Estado
La convocatoria 828 a 979 y 982 a 986 – Municipios Priorizados para el Posconflicto ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Formular y ejecutar acciones de promoción, prevención, inspección, vigilancia y control de vectores y zoonosis como la coordinación con las autoridades competentes para la inspección, vigilancia y control de factores de riesgo presentes
en el ambiente y el consumo que pongan en riesgo la salud de la comunidad.
Entidad
Alcaldia Charco Narino.
Requisitos de estudios
FORMACION ACADEMICA TECNICA Técnico en Saneamiento Básico, Salud, epidemiologia, Enfermería,
Requisitos de experiencia
EXPERIENCIA: Seis (6) meses.
Funciones del cargo
- Fomentar el mejoramiento de las condiciones de la vivienda y edificaciones destinadas a uso colectivo y espacio público.
- Apoyar a las autoridades ambientales para evitar la entrada, salida y propagación de enfermedades que afecten a la población humana, a los animales o vegetales y sus productos, o que deterioren el ambiente.
- Prevenir el impacto a la salud generadas por la construcción de infraestructura y centros de extracción minera, el ruido, tenencia de animales domésticos, basuras
- y olores entre otros.
- Formular y ejecutar las acciones de promoción, prevención, vigilancia y control de vectores y zoonosis.
- Coordinar con el Instituto Departamental de Salud, las campañas de vacunación de animales.
- Realizar actividades de promoción en el área de salud ambiental.
- Ejercer inspección, vigilancia y control sanitario en todos los estamentos del municipio, sobre los factores de riesgo para la salud.
- Ejercer inspección, vigilancia y control de la producción, comercialización, expendio y transporte de alimentos de alto riesgo epidemiológico.
- Inspección y vigilancia de productos farmacéuticos y condiciones higiénico- sanitarias locativas de establecimientos farmacéuticos, decomiso o congelación de medicamentos, e insumos para la salud e implementos de aseo y limpieza.
- Vigilancia y control de los establecimientos abiertos al público conforme a lo estipulado en el título IV de la ley 09 de 1979, respecto a saneamiento de edificaciones.
- Vigilancia y control sanitario de la calidad del agua para el consumo humano y doméstico a fin de evitar las enfermedades vehiculizadas por ella, mediante visitas integrales de inspección y vigilancia a los acueductos; toma y envió de muestras al Laboratorio Departamental, para análisis macrobiótica, fisicoquímico y otras sustancias de interés sanitario.
- Apoyar a la administración municipal, sobre la adecuada administración por parte de la comunidad, de los sistemas de suministro de agua colectivos y de las fuentes de abasto; a disminuir y evitar la contaminación de recursos hídricos y suelo por medio de residuos líquidos, domésticos e industriales.
- Inspección y vigilancia a los sistemas municipales de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos a nivel Municipal, en especial los catalogados como peligrosos, en coordinación con las autoridades ambientales, con el fin de evitar el incremento de fuentes fijas y móviles de contaminación atmosférica.