Estado
La convocatoria 828 a 979 y 982 a 986 – Municipios Priorizados para el Posconflicto ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Velar por el respeto de los derechos civiles y garantías sociales, conservando el orden público interno y emprendiendo campaña de seguridad con el apoyo de las autoridades de Policía.
Entidad
Alcaldia Carmen.
Requisitos de estudios
Haber cursado, aprobado y terminado la totalidad de las materias de pregrado de Derecho. (Ley 1801 de 2016, artículo 206, parágrafo 3°).
Requisitos de experiencia
• Doce (12) meses de experiencia laboral.
Funciones del cargo
- Las demás funciones que le sean asignadas por autoridad competente, de acuerdo con la naturaleza del cargo.
- Conceder permisos para el traslado de trasteos desde el Municipio hacia los demás.
- Apoyar a las demás dependencias municipales en asuntos policivos o de su competencia.
- Diligenciar en su totalidad, el formato ordenado por el Ministerio de Justicia y del Derecho para la Inspección Judicial de cadáveres cuando actúen como cuerpo técnico de policía judicial.
- Resolver oportunamente los asuntos de su competencia, radicando todas sus actuaciones en los libros respectivos.
- Realizar funciones de Inspector de Transito en los hechos o accidentes que sean reportados en la jurisdicción del Municipio.
- Realizar el registro de las cifras quemadoras con sus respectivos datos.
- Coordinar con las entidades encargadas, la integración para la vigilancia de la especulación y control de precios y las ligas de consumidores.
- Velar por el cumplimiento estricto de las normas de urbanismo, planeación y la conservación del espacio público, abriendo las investigaciones y aplicando las sanciones respectivas.
- Tramitar, sustanciar y fallar oportunamente los diferentes asuntos de su competencia.
- Recepcionar denuncias de víctimas del conflicto armado (Ley 1448 de 2011).
- Prestar a los diferentes funcionarios judiciales la colaboración necesaria, actuando como puente o medio de coordinación entre las diferentes comunidades y autoridades del Orden Nacional, Departamental y Municipal.
- Cumplir a cabalidad con las funciones consagradas en el Código de Policía Ley 1801 del 29 de Julio de 2016
- Apoyar a los habitantes del Municipio recibiendo o tramitando, según el caso las denuncias penales, declaraciones e indagatorias para la aclaración de las diferentes situaciones.
- Recibir denuncias por perdida de documentos.
- Cumplir y hacer cumplir las providencias de los superiores y de los funcionarios que por ley tienen la competencia en asuntos de policía.
- Efectuar el control a los establecimientos comerciales, exigiéndoles la presentación del listado de precios de venta al público.
- Realizar audiencias de conciliación para el arreglo de las controversias.
- Conocer en primera instancia de la aplicación de las siguientes medidas correctivas: a) Suspensión de construcción o demolición; b) Demolición de obra; c) Construcción, cerramiento, reparación o mantenimiento de inmueble; d) Reparación de daños materiales por perturbación a la posesión y tenencia de inmuebles; e) Restitución y protección de bienes inmuebles, diferentes a los descritos en el numeral 17 del artículo 205; f) Restablecimiento del derecho de servidumbre y reparación de daños materiales; g) Remoción de bienes, en las infracciones urbanísticas; h) Multas; i) Suspensión definitiva de actividad.
- Evaluar los hechos imputados a los infractores adelantar las investigaciones pertinentes y aplicar sanciones según las normas vigentes.
- Colabora con las autoridades obligadas a intervenir en las diligencias de exhumación, para que se realicen eficazmente y en la fecha señalada
- Colaborar con los organismos administrativos en los asuntos policivos de su competencia.