Estado
La convocatoria Territorial para municipios de quinta y sexta categoría ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
ADELANTAR Y COORDINAR ACCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DEL ORDEN PUBLICO, SEGURIDAD, MORALIDAD, CONVIVENCIA CIUDADANA Y LA PROTECCION DE LA COMUNIDAD, EN DESARROLLO DEL CODIGO NACIONAL DE POLICIA Y DEMAS NORMAS REGLAMENTARIAS VIGENTES EN EL MUNICIPIO.
Entidad
Alcaldia San Cristobal.
Requisitos de estudios
Único: Terminación y aprobación de los estudios de la disciplina académica: Ciencias Sociales y Humanas.
Requisitos de experiencia
No se requiere.
Funciones del cargo
- Velar por que se cumplan los reglamentos de policía preventiva y de tránsito para garantizar la tranquilidad, seguridad, salubridad pública, movilidad peatonal y vehicular.
- Recibir las querellas y asuntos de su competencia de conformidad a la Constitución Política, las Leyes, los Decretos, Códigos de Policía, Ordenanzas y Acuerdos Municipales con el fin de darles el curso correspondiente.
- Remitir a los juzgados y demás autoridades de la rama judicial los procesos que sean de su competencia para el trámite pertinente.
- Asesorar jurídicamente sobre los asuntos que sean sometidos a su consideración por parte del Alcalde, el Secretario de Despacho y los servidores de la respectiva dependencia.
- Sustanciar los recursos de la vía gubernativa que correspondan por competencia funcional, desconcentrada, comisionada o delegada al Secretario de Despacho.
- Sustanciar y proyectar los actos administrativos que conforme a la competencia delegada, desconcentrada o funcional le otorgué el Alcalde, para su aprobación y suscripción.
- Atender las acciones de tutela que se interpongan con ocasión de sus funciones para responder y sustanciar.
- Coadyuvar con las oficinas judiciales de la jurisdicción para hacer efectivas sus providencias.
- Proyectar los actos administrativos que decidan los recursos de vía gubernativa que se interpongan con ocasión del desarrollo de sus funciones.
- Adoptar las directrices del Modelo Estándar de Control Interno – MECI y demás criterios adoptados por el Sistema de Gestión de Calidad del Ente Territorial.
- Las demás que le asignen la Constitución, la Ley, las Ordenanzas y los Acuerdos Municipales.