Estado
La convocatoria Antioquia 3 está en etapa de inscripciones y puedes postularte a este empleo.
Descripción
COORDINAR LA ATENCION OPORTUNA DE DENUNCIAS, QUEJAS Y SITUACIONES RELACIONADAS CON VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, CONFLICTOS FAMILIARES Y DELITOS Y/ O CONTRAVENCIONES EN QUE ESTE IMPLICADO UN MENOR, EN CUMPLIMIENTO DE LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES ASIGNADAS EN LA NORMATIVIDAD APLICABLE.
Entidad
Alcaldia Estrella Abierto.
Requisitos de estudios
Título de PROFESIONAL en NBC: DERECHO Y AFINES. Titulo de POSTGRADO EN CUALQUIER MODALIDAD Disciplina Académica: ESPECIALIZACION EN DERECHO CONSTITUCIONAL , ESPECIALIZACION EN DERECHO CIVIL , ESPECIALIZACION EN DERECHOS HUMANOS , ESPECIALIZACION EN DERECHO PROCESAL , ESPECIALIZACION EN DERECHO ADMINISTRATIVO , ESPECIALIZACION EN DERECHO DE FAMILIA , ESPECIALIZACION EN DERECHO PENAL , ESPECIALIZACION EN CIENCIAS SOCIALES.
Requisitos de experiencia
Veinticuatro(24) meses de EXPERIENCIA PROFESIONAL RELACIONADA
Funciones del cargo
- DESARROLLAR LA POLITICA INSTITUCIONAL DIRIGIDA A LA ATENCION Y PROTECCION DE LA FAMILIA, LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE ACUERDO CON LOS LINEAMIENTOS QUE EL ENTE RECTOR Y EL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR DISPONGAN EN LA MATERIA.
- APLICAR LOS LINEAMIENTOS GENERALES EN MATERIA DE PROTECCION QUE DEBEN SER TENIDOS EN CUENTA EN TODOS LOS PROCESOS RELACIONADOS CON EL RECONOCIMIENTO DE DERECHOS A LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, DE CONFORMIDAD CON LA CONSTITUCION, LA LEY Y LO QUE DISPONGA EL ENTE RECTOR Y EL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR,
- DISEÑAR, ACTUALIZAR Y VALIDAR LOS LINEAMIENTOS TECNICOS EXISTENTES CUMPLIENDO CON LA MISION DE LAS COMISARIAS DE FAMILIA.
- DIRIGIR LA DEFINICION DE LOS PROTOCOLOS PROPIOS DE CADA UNO DE LOS SERVICIOS QUE HACEN PARTE DE LA COMISARIA DE FAMILIA Y APOYAR EL PROCESO DE IMPLEMENTACION DE LOS MISMOS EN SU JURISDICCION, DE ACUERDO CON LOS LINEAMIENTOS QUE EL ENTE RECTOR Y EL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR DISPONGAN EN LA MATERIA.
- DIRIGIR LA OPERACION DE LOS PROGRAMAS, CONVENIOS Y PROCESOS QUE DEBA EJECUTAR DIRECTAMENTE LA COMISARIA DE FAMILIA.
- PREPARAR Y PRESENTAR INFORMES DE SEGUIMIENTO Y GESTION DE LOS PROCESOS A SU CARGO.
- ADOPTAR LAS MEDIDAS DE PROTECCION, ATENCION Y ESTABILIZACION NECESARIAS PARA GARANTIZAR, PROTEGER, RESTABLECER Y REPARAR LOS DERECHOS VULNERADOS O AMENAZADOS EN CASOS DE VIOLENCIA EN EL CONTEXTO FAMILIAR, VERIFICANDO SU CUMPLIMIENTO Y GARANTIZANDO SU EFECTIVIDAD, EN CONCORDANCIA CON LA LEY 1257 DE 2008. (EN CASOS DE VULNERACION DE DERECHO DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES SE PREFERIRA EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN LA LEY 1098 DE 2006 O LA NORMA QUE LA MODIFIQUE O ADICIONE, SIN PERJUICIO DE QUE ADICIONALMENTE SE ADOPTEN LAS MEDIDAS DE PROTECCION O LAS DEMAS QUE SEAN NECESARIAS).
- PRACTICAR RESCATES EN EVENTOS EN LOS CUALES EL NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE SEA UNA POSIBLE VICTIMA DE VIOLENCIA EN EL CONTEXTO FAMILIAR. PREVIAMENTE, DEBERA ADOPTAR LA DECISION POR ESCRITO, VALORAR LAS PRUEBAS QUE DEMUESTRAN QUE SE REUNEN EN CADA CASO LOS REQUISITOS PARA QUE PROCEDA EL ALLANAMIENTO CON LA FINALIDAD EXCLUSIVA DE EFECTUAR EL RESCATE Y PROTEGER AL NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE.
- VERIFICAR LA GARANTIA DE DERECHOS Y ADOPTAR LAS MEDIDAS DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS EN LOS CASOS PREVISTOS EN EL NUMERAL 4° DEL ARTICULO 5º DE ESTA LEY, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY 1098 DE 2006 O LA NORMA QUE LA MODIFIQUE O ADICIONE.
- DEFINIR PROVISIONALMENTE SOBRE LA CUSTODIA Y CUIDADO PERSONAL, LA CUOTA DE ALIMENTOS Y LA REGLAMENTACION DE VISITAS, LA SUSPENSION DE LA VIDA EN COMUN DE LOS CONYUGES O COMPAÑEROS PERMANENTES Y FIJAR LAS CAUCIONES DE COMPORTAMIENTO CONYUGAL, EN LAS SITUACIONES DE VIOLENCIA SEÑALADAS EN EL NUMERAL 4° DEL ARTICULO 5 DE LA LEY 2126 DE 2021.
- FIJAR CUOTA PROVISIONAL DE ALIMENTOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES, CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 34A DE LA LEY 1251 DE 2008 O LA NORMA QUE LO ADICIONE, SUSTITUYA, MODIFIQUE O COMPLEMENTE.
- ESTABLECER LAS SANCIONES CORRESPONDIENTES ANTE EL INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIERA DE LAS MEDIDAS DECRETADAS CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 7° DE LA LEY 294 DE 1996 O LA NORMA QUE LO ADICIONE, SUSTITUYA, MODIFIQUE O COMPLEMENTE.
- REGISTRAR EN EL SISTEMA DE INFORMACION DE COMISARIAS DE FAMILIA LOS DATOS REQUERIDOS Y EN LA FORMA DEFINIDA POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO.
- NO EXISTIENDO DEFENSOR DE FAMILIA EN EL MUNICIPIO DE LA ESTRELLA, LAS FUNCIONES DE ESTE SERAN CUMPLIDAS POR EL COMISARIO O COMISARIA DE FAMILIA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 98 DE LA LEY 1098 DE 2006 O LA NORMA QUE LA MODIFIQUE O ADICIONE.
- LAS DEMAS ASIGNADAS EXPRESAMENTE POR LA LEY.