Estado
La convocatoria 507 a 591 – Cundinamarca ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
La Inspección de Policía Municipal tiene como propósito principal garantizar la tranquilidad y seguridad de las personas y de sus bienes dentro de la jurisdicción municipal, así como la aplicación de correctivos conforme a las atribuciones conferidas por la ley, los códigos y Reglamentos de policía y convivencia Ciudadana y Acuerdos del concejo.
Entidad
Alcaldia Sasaima.
Requisitos de estudios
terminación y aprobación de los estudios de la carrera de derecho.
Requisitos de experiencia
Treinta y seis (36 ) meses de experiencia relacionada con las funciones del cargo en el sector público.
Funciones del cargo
- Oficiar oportunamente a la secretaria competente sobre quejas que se presenten en relación a obras no permitidas.
- Practicar todas la comisiones que señalen o soliciten los diferentes autoridades administrativas y judiciales.
- Prestar colaboración y apoyo a la administración, de acuerdo a las competencias propias del cargo.
- Verificar y revisar las actividades de extracción y control de los recursos naturales dentro de la jurisdicción del Municipio y conocer de las infracciones y contravenciones respectivas.
- Tramitar y decidir los asuntos policivos de su competencia de conformidad con el procedimiento y demás conceptos que contengan las normas pertinentes.
- Ejecutar programas periódicos relacionados con ocupación de espacio público, control de horarios de establecimientos públicos, control de pesas y medidas, acaparamiento y especulación, control de vendedores ambulantes, en jurisdicción del Municipio de Sasaima.
- Colaborar con la secretaría del medio ambiente, en el control y vigilancia a la explotación y el aprovechamiento racional y desarrollo sostenido de los recursos naturales renovables y no renovables.
- Cumplir con la Ley 1081 de 2016, en lo contenido en su artículo 206, Codigo Nacional de Policia
- Conocer en primera instancia de las contravenciones especiales a que se refiere el Decreto 522 de 1971, ley 23 de 1991 y la Ley 228 de 1995.
- Cumplir con las demás funciones que le asigne el jefe de la dependencia, conforme a la naturaleza del cargo y necesidades del servicio.
- Acatar el cumplimiento de las disposiciones que expida la Alcaldía.
- Conocer los asuntos o negocios que le asigne la ley, las ordenanzas, los Acuerdos del Concejo y Decretos de la Alcaldía.
- Cumplir con las disposiciones existentes en materia disciplinaria, sobre Derechos, Deberes, Prohibiciones, Inhabilidades, Incompatibilidades y Conflicto de Intereses.
- Colaborar con las demás dependencias de la administración municipal en la ejecución de programas relacionados con asistencia social, beneficencia y socorro, para proteger los derechos de la población más vulnerable.
- Cumplir con los lineamientos del Modelo Estándar de Control Interno y Gestión de Calidad.
- Conocer de las contravenciones comunes y especiales a que se refiere el Código Nacional de Policía, el Código Departamental de Policía y las demás disposiciones sobre la materia. Código de Régimen Político Municipal, Código de Tránsito terrestre, para poder aplicar los respectivos correctivos.
- Cumplir y hacer cumplir con las disposiciones de la Ordenanza Departamental N° 014 del 14 de diciembre de 2005 y/o por las que los modifiquen, adicionen o clarifiquen.
- Preparar y presentar informes periódicos y ocasionales al Alcalde o cualquiera otra autoridad que lo solicite.
- Responder por resultados óptimos de gestión, manejo de información y relaciones internas y externas de trabajo.