Estado
La convocatoria Territorial para municipios de quinta y sexta categoría ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Ejecutar los procesos de protección al menor y a la familia como institución, y de prevención contra la violencia intrafamiliar.
Entidad
Alcaldia Pamplona.
Requisitos de estudios
Título profesional NBC: Núcleos Básicos del Conocimiento Área del conocimiento Ciencias sociales y Humanas. Derecho. Abogado con tarjeta profesional vigente. Para ser comisario de Familia se requieren las mismas calidades que para ser Defensor de Familia. LEY 1098 DE 2006 (noviembre 8) por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia. Artículo 80. Calidades para ser Defensor de Familia. Para ser Defensor de Familia se requieren las siguientes calidades: Ser abogado en ejercicio y con tarjeta profesional vigente. 2. No tener antecedentes penales ni disciplinarios. 3. Acreditar título de posgrado en Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos, o en Ciencias Sociales siempre y cuando en este último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del programa.
Requisitos de experiencia
12 meses de experiencia profesional relacionada.
Funciones del cargo
- Ejercer coordinación de los programas de ejecuciones de las Políticas de Infancia, Adolescencia y Juventud establecidas por la Administración Municipal.
- Realizar las audiencias de conciliación para el arreglo de las controversias.
- Las demás que en el marco de su objeto se deriven de los planes, programas y proyectos a cargo de la dependencia y todas aquellas que le sean asignadas por normas competenciales o por autoridad competente, acorde con la naturaleza del cargo y necesidades del servicio, para el logro de la misión institucional
- Contribuir con la implementación del Modelo Integrado de Planeación y de Gestión al igual que con el Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, acorde con el nivel del empleo y su denominación, de conformidad con las directrices establecidas y la normativa vigente, con el propósito de cumplir los fines del Estado y las metas del Plan de Desarrollo.
- Practicar allanamientos para conjurar las situaciones de peligro en que se pueda encontrar un menor cuando la urgencia del caso lo demande, de oficio o a solicitud del juez o del defensor de familia, de acuerdo con el procedimiento señalado para el efecto por el código del menor.
- Determinar la necesidad de ayuda profesional, psicológica o social en los casos que ameritan y remitirlo al profesional respectivo.
- Recepcionar quejas ciudadanas y abocar el conocimiento de las que sean de su competencia, atender denuncias por maltrato, abandono o demás problemas que afecten la vida familiar en el municipio.
- Efectuar las comisiones, peticiones, practica de pruebas y demás actuaciones que le solicite el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y los funcionarios encargados de la jurisdicción de familia, en los aspectos relacionados por la protección del menor y la familia, de acuerdo con el procedimiento para el efecto.
- Aplicar el Sistema de Gestión Documental para el desarrollo de procedimientos de archivo y correspondencia establecidos en la entidad. Aplicar el Sistema de Gestión Documental para el desarrollo de procedimientos de archivo y correspondencia establecidos en la entidad.
- Las estipuladas en el DECRETO 4840 DE 2007 (diciembre 17) por el cual se reglamentan los artículos 52, 77, 79, 82, 83, 84, 86, 87, 96, 98, 99, 100, 105, 111 y 205 de la Ley 1098 de 2006.
- Controlar las actividades relacionadas con las quejas ciudadanas y contravenciones en las que se puedan ver afectados o involucrados menores de edad o se afecte la vida familiar en el municipio, en coordinación con el Superior Inmediato.
- Remitir los casos que no sean de su competencia a los juzgados o al defensor de familia del I.C.B.F.
- Recibir a prevención las quejas e informes, de los aspectos relacionados con conflictos familiares, atender las demandas relativas a la protección de la familia, del menor, casos de maltrato y explotación y de violencia intrafamiliar, tomando las medidas de urgencia que sean necesarias mientras se remiten a la autoridad correspondiente.
- Recibir a prevención, denuncias sobre hechos que puedan configurarse como delito o contravención, en los que aparezca involucrado el menor como afectado, tomar las medidas de emergencia correspondiente y darle el trámite respectivo de acuerdo con las disposiciones y procedimientos vigentes.
- Presentar informe mensual al Secretario de Despacho, de las actividades realizadas en el ejercicio de sus funciones.
- Atender las solicitudes de medida de protección inmediata que ponga fin a la violencia, maltrato, o agresión, o evite que se realice cuando sea inminente.
- Formar parte del equipo coordinador del diseño, la ejecución y la evaluación de la política pública de infancia y adolescencia, rendición pública de cuentas; las Estrategias diseñadas por el Municipio de Pamplona, por la Infancia, La Adolescencia y la Juventud, acorde a la Ley 1098 de 2006.