Estado
La convocatoria Territorial para municipios de quinta y sexta categoría ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
ESTABLECER LAS CONDICIONES PARA LA CONVIVENCIA EN EL TERRITORIO, PROPICIAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS NATURALES Y JURIDICAS, ASI COMO DETERMINAR EL EJERCICIO DEL PODER, LA FUNCION Y LA ACTIVIDAD DE POLICIA, DE CONFORMIDAD CON LA CONSTITUCION POLITICA, LA LEY 1801 DE 2016, Y EL ORDENAMIENTO JURIDICO VIGENTE.
Entidad
Alcaldia Linares.
Requisitos de estudios
Formación técnica y la terminación y aprobación de los estudios de la carrera de derecho, de conformidad con lo señalado en el parágrafo 3 del articulo 206 de la Ley 1801 de 2016
Requisitos de experiencia
No aplica, de acuerdo con lo establecido en el parágrafo 3 del articulo 206 del Código Nacional de Policía y Convivencia
Funciones del cargo
- Vigilar por que las normas relativas a juegos, rifas y espectáculos se cumplan.
- Remitir a los juzgados y demás autoridades de la rama judicial los procesos que sean de su competencia para el trámite pertinente.
- Conocer de las quejas y querellas relativas a normas de construcción, de oficio o a solicitud de Planeación y Desarrollo Territorial o de parte interesada.
- Coadyuvar con las oficinas judiciales de la jurisdicción para hacer efectivas sus providencias.
- Participar activamente en los comités, reuniones, capacitaciones y asesorías según sea requerido.
- Controlar que los establecimientos abiertos al público cumplan con las disposiciones que regulan su actividad.
- Imponer, aplicar y ejecutar las sanciones autorizadas en las leyes y que son de su competencia
- Recibir las querellas y asuntos de su competencia de conformidad a la Constitución Política, las Leyes, los Decretos, Códigos de Policía y convivencia, Ordenanzas y Acuerdos Municipales con el fin de darles el curso correspondiente.
- Tramitar procesos por violación de precios, pesas, medidas y normas de calidad de que tenga conocimientos por queja o de oficio y, de conformidad a la Ley vigente y las normas que la modifiquen.
- Acatar y fomentar el cumplimiento de las normas de autocontrol y responder a las directrices del modelo de Control Interno MECI y demás criterios adoptados por el sistema de calidad de la alcaldía
- CUMPLIR CON LOS LINEAMIENTOS DEL MODELO INTEGRAL DE PLANEACION Y GESTION MIPG Y CONTRIBUIR CON LA IMPLEMENTACION DEL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
- Realizar una real, eficiente y presencial supervisión a la ejecución de los contratos y/o convenios en que la Administración Municipal lo designe como supervisor
- EN EL MOMENTO DE SU RETIRO DE LA ENTIDAD REALIZAR EL RESPECTIVO EMPALME ADMINISTRATIVO Y ENTREGA DE LOS IMPLEMENTOS QUE COMO CUENTADANTE LE FUERON ENTREGADOS POR PARTE DE LA DEPENDENCIA DE ARCHIVO Y ALMACEN
- Hacer seguimiento permanente al cumplimiento de los indicadores de acuerdo a las metas programadas en los diferentes proyectos.
- Participar en la formulación, diseño, organización, ejecución y control de planes y programas del área interna de su competencia.
- Colaborar con las autoridades sanitarias en lo referente a diligencias preliminares (ley 99 del 1993 medio ambiente y normas relacionadas)
- Presentar los informes de gestión, técnicos, administrativos y/o financieros requeridos por los organismos de control interno y externo, las autoridades, el Alcalde Municipal y/o entidades territoriales o sectoriales.
- Dar aplicación a las normas pertinentes al código de infancia y adolescencia en concordancia por las autoridades en el área de Familia y personería municipal.
- Rendir los informes que le sean solicitados, los que deben presentarse a los organismos externos y los que normalmente deben presentarse acerca de la marcha del trabajo desarrollado por el área.
- Velar porque se cumplan las disposiciones del Código nacional de tránsito terrestre y las demás normas concordantes en este manual.
- Implementar y aplicar mecanismos y medidas que permitan mantener el orden público y la tranquilidad ciudadana.
- Atender las acciones de tutela que se interpongan con ocasión de sus funciones para responder y sustanciar.
- Las demás señaladas en la constitución, la Ley, los estatutos y las disposiciones que determinen la organización de la entidad o dependencia a su cargo, o las que le delegue el alcalde y/o el secretario de gobierno de acuerdo con el nivel, la naturaleza del cargo y el área de desempeño.
- Velar por que se cumplan los reglamentos de policía preventiva, de tránsito para garantizar la tranquilidad, seguridad, salubridad pública, movilidad peatonal y vehicular
- Aplicar e implementar las estrategias y acciones del Sistema de Gestión de Calidad y el Modelo Estándar de Control Interno, que le correspondan a su área.
- Diligenciar las distintas comisiones que se remitan a la inspección.
- Mantener actualizado el archivo de disposiciones legales y demás normas relacionadas con el ares de su competencia y velar por su estricto cumplimiento
- Aplicar las normas sobre especulación y acaparamiento (Decreto nacional 2876de 1984 y resolución No 0036del mismo año)
- Desarrollar las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con, el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo para el cumplimiento de la misión de la entidad territorial.
- Cumplir de manera efectiva con la misión, visión, política y objetivos de calidad y la ejecución de los procesos en que interviene en razón del cargo.
- Cumplir con normas y reglamentación impartida por el Alcalde Municipal, en las áreas de su competencia; así como también las funciones contenidas en la Constitución, la Ley, Ordenanzas, Acuerdos, Decretos, Manual de Funciones y Reglamentos Internos de la Administración Municipal.
- CONOCER EN PRIMERA INSTANCIA DE LAS QUERELLAS CIVILES QUE VERSAN SOBRE LA TENENCIA O POSESION DE BIENES O DERECHOS REALES CONSTITUIDOS EN ESTOS, SERVIDUMBRES, CERCAS MEDIANERAS, USO DE BIENES COMUNES, CONSTRUCCION Y DEMOLICION DE OBRAS, PARA DAR CUMPLIMIENTO AL CODIGO NACIONAL DE POLICIA, LEY 1801 DE 2016
- Conocer y fallar las contravenciones que por Ley sean de su competencia.
- Tramitar los asuntos de su competencia de conformidad a la Ley vigente y las normas que la modifiquen.
- Imponer, aplicar y ejecutar las sanciones autorizadas en las Leyes y que son de su competencia o que sean de competencia del Alcalde Municipal de acuerdo al Código de Convivencia Ciudadana y la Ley 232 de 1995.