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Empleos / Territorial para municipios de quinta y sexta categoría

Inspector de Policia 3ª a 6ª Categoria

En Córdoba / Nariño
$1.302.762 al mes

  • No disponible

  • OPEC #129826

  • Nivel Técnico

  • 0 meses de experiencia

  • 1 vacante

Estado

La convocatoria Territorial para municipios de quinta y sexta categoría ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.

Descripción

Utilizar las medidas y establecer las condiciones para la buena convivencia en el territorio, propiciar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de las personas naturales y jurídicas, así como determinar el ejercicio del poder, la función y la actividad de policía, de conformidad con la Constitución Política y el ordenamiento jurídico vigente.

Entidad

Alcaldia Cordoba.

Requisitos de estudios

Conforme el parágrafo 3 del artículo 206 – Ley 1801 de 2016 para los municipios de 3a a 6a categoría: Terminación y aprobación de los estudios de la carrera de derecho.

Requisitos de experiencia

No aplica, de acuerdo con lo establecido en el parágrafo 3 del artículo 206 del Código Nacional de Policía y Convivencia.

Funciones del cargo

  • Cumplir de manera efectiva con la misión, visión, política y objetivos de calidad y la ejecución de los procesos en que interviene en razón del cargo.
  • Conocer de las quejas y querellas relativas a normas de construcción, de oficio o a solicitud de Planeación y Desarrollo Territorial o de parte interesada.
  • Velar porque se cumplan las disposiciones del Código nacional de tránsito terrestre y las demas normas concordantes en este manual.
  • Conocer en primera instancia las contravenciones ordinarias que trata el Código Nacional de Policía y Convivencia, y demás leyes especiales que regulan cada caso.
  • Tramitar procesos por violación de precios, pesas, medidas y normas de calidad de que tenga conocimientos por queja o de oficio y, de conformidad a la Ley vigente y las normas que la modifiquen.
  • providencias.
  • Aplicar e implementar las estrategias y acciones del Sistema de Gestión de Calidad y el Modelo Estándar de Control Interno, que le correspondan a su área.
  • Rendir los informes que le sean solicitados, los que deben presentarse a los organismos externos y los que normalmente deben presentarse acerca de la marcha del trabajo desarrollado por el área.
  • Participar en la formulación, diseño, organización, ejecución y control de planes y programas del área interna de su competencia.
  • Atender las acciones de tutela que se interpongan con ocasión de sus funciones para responder y sustanciar.
  • Remitir a los juzgados y demás autoridades de la rama judicial los procesos que sean de su competencia para el trámite pertinente.
  • Acatar y fomentar el cumplimiento de las normas de autocontrol y responder a las directrices del modelo de Control Interno MECI y demás criterios adoptados por el sistema de calidad de la alcaldía
  • Hacer seguimiento permanente al cumplimiento de los indicadores de acuerdo a las metas programadas en los diferentes proyectos.
  • Redactar los permisos que se otorgan en la dependencia para guía de comercio documentos y utilización de espacios públicos.
  • Controlar que los establecimientos abiertos al público cumplan con las disposiciones que regulan su actividad.
  • En el momento de su retiro de la entidad realizar el respectivo empalme administrativo y entrega de los implementos que como cuentadante le fueron entregados por parte de la oficina de archivo.
  • Recibir las querellas y asuntos de su competencia de conformidad a la Constitución Política, las Leyes, los Decretos, Códigos de Policía y convivencia, Ordenanzas y Acuerdos Municipales con el fin de darles el curso correspondiente.
  • Mantener actualizado el archivo de disposiciones legales y demás normas relacionadas con el área de su competencia y velar por su estricto cumplimiento
  • Atender el manejo de conflicto por medio de metodos alternativos de solución de conflictos.
  • Diligenciar los despachos comisorios que se han remitido por las autoridades civiles.
  • Dar aplicación a las normas pertinentes al código de infancia y adolescencia en concordancia por las autoridades en el área de Familia y personería municipal.
  • Velar por que se cumplan los reglamentos de policía preventiva, de transito para garantizar la tranquilidad, seguridad, salubridad pública, movilidad peatonal y vehicular
  • IV. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESCENCIALES
  • Imponer, aplicar y ejecutar las sanciones autorizadas en las Leyes y que son de su competencia o que sean de competencia del Alcalde Municipal de acuerdo al Código de Policía y Convivencia Ciudadana y la Ley 232 de 1995.
  • Implementar y aplicar mecanismos y medidas que permitan mantener el orden público y la tranquilidad ciudadana.
  • Tramitar las sanciones urbanísticas que establece la Ley 388 de 1997 y demás decretos reglamentarios.
  • Notificar a las personas que sean requeridas por las diferentes entidades.
  • Vigilar por que las normas relativas a juegos, rifas y espectáculos se cumplan.
  • Coadyuvar con las oficinas judiciales de la jurisdicción para hacer efectivas sus
  • Coordinar con las autoridades de policía y demás entidades de prevención de alteraciones de orden público.
  • Colaborar con las autoridades sanitarias en lo referente a diligencias preliminares (ley 99 del 1993 medio ambiente y normas relacionadas)
  • Presentar los informes de gestión, técnicos, administrativos y/o financieros requeridos por los organismos de control interno y externo, las autoridades, el Alcalde Municipal y/o entidades territoriales o sectoriales.
  • Cumplir con normas y reglamentación impartida por el Alcalde Municipal, en las áreas de su competencia; así como también las funciones contenidas en la Constitución, la Ley, Ordenanzas, Acuerdos, Decretos, Manual de Funciones y Reglamentos Internos de la Administración Municipal.
  • Practicar las diligencias de inspección de cadaveres que ocurra en la jurisdicción del municipio que tengan relación con accidentes de tránsito.
  • Tramitar los asuntos de su competencia de conformidad a la Ley vigente y las normas que la modifiquen.
  • Ademas de las funciones contempladas en el artículo 206 del Código de Policía y convivencia ciudadana, se establecen las siguientes:
  • Realizar las declaraciones y certificaciones que se expidan en el despacho tales como: Extra juicio, juramentadas, residencia y supervivencia
  • Las demás señaladas en la constitución, la Ley, los estatutos y las disposiciones que determinen la organización de la entidad o dependencia a su cargo, o las que le delegue el alcalde y/o el secretario de gobierno de acuerdo con el nivel, la naturaleza del cargo y el área de desempeño.
  • Realizar una real, eficiente y presencial supervisión a la ejecución de los contratos y/o convenios en que la Administración Municipal lo designe como supervisor
  • Conocer y fallar las contravenciones que por Ley sean de su competencia.
  • Participar activamente en los comités, reuniones, capacitaciones y asesorías según sea requerido.

Personaliza tu experiencia

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