Estado
La convocatoria 990 a 1131, 1135, 1136 – Territorial 2019 ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Desarrollar las labores técnicas,, misionales y de apoyo; así como las relacionadas con la aplicación de la ciencia y la tecnología, requeridas para cumplir con los planes, programas y proyectos institucionales
Entidad
Alcaldia Pintada.
Requisitos de estudios
TITULO DE TECNOLOGO Ó TECNICO PROFESIONAL Ó TECNICO Ó DIPLOMA DE BACHILLER EN CUALQUIER MODALIDAD. Además de los Requisitos establecidos en el paragrafo 3 Art. 206 del Código de policia
Requisitos de experiencia
Seis (6) meses de experiencia
Funciones del cargo
- Velar por la protecci�n del espacio p�blico y controlar el uso del mismo para las distintas ventas y actividades de conformidad con el permiso otorgado.
- Cumplir en la localidad con las funciones y pol�ticas que le sean delegadas por las autoridades Nacionales y Departamentales.
- Aplicar la ley 232 de 1995 sobre establecimientos de comercio.
- Diligenciar las distintas comisiones dentro de su jurisdicci�n y remitirlos a la Autoridad competente.
- Aplicar el Decreto 1136 de 1970, sobre medidas de protecci�n social, mendigos, vagos , entre otras
- Aplicar la norma sobre sanciones urban�sticas (art�culo 66 de la ley 9� de1989, en concordancia con el estatuto de planeaci�n municipal) en coordinaci�n con la secretar�a de planeaci�n y desarrollo territorial del municipio.
- Colaborar con las autoridades sanitarias en lo referente a diligencias preliminares (ley 9� de 1979 y del Ministerio del Medio Ambiente ley 99 de 1993).
- Aplicar el Decreto Nacional 1001 de 1988.
- Aplicar la norma sobre protecci�n y defensa del consumidor (ley 73 de 1981 y Decreto 3466 de 1982).
- Aplicar el Decreto 196, sobre ejercicio de la abogac�a, art�culo 29 y 42.
- Dar cumplimiento al reglamento interno de trabajo.
- Conocer en �nica o primera instancia, seg�n la calidad de la sanci�n por la falta de tr�nsito, conforme al decreto nacional 1344 de 1971 y normas que lo han modificado, en concordancia con el cap�tulo segundo (transferencia de competencia a las autoridades de tr�nsito) Ley 769 de 2002 y ley 1383 de 2010.
- Dar aplicaci�n a las normas pertinentes del C�digo del Menor (decreto 2737 de 1989), especialmente 8, 2, 136, 137, 72, y 273, 20, 323, 324, 332, 333 en concordancia con las autoridades de familia y personer�a municipal, como los art�culo 27 al 31 del c�digo Departamental de Polic�a.
- Las dem�s que le sean asignadas por el superior inmediato para atender otros procesos, siempre y cuando guarden concordancia con el cargo o corresponda a la planta global
- Velar por el cumplimiento de los derechos y garant�as constitucionales y legales de todos los ciudadanos como autoridad de polic�a y tr�nsito, cumpliendo los deberes normativos y garantizando oportunamente la soluci�n de los conflictos
- Estudiar, evaluar y conceptuar sobre las materias de competencia del �rea de desempe�o, y absolver consultas de acuerdo con las pol�ticas institucionales.
- Conocer en �nica instancia de las contravenciones nacionales determinadas por el Decreto 1355 de 1970, excepto de las de competencias que corresponden a la polic�a Nacional.
- Tramitar bajo la supervisi�n del ejecutivo los procesos de restituci�n de bienes del estado (de uso p�blico y fiscales), correlacionando las siguientes normas: art�culo 29,63 y 82 de la Constituci�n Nacional; 674 del C�digo Civil, 132 del C�digo Nacional de Polic�a; Decreto 640 de 1937, subrogado por el art�culo 170 del Decreto 1333 de 1986; 5 de la ley 58 de 1982; 1 al 81 del c�digo Contencioso Administrativo; 5,6 y 67 de la ley 9� de 1989; 407, numeral 4 del C�digo de Procedimiento Civil art�culo 29 de la ley 142 de 1994 (servicios p�blicos domiciliarios) y 102 a 104 del C�digo de Polic�a de Antioquia (proceso Administrativo).
- Cumplir las disposiciones sobre juegos, espect�culos, establecimientos p�blicos, precios pesas y medidas.
- Aplicar el Decreto Nacional 2785 de 1936 y 2169 de 1949 sobre sanciones y turnos a farmacias y droguer�as.
- Elaborar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y la periodicidad requeridas.
- Ejercer funciones de polic�a judicial.
- Aplicar el proceso policivo por amparo a la miner�a de subsistenciasiguiendo las instrucciones legales.
- Aplicar el Decreto 151 de 1957, sobre protecci�n a la industria hotelera respetando el art�culo 29 de la Constituci�n Nacional.
- Participar en los grupos de trabajo que para el desarrollo de actividades espec�ficas sean creados por la Administraci�n Municipal y aceptar funciones de coordinaci�n, apoyo y/o dependencia en cada uno de los grupos.
- Conocer por delegaci�n de los procesos civiles policivos de lanzamiento por ocupaci�n de hecho (ley 57 de 1905 y decreto reglamentario 992 de 1930, decreto nacional aut�nomo 0747 de 1992 y art�culo 69 de la ley 9� de 1989 (Reforma Urbana).
- Conocer en �nica instancia de las contravenciones comunes determinadas en el Manual de Convivencia Ciudadana para el Departamento de Antioquia y el Manual de Convivencia para el Municipio de la Pintada.
- Expedir permisos para el transporte de ganado u objetos, seg�n las normas vigentes.
- Conocer en primera instancia de los procesos civiles (querellas) contemplada en el C�digo Departamental de Polic�a.
- Velar por el cumplimiento de los derechos y garant�as constitucionales y legales de todos los ciudadanos como autoridad de polic�a y tr�nsito, cumpliendo los deberes normativos y garantizando oportunamente la soluci�n de los conflictos.
- Aplicar las normas sobre especulaci�n y acaparamiento (Decreto Nacional 2876 de 1984 y DECRETO Nro. 0036 del mismo a�o.
- Mejorar el dise�o y formulaci�n de procedimientos de los sistemas atinentes a las �reas de desempe�o con el fin de optimizar la utilizaci�n delos recursos disponibles.
- Conocer en primera instancia de los procesos de protecci�n a los animales (ley 84 de 1989 y ley 238 de 1995 art�culo 15).