Estado
La convocatoria Territorial para municipios de quinta y sexta categoría ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Dependencia de carácter administrativo que tiene como función principal el mantenimiento del orden público y la regulación del ejercicio de los derechos y libertades ciudadanos
Entidad
Alcaldia Paime.
Requisitos de estudios
la terminación y aprobación de los estudios de la carrera de derecho.
Requisitos de experiencia
Seis (06) meses de Experiencia Relacionada.
Funciones del cargo
- Tramitar y decidir los asuntos policivos de su competencia de conformidad con el procedimiento y demás preceptos que contengan las normas pertinentes.
- Conocer, en única instancia, de la aplicación de las siguientes medidas correctivas:
- Asistir jurídicamente a las entidades de vigilancia y protección de los recursos naturales y del medio ambiente.
- c) Construcción, cerramiento, reparación o mantenimiento de inmueble;
- Conocer los asuntos o negocios que le asigne la Ley, Decretos, ordenanzas y los acuerdos del Consejo.
- g) Remoción de bienes, en las infracciones urbanísticas;
- Conocer de los comportamientos contrarios a la convivencia en materia de seguridad, tranquilidad, ambiente y recursos naturales, derecho de reunión, protección a los bienes y privacidad, actividad económica, urbanismo, espacio público y libertad de circulación.
- Conocer de las contravenciones comunes ordinarias de que trata la Ley 1801 de 2016 y el Código de Policía de Cundinamarca.
- a) Reparación de daños materiales de muebles o inmuebles;
- Las demás que surjan de la naturaleza de la dependencia o le sean asignadas por autoridad competente
- Recibir, Tramitar y fallar las querellas mediante el ejercicio de la acción de protección, por el procedimiento señalado en la Ley 1801 del 2016 Conciliar para la solución de conflictos de convivencia, cuando sea procedente.
- c) Prohibición de ingreso a actividad que involucra aglomeraciones de público complejas o no complejas;
- f) Restablecimiento del derecho de servidumbre y reparación de daños materiales;
- d) Decomiso.
- b) Demolición de obra;
- b) Expulsión de domicilio;
- d) Reparación de daños materiales por perturbación a la posesión y tenencia de inmuebles;
- h) Multas;
- Imponer y ejecutar las medidas de policía, multas y sanciones establecidas por la Ley en los casos de infracciones, contravenciones y delitos ambientales.
- Recibir, Tramitar y fallar las querellas instauradas por los casos de perturbación de los derechos de que trata la Ley 1801 del 2016.
- i) Suspensión definitiva de actividad.
- Son funciones de las inspecciones de Policía en el Municipio las establecidas en el Decreto Ley 1355 de 1970, Decreto Ley 1333 de 1986, Decreto 522 de 1971, Ley 23 1991, Decreto 800 de 1991, Ley 1801 de 2016 y demás normas que se les asigne y el Código de Policía de Cundinamarca.
- Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de tránsito y transporte, resolver e imponer las sanciones y multas por infracciones a las normas.
- Ejecutar la orden de restitución, en casos de tierras comunales.
- a) Suspensión de construcción o demolición;
- e) Restitución y protección de bienes inmuebles, diferentes a los descritos en el numeral 17 del artículo 205; de la Ley 1801 de 2016
- Conocer en primera instancia de la aplicación de las siguientes medidas correctivas: