Estado
La convocatoria 828 a 979 y 982 a 986 – Municipios Priorizados para el Posconflicto ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Son funciones del Comisario de Familia, las definidas en artículo 86 de la ley 1098 de 2006 y las contempladas en el manual de funciones de la entidad
Entidad
Alcaldia Paz Robles.
Requisitos de estudios
Abogado en ejercicio y especializado en las disciplinas que anuncia el numeral 3 art. 80 de la Ley 1098 de 2006 EQUIVALENCIA Si no hay con esos requisitos en la localidad, en consecuencia la calidades son las siguientes: 1. Ser abogado en ejercicio y con tarjeta profesional vigente 2. No tener antecedentes penales ni disciplinarios 3. Acreditar título de postgrado en Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos, o en Ciencias Sociales siempre y cuando en este último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del programa.
Equivalencias:
- EQUIVALENCIA Si no hay con esos requisitos en la localidad, en consecuencia la calidades son las siguientes: 1. Ser abogado en ejercicio y con tarjeta profesional vigente 2. No tener antecedentes penales ni disciplinarios 3. Acreditar título de postgrado en Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos, o en Ciencias Sociales siempre y cuando en este último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del programa.
Requisitos de experiencia
No requiere experiencia.
Equivalencias:
- No Requiere.
Funciones del cargo
- Practicar rescates para conjurar las situaciones de peligro en que pueda encontrarse un niño, niña o adolescentes, cuando la urgencia del caso lo demande.
- Definir provisionalmente sobre la custodia personal, la cuota de alimentos y la reglamentación de visitas, la suspensión de la vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes y fijar las cauciones de comportamiento conyugal, en las situaciones de violencia intrafamiliar
- Aplicar las medidas policivas que correspondan en casos de conflictos familiares, conforme a las atribuciones que les confieran los Consejos Municipales
- Garantizar, proteger, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar
- Recibir denuncias y tomar las medidas de protección en casos de violencia intrafamiliar
- Atender y orientar los niños, niñas y adolescentes y demás miembros del grupo familiar en el ejercicio y restablecimiento de sus derechos
- Desarrollar programas de prevención en materia de violencia intrafamiliar y delitos sexuales
- Recibir denunciar y adoptar las medidas de emergencias y de protección necesarias en casos de delitos contra los niños, niñas y adolescentes
- Adoptar las medidas de restablecimiento de derechos en los casos de maltrato infantil y denunciar el delito