Estado
La convocatoria 507 a 591 – Cundinamarca ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Ejercer las acciones preventivas, correctivas y sancionadoras, tendientes a fortalecer el marco de convivencia, seguridad ciudadana, garantia y protección de la libertad, el medio ambiente y y los derechos que de esta se derivan, mediante la asplicación efectivas de las sanciones sobre hechos que los vulneren, contravengan e infrinjan, de acuerdo con la Constitución, leyes, decretos, ordenanzas y demás normatividad vigente de carácter policivo.
Entidad
Alcaldia Junin.
Requisitos de estudios
Terminación y aprobación de los estudios de la carrera de Derecho.
Requisitos de experiencia
Doce (12) meses de experiencia relacionada con las funciones del cargo.
Funciones del cargo
- Conocer en única instancia, de las contravenciones comunes u ordinarias de que trata el Decreto-Ley 1355 de 1970 y ley 1098 de 2006 Ley de Infancia y Adolescencia a excepción hecha de las que competen para la Policía Nacional.
- Conocer de las quejas y denuncias interpuestas por la comunidad de conformidad con la naturaleza de sus funciones.
- Atender las denuncias y quejas de su competencia presentadas por los ciudadanos y darle curso a las solicitudes o peticiones emanadas de las diferentes dependencias de la Alcaldía y efectuar las investigaciones pertinentes de acuerdo con la ley.
- Prestar a los diferentes funcionarios judiciales la colaboración necesaria para hacer efectivas las providencias.
- Hacer cumplir las disposiciones del Código Nacional de Policía Decreto-Ley 1355 de 1970, Ordenanza 14 de diciembre 14 de 2005 (Manual de convivencia ciudadana para el Departamento de Cundinamarca). Velar el cumplimiento de las leyes, ordenanzas, Acuerdos y disposiciones del Gobierno Nacional, Departamental o Municipal y las del Código Nacional de Tránsito Terrestre Ley 769 del 6 de agosto de 2002, y otras que le correspondan por delegación de la Secretaría General y de Gobierno.
- Ejecutar las comisiones que provengan autoridades tanto judiciales, administrativas y fiscalías, que por su naturaleza de sus funciones, sean susceptibles para adelantamiento de diligencias.
- Conocer las querellas para recuperación de bienes de uso público (vías, puentes o acueductos públicos) y la ocupación del espacio público, atropello a la vía, política del plan vía (Decreto Reglamentario 879 del 13 de mayo de 1998, atender los oficios emanados del Comando de Policía.
- Conocer de las contravenciones contempladas en el Decreto 1136 de 1970 sobre protección social relacionada con la mendicidad, la vagancia, los enfermos mentales y personas toxicómanas y alcoholizadas.
- Cooperar en el mantenimiento y conservación del Orden Público, con la primera autoridad del Municipio en coordinación con la fuerza policial.
- Hacer cumplir los reglamentos y normas, realizar capacitaciones, efectuar visitas e investigaciones, y aplicar sanciones en relación con precios, pesas y medidas en general que establezcan la Superintendencia Nacional de Industria y Comercio y la Administración Municipal. Así como control de de horario de establecimientos públicos, especulaciones, acaparamientos, control de animales y semovientes en vía pública, manejo adecuado de los niveles de sonido en los establecimientos públicos en las rockolas y quipos de sonido.
- Velar en su jurisdicción por el respeto de los derechos civiles y garantías sociales, conservando el orden público interno y emprendiendo campañas de seguridad con el apoyo de las autoridades de policía.
- Atender las denuncias y quejas de su competencia presentadas por los ciudadanos y efectuar las investigaciones pertinentes de acuerdo a la ley.
- Conocer de los asuntos o negocios que les asignen la ley, ordenanzas y los acuerdos del Concejo.
- Acatar las acciones encaminadas a la organización, actualización de tablas de retención documental vigentes para la entidad.
- Conocer en primera instancia, de las contravenciones especiales contenidas en el Decreto Ley 522 de 1971; y contravenciones especiales definidas en el artículo 1º. De la Ley 23 de 1991. “Descongestión de despachos judiciales”; a segunda instancia de estas contravenciones se surte ante el correspondiente Alcalde o funcionario que haga sus veces para estos efectos.
- Desarrollar las acciones de policía atención e investigaciones de conformidad con la naturaleza del cargo y con las directrices del Secretario General y de Gobierno, en la jurisdicción rural y urbana, Junín (Centro, Inspecciones de Claraval, Chuscales y Sueva).
- – Expedir constancias por pérdidas de documentos, de acreditación de vecindad y de supervivencia, certificaciones de permanencia y constancias.
- – Cumplir con diligencia las comisiones que las Fiscalías, CTI, SIJIN y que los juzgados le deleguen.
- – Archivar todos los documentos debidamente organizados y foliados, con los respectivos soportes, de acuerdo a las series documentales asignadas.
- – Las demás funciones que le asignen la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y las necesidades del servicio en el área de desempeño del cargo, la Constitución, la ley, las ordenanzas, y los acuerdos.