Estado
La convocatoria 828 a 979 y 982 a 986 – Municipios Priorizados para el Posconflicto ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Corresponde a este empleo el desarrollo de procesos y procedimientos en labores técnicas de atención a las contravenciones policivas y de trámite hacia fiscalìa, asì como las relacionadas con la aplicación de la ciencia y la tecnología en el código de policía.
Defender el cumplimiento de las normas protegiendo la vida, honra, bienes de los ciudadanos garantizando los derechos y deberes constitucionales, para el logro de una sana convivencia.
Entidad
Alcaldia Pradera.
Requisitos de estudios
Título de bachiller. Haber desempeñado funciones judiciales, de policía o administrativas de contenido jurídico en el sector público por un (1) año o mas. Título de Bachiller y aprobar un curso sobre derecho policía de una duración no inferior a 160 horas. Ser colombiano y ciudadano en ejercicio Decreto 800 de marzo 21 de 1991 Ley 1801 de 2016 (julio 29)
Alternativas:
- Haber desempeñado cargo de inspector de policìa, secretario de juzgado o de inspecciòn de policìa por 5 años o màs. Ser colombiano y ciudadano en ejercicio Ley 1801 de 2016 (Julio 29) (*) Decreto 800 de marzo 21 de 1991
Requisitos de experiencia
Doce (12) meses.
Alternativas:
- Cinco (5) años
Funciones del cargo
- Servir de conciliador, de acuerdo a las competencias legales reglamentarias.
- Imponer multas o trabajos comunitarios a los habitantes que infrinjan los reglamentos establecidos.
- Velar porque en su jurisdicción se cumplan los derechos civiles y garantías sociales, conservando el orden público y emprendiendo campañas de seguridad y convivencia ciudadana.
- Atender las denuncias y quejas presentadas por los ciudadanos y efectuar las investigaciones pertinentes de acuerdo a la ley.
- Conocer y fallar en primera instancia las contravenciones que por ley sean de su competencia en especial las preceptuadas en los Códigos Nacional y Departamental de policia.
- Hacer cumplir las disposiciones del Código Nacional de Policía, la Ley 23 de 1991 y sus decretos reglamentarios y colaborar con las medidas de ornato y embellecimiento público.
- Velar por el cumplimiento de las normas existentes sobre reglamentación de rifas, juegos y espectáculos en el municipio.
- Ejecutar visitas e investigaciones en lo relacionado con el fraude de pesas, medidas y procedencia de artículos de primera necesidad en casos de especulación, acaparamiento y aplicar sanciones en caso de violencia de las regulaciones.
- Elaborar oportunamente los informes que le sean requeridos por diferentes organismos judiciales en cumplimiento de sus funciones.
- Imponer mediante acto administrativo debidamente motivado, multas a favor del tesoro del Municipio a los ciudadanos que incumplan las disposiciones legales y los acuerdos municipales.
- Tramitar y decidir los asuntos policivos de su competencia, de conformidad con los procedimientos establecidos en la constitución, leyes, decretos, ordenanzas y acuerdos en la jurisdicción correspondiente.
- Velar por el orden público y emprender campañas de seguridad con el apoyo de las demás autoridades de policía.
- Tramitar y fallar en primera instancia los informativos o procesos por contravenciones especiales de su competencia.
- Desarrollar y proponer acciones para prevenir y controlar el uso del espacio público, en coordinación con la Secretaria de Planeaciòn.
- Practicar las diligencias de embargo y secuestro de bienes con motivo del cobro coactivo y su respectivo perfeccionamiento.
- Organizar y llevar el archivo de los casos tratados en la inspección.
- Determinar diseñar y actualizar los procesos que están bajo su responsabilidad, valorando los riesgos puedan afectar los resultados, mediante la implementaciòn de controles y aplicación de métodos y procedimientos de auto control, verificación y evaluación de la gestión.
- Prestar servicio de atención a la comunidad brindándoles las soluciones propias del cargo, de acuerdo con la normatividad y las leyes vigentes para el municipio.
- Las demás atribuciones a fines al nivel, la naturaleza y el àrea del empleo y de la dependencia, que le sean asignados por el jefe inmediato.
- Aplicabilidad al Artìculo 206. Atribuciones de los Inspectores de Policia Rurales, Urbanos y Corregidores Ley 1801 de 2016 (Julio 29).