Estado
La convocatoria 507 a 591 – Cundinamarca ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Participar en la protección de los derechos del menor y atender conflictos familiares, asesorando y brindando apoyo social a la familia, impulsando la convivencia pacífica.
Entidad
Alcaldia Facatativa.
Requisitos de estudios
Título de formación en disciplina académica del núcleo básico de conocimiento en: Sociología, Trabajo Social y Afines. Tarjeta profesional en los casos requeridos por la ley.
Equivalencias:
- Las establecidas en el Decreto No. 785 de 2005.
Requisitos de experiencia
Sin experiencia
Equivalencias:
- Las establecidas en el Decreto No. 785 de 2005.
Funciones del cargo
- ? Coordinar, implementar y desarrollar programas de prevención en violencia intrafamiliar, maltrato infantil y abuso sexual o los que le sean asignados por el Secretario o el jefe inmediato.
- ? Realizar la visita domiciliarias que le sean designadas por el Comisario de Familia, mediante despachos comisorios o en apoyo a procesos del ICBF.
- ? Participar en la planeación, organización, desarrollo y evaluación de los programas dirigidos al bienestar general de las familias.
- ? Elaborar el plan de trabajo a desarrollar en los programas asignados por el jefe inmediato.
- ? Participar con el equipo interdisciplinario en la audiencia de fallo de los proceso de restablecimiento de derechos los niños, niñas y adolescentes, previa la verificación de derechos según el caso.
- ? Participar de acuerdo a su profesión en programas interdisciplinarios de capacitación para los funcionarios de la Comisaría de Familia.
- ? Participar activamente junto con el equipo interdisciplinario en las audiencias de violencia intrafamiliar celebradas ante la Comisaría de Familia.
- ? Diseñar e implementar planes preventivos que tiendan a disminuir problemáticas sociales como; violencia intrafamiliar, maltrato infantil y abuso sexual.
- ? Elaborar y rendir informes sobre las labores ejecutadas ante el Comisario de Familia.
- ? Las demás que por la naturaleza de su cargo le asigne su superior jerárquico y el Alcalde Municipal.