACUERDO CON LOS REQUERIMIENTOS, INSTRUCCIONES, NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS, QUE PERMITAN EFECTUAR LAS GESTIONES ADMINISTRATIVAS EN FORMA EFICIENTE Y EFICAZ, FACILITANDO EL CUMPLIMIENTO MISIONAL DE LA DEPENDENCIA Y LA SNR.