Estado
La convocatoria 990 a 1131, 1135, 1136 – Territorial 2019 ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Garantizar la convivencia pacífica de los habitantes del municipio en los corregimientos y veredas y velar por el cumplimiento de las normas de policía y de orden público, mediante el empleo de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, especialmente la conciliación y la mediación.
Entidad
Alcaldia Puerto Nare.
Requisitos de estudios
De acuerdo a lo establecido en el parágrafo tercero del artículo 206 de la Ley 1801 de 2016, la formación técnica para el desempeño de los cargos de Inspector de Policía 3ª a 6ª Categoría e Inspector de Policía Rural requerirá la terminación y aprobación de los estudios de la carrera de derecho.
Requisitos de experiencia
No requiere
Funciones del cargo
- Cumplir y hacer cumplir las leyes, Ordenanzas, Acuerdos, Decretos y resoluciones administrativas.
- Apoyar a las autoridades judiciales en aquellos asuntos que están por fuera de su competencia como es el caso de las contravenciones y conductas que no constituyen por si mismas hechos punibles.
- Atender todo tipo de quejas de la comunidad, citar a conciliación a las partes y proyectar el posterior acuerdo.
- Ejercer el control sobre la legalidad de funcionamiento de los puestos de vendedores ambulantes y estacionarios.
- Recibir denuncias y darle traslado a la fiscalía que por competencia corresponda. Auxiliar los despachos comisorios procedentes de los diferentes Entes Judiciales y del Gaula.
- Cumplir lo establecido en los códigos de Policía, Minas, Recursos Naturales y Medio Ambiente, en coordinación con Corantioquia.
- Llevar el registro y archivo organizado de los expedientes que inicie en desarrollo de sus actuaciones.
- Velar por el cumplimiento de las normas sobre el funcionamiento de establecimientos abiertos al público que estén dentro de su jurisdicción.
- Velar por la tranquilidad, la moralidad y el orden público e impedir violaciones a la Constitución, las leyes, las ordenanzas, los acuerdos y las demás normas vigentes.
- Velar porque se apliquen las normas del Código de Convivencia Ciudadana en el Municipio.
- Dictar resoluciones y fallos en cuanto a las audiencias de tránsito, así como recibir las diligencias de descargos por contravención de tránsito.
- Recibir denuncias por pérdida de toda clase de documentos.
- Desempeñar las demás funciones inherentes al cargo que le sean asignadas en forma regular u ocasional por su superior inmediato.
- Así mismo debe dar cumplimiento de las siguientes funciones establecidas en el Código Nacional de Policía y Convivencia, establecidas en el Artículo 206 sobre las “Atribuciones de los inspectores de policía rurales, urbanos y corregidores”, a los cuales les corresponde la aplicación de las siguientes medidas:
- Conciliar para la solución de conflictos de convivencia, cuando sea procedente.
- Conocer de los comportamientos contrarios a la convivencia en materia de seguridad, tranquilidad, ambiente y recursos naturales, derecho de reunión, protección a los bienes y privacidad, actividad económica, urbanismo, espacio público y libertad de circulación.
- Ejecutar la orden de restitución, en casos de tierras comunales.
- Las demás que le señalen la Constitución, la ley, las ordenanzas y los acuerdos.
- Conocer, en única instancia, de la aplicación de las siguientes medidas correctivas:
- a) Reparación de daños materiales de muebles o inmuebles;
- b) Expulsión de domicilio;
- c) Prohibición de ingreso a actividad que involucra aglomeraciones de público complejas o no complejas;
- d) Decomiso.
- Conocer en primera instancia de la aplicación de las siguientes medidas correctivas:
- a) Suspensión de construcción o demolición;
- b) Demolición de obra;
- c) Construcción, cerramiento, reparación o mantenimiento de inmueble;
- d) Reparación de daños materiales por perturbación a la posesión y tenencia de inmuebles;
- e) Restitución y protección de bienes inmuebles, diferentes a los descritos en el numeral 17 del artículo 205;
- f) Restablecimiento del derecho de servidumbre y reparación de daños materiales;
- g) Remoción de bienes, en las infracciones urbanísticas;
- h) Multas;
- i) Suspensión definitiva de actividad.