Estado
La convocatoria Territorial para municipios de quinta y sexta categoría ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
PRO PENDER PORQUE LA GESTION ADMINISTRATIVA DE TODA LA INSTITUCION ESTE ENMARCADA DENTRO DE LAS NORMAS LEGALES VIGENTES Y QUE LA DEFENSA DE LOS INTERESES, TANTO COMUNITARIOS COMO DE LA ENTIDAD, SE REALICEN EN FORMA DILIGENTE Y CON AMPLIO SENTIDO INSTITUCIONAL.
Entidad
Alcaldia Tamesis.
Requisitos de estudios
Titulo Profesional y de postgrado.
Requisitos de experiencia
12 meses de experiencia relacionada.
Funciones del cargo
- FUNCION GENERAL:
- Prevenir, garantizar, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar y las demás establecidas por la Ley y el Concejo Municipal.
- Garantizar, proteger, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar.
- Atender y orientar a los niños, las niñas y los adolescentes y demás miembros del grupo familiar en el ejercicio y restablecimiento de sus derechos.
- Recibir denuncias y adoptar las medidas de emergencia y de protecci6n necesarias en casos de delitos contra los niños, las niñas y los adolescentes.
- Definir provisionalmente sobre custodia y cuidado personal, la cuota de alimentos y la reglamentaci6n de visitas, la suspensi6n de la vida en común de los c6nyuges 0 compañeros permanentes y fijar las cauciones de comportamiento conyugal, en las situaciones de violencia intrafamiliar.
- Practicar res cates para conjurar las situaciones de peligro en que pueda encontrarse un niño, niña 0 adolescente, cuando la urgencia del caso lo demande.
- Desarrollar programas de prevenci6n en materia de violencia intrafamiliar y delitos sexuales.
- Adoptar las medidas de restablecimiento de derechos en los casas de maltrato infantil y denunciar el delito conforme a la Ley.
- Aplicar las medidas policivas que correspondan en casas de conflictos familiares, conforme a las atribuciones que les confieran los Concejos Municipales.
- Cumplirá con las funciones otorgadas por las leyes 446 de 1998, 640 de 2001, el Decreto 1818 de 1998, Ley 575 de 2000, Decreto 652 de 2001, artículos 320 al 325 del Decreto ?-737 de 1989 C6digo del menor, Ley 1098 de 2006, EI C6digo Nacional de Policía, C6digo de Convivencia Ciudadana (C6digo de policía local, según Ordenanza 23 de 2004), La Resolución 3604 de 2006 de la Fiscalía General de la Naci6n y las demás funciones que Ie confiera la Ley.