Estado
La convocatoria 507 a 591 – Cundinamarca ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Ejercer las acciones preventivas, correctivas y sancionadoras tendientes a fortalecer el marco de convivencia, seguridad ciudadana y la garantía y protección de la libertad y los derechos que de esta se derivan, mediante la aplicación efectiva de las sanciones sobre los hechos que los vulneren, contravengan e infrinjan de acuerdo con la Constitución, leyes, decretos v normatividad vigente de carácter policivo. En especial el Código de policía de acuerdo a lo establecido en el artículo 206 de la Ley 1801 de 2016.
Entidad
Alcaldia Bituima.
Requisitos de estudios
Terminación y aprobación de estudios en Derecho
Requisitos de experiencia
• Seis (6) meses de experiencia laboral o relacionada.
Funciones del cargo
- Conciliar para la solución de conflictos de convivencia, cuando sea procedente.
- Las demás contempladas en la normatividad y la ley y las que asigne el jefe inmediato.
- Según el Artículo 206 de la Ley 1801 de 2016, a los inspectores de policía rurales, urbanos y corregidores, les corresponde la aplicación de las siguientes medidas:
- d) Decomiso.
- b) Expulsión de domicilio;
- d) Reparación de daños materiales por perturbación a la posesión y tenencia de inmuebles;
- Conocer en primera instancia de la aplicación de las siguientes medidas correctivas:
- h) Multas;
- g) Remoción de bienes, en las infracciones urbanísticas;
- Conocer, en única instancia, de la aplicación de las siguientes medidas correctivas:
- c) Prohibición de ingreso a actividad que involucra aglomeraciones de público complejas o no complejas;
- b) Demolición de obra;
- Ejecutar la orden de restitución, en casos de tierras comunales.
- e) Restitución y protección de bienes inmuebles, diferentes a los descritos en el numeral 17 del artículo 205; (17. Conocer en única instancia de los procesos de restitución de playa y terrenos de baja mar
- que corresponde al alcalde municipal.)
- Las demás que le señalen la Constitución, la ley, las ordenanzas y los acuerdos.
- a) Reparación de daños materiales de muebles o inmuebles;
- i) Suspensión definitiva de actividad.
- c) Construcción, cerramiento, reparación o mantenimiento de inmueble;
- a) Suspensión de construcción o demolición;
- Conocer de los comportamientos contrarios a la convivencia en materia de seguridad, tranquilidad, ambiente y recursos naturales, derecho de reunión, protección a los bienes y privacidad, actividad económica, urbanismo, espacio público y libertad de circulación.
- f) Restablecimiento del derecho de servidumbre y reparación de daños materiales;