Estado
La convocatoria 828 a 979 y 982 a 986 – Municipios Priorizados para el Posconflicto ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Prevenir, garantizar, restablecer y reparar, los derechos de la infancia, adolescencia y la familia, articulando acciones concretas con las autoridades competentes en la materia y de acuerdo a la normatividad vigente. Ofrecer atención inmediata y educación preventiva al menor y la familia participando como conciliador en los conflictos familiares y/0 violencia intrafamiliar para tomar las medidas necesarias mediante un conjunto de acciones de tipo policivo, administrativo, legal y jurídico, que contribuyan a progresar la calidad de vida de los usuarios donde la humanización sea el elemento fundamental.
Entidad
Convocatoria Municipios Priorizados Alcaldia Mapiripan.
Requisitos de estudios
Ley 1098 de 2006 señala en relación con los requisitos para los Comisarios (as) de Familia: artículo 85 (remite al art. 80). Calidades para ser Defensor de Familia. Para ser Defensor de Familia se requieren las siguientes calidades: 1. Ser abogado en ejercicio y con tarjeta profesional vigente. 2. No tener antecedentes penales ni disciplinarios. 3. Acreditar título de posgrado en Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos, o en Ciencias Sociales siempre y cuando en este último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del programa
Requisitos de experiencia
No se exige experiencia, solamente el requisito de estudios de pregrado y postgrado
Funciones del cargo
- Aplicar las medidas policivas que correspondan en casos de conflictos familiares, conforme a las atribuciones que le confiera el concejo Municipal.
- Practicar rescates para conjurar las situaciones de peligro en que pueda encontrarse un niño, niña o adolescente, cuando la urgencia del caso lo demande.
- Contribuir y garantizar la implementación y mejoramiento del modelo integrado de planeación y gestión (MGA).
- Participar activamente en los consejos, comités, reuniones, juntas y asesorías según sea requerido.
- Adoptar las medidas de restablecimiento de derechos en los casos de maltrato infantil y denunciar el delito.
- Aplicar las sanciones policivas de acuerdo con las facultades previstas en el Código del menor y las que le otorguen otras normas.
- Desempeñar las demás funciones que reciba por delegación del alcalde, y aquellas inherentes a las que desarrolle la dependencia y a la naturaleza de su empleo.
- Garantizar, proteger, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar.
- Establecer con el personal a su cargo las funciones especificas de acuerdo a su area de competencia.
- Contribuir a un ambiente organizacional de mejoramiento continuo y orientación a la comunidad.
- Formular, medir, evaluar y realizar seguimiento a los indicadores a aplicar en su dependencia y presentar informes periódicos al área que lo requiera.
- Desarrollar programas de prevención en materia de violencia intrafamiliar y delitos sexuales.
- Recibir denuncias y adoptar las medidas de emergencia y de protección necesarias en caso de delitos contra los niños, las niñas y los adolescentes.
- Atender y orientar a los niños, las niñas y los adolescentes y demás miembros del grupo familiar en el ejercicio y restablecimiento de sus derechos.
- 3. Efectuar comisiones, peticiones, práctica de pruebas y demás actuaciones que le soliciten el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y los funcionarios encargados de la jurisdicción de familia, en todos los aspectos relacionados con la protección del menor y la familia que sean compatibles con las funciones asignadas.
- Recibir a prevención denuncias sobre hechos que puedan configurarse como delito o contravención, en los que aparezca involucrado un menor como ofendido o sindicado, tomar las medidas de emergencia correspondientes y darles el trámite respectivo de acuerdo con las disposiciones legales y los Procedimientos Penal, Nacional, Departamental, Municipal o Distrital de Policía, y de las demás normas pertinentes, el primer día hábil siguiente al recibo de la denuncia.
- Dar cumpliemiento a los lineamientos de seguridad y salud en el trabajo, y participar en las actividades que se programen frente a estos temas.
- Recibir denuncias y tomar las medidas de protección en casos de violencia intrafamiliar.
- Respetar las normas y procedimientos de seguridad en general, dispuestos por la administración.
- Participar activamente en los consejos, comités, reuniones, juntas y asesoría según sea requerido.
- Elaborar anualmente plan de acción y realizarle la respectiva evaluación y el seguimiento periódico.
- Definir provisionalmente sobre la custodia y cuidado personal, la cuota de alimentos y la reglamentación de visitas, la suspensión de la vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes y fijar las cauciones de comportamiento conyugal, en las situaciones de violencia intrafamiliar.
- Mantener contacto permanente con otros organismos judiciales y administrativos con los que tenga relación de acuerdo a su área de competencia. (juzgados, fiscalía, ICBF, inspecciones de policía entre otros).