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Empleos / 507 a 591 – Cundinamarca

Comisario de Familia

En Tibirita / Cundinamarca
$2.744.826 al mes

  • No disponible

  • OPEC #67601

  • Nivel Profesional

  • 12 meses de experiencia

  • 1 vacante

Estado

La convocatoria 507 a 591 – Cundinamarca ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.

Descripción

Proteger los derechos del menor y atender conflictos familiares, asesorando y brindando apoyo a la familia, efectuando acciones intervenidas, buscando brindar integridad y calidad de vida a la comunidad del Municipio, impulsando la convivencia pacífica en la familia.
Prestar la ayuda necesaria para la solución de los problemas de carácter intrafamiliar y de menores que se presenten en la comunidad, igualmente encargarse del reparto de los procesos con el fin de tener conocimientos control y agilidad en la definición y solución a las diferentes peticiones que lleguen a este Despacho.

Entidad

Alcaldia Tibirita.

Requisitos de estudios

Ley 1098/2006 – Art 85 – 80: 1. Ser abogado en ejercicio y con tarjeta profesional vigente. 2. No tener antecedentes penales ni disciplinarios. Ver el Concepto del Consejo de Estado 1915 de 2008 3. Acreditar título de posgrado en Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos, o en Ciencias Sociales siempre y cuando en este último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del programa.

Requisitos de experiencia

12 meses de experiencia profesional relacionada

Funciones del cargo

  • * Actuar como orientador y conciliador en los casos de conflicto familiar.
  • * Evaluar el personal a su cargo conforme los parámetros establecidos.
  • * Colaborar con las dependencias judiciales realizando las diligencias que se le comisionan.
  • * Las demás funciones que le sean asignadas por el superior inmediato y el Alcalde de acuerdo a la naturaleza del cargo.
  • * Cumplir funciones tendientes a la protección de menores.
  • * Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas por el superior inmediato de acuerdo a la naturaleza del cargo.
  • * Tomar medidas tendientes a la reeducación del menor.
  • * Adelantar dentro del marco de las responsabilidades propias de la entidad y de la dependencia a su cargo, las gestiones necesaria para asegurar el pronto cumplimiento de los planes, programas y proyectos.
  • * Aplicar las sanciones del caso de acuerdo con las facultades previstas en el código de menor.
  • * Conocer, instruir y fallar los procesos en materia policiva se tramiten con forme a las disposiciones Legales.
  • * Rendir los informes que sean solicitados, además de los que normalmente deban presentarse a cerca de la marcha del trabajo en la dependencia.
  • * Expedir las certificaciones requeridas por la comunidad de acuerdo con las normas vigentes que rigen la materia y que corresponda a la competencia de la dependencia.
  • * Desempeñar las demás funciones y disposiciones que determinen la organización de la entidad o dependencia a su cargo y/o superior inmediato.
  • * Conocer y atender los casos de violencia familiar, tomando las medidas pertinentes de acuerdo a la normatividad vigente.
  • * Participar en el desempeño, coordinación, organización ejecución y control de planes, programas y proyectos o actividades técnicas y/o administrativas de la dependencia y garantizar la correcta administración de las normas y procedimientos vigentes.
  • * Realizar visitas para conjurar las situaciones de peligro en que puedan encontrarse cualquiera de los miembros de la familia.
  • * Remitir a los juzgados respectivos de acuerdo con las competencia de la denuncias recensionadas.
  • * Coordinar, supervisar y evaluar las actividades y labores desarrolladas por el personal bajo su responsabilidad y concertar objetivos con respecto a las políticas gubernamentales que orientan el desarrollo de la Misión Institucional.
  • * Manejar los canales de información interna y externa para difundir las actividades programadas y desarrolladas de forma oportuna y veraz.
  • * Conocer en primera instancia de oficios civiles, policivos ordinarios de que trata el código de Policía Departamental.
  • * Practicar allanamientos para conjurar las situaciones de peligro en que puede encontrarse un menor.
  • * Promover la cultura de la solución pacífica de conflictos, la prevención de situaciones violentas al interior de la familia y el abuso sexual, en procura de reducir esas conductas que atentan contra los derechos.
  • * Ejercer el control y vigilancia de las rifas juegos y espectáculos clubes, con sujeción a las normas del código de policía y demás normas sobre la materia.
  • * Dirigir, supervisar, promover y participar en los estudios e investigaciones, que permitan mejorar la prestación de los servicios a cargo de la dependencia.
  • * Coordinar, supervisar y evaluar las actividades y las labores del personal bajo su inmediata responsabilidad.
  • * Recibir denuncias declaraciones e indagatorias de acuerdo a la normatividad vigente.
  • * Recibir y tramitar denuncias de acuerdo a su competencia.
  • * Realizar investigaciones y análisis con el fin de probar, elaborar o perfeccionar bienes o servicios y controlar y desarrollar procedimientos.
  • * Recibir a prevención las quejas o informes sobre todos aquellos aspectos relacionados con conflictos familiares y atender las demandas relativas a la protección del menor, especialmente en los casos de maltrato y explotación.
  • * Adelantar diligencias de conciliación entre parejas elaborando las correspondientes actas.
  • * Vigilar y controlar que las construcciones de la ciudad que se ajusten a las normas urbanísticas.
  • * Cumplir con el turno de trabajo que le corresponda.
  • * Estudiar, evaluar y conceptuar cerca de los asuntos de competencia de la entidad y de la dependencia de acuerdo con las normas preestablecidas.
  • * Cumplir con las demás disposiciones que señale la Constitución y la Ley 1098 de 2006.
  • * Promover y tramitar asuntos de diferente índole en representación de la entidad, por delegación de la autoridad competente realizar las investigaciones y preparar los informes respectivos de acuerdo con las instrucciones recibidas.
  • * Cumplir a cabalidad con las obligaciones contenidas para las comisarios de familia en la Ley 1098 de 2006 y demás normas concordantes en la materia.
  • IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES
  • * Las demás que le asigne el superior inmediato de acuerdo con la naturaleza del cargo.
  • * Dirigir, controlar y velar por el cumplimiento de la Misión de la dependencia en concordancia con los planes de desarrollo y las políticas trazadas con el propósito de alcanzar la Misión establecida.
  • * Analizar proyectar, perfeccionar y recomendar las acciones que deban adoptarse para el logro del objetivo y las metas de la dependencia.
  • * Formular, coordinar, analizar y desarrollar acciones tendientes a mejorar los procedimientos administrativos en procura de una acción más eficiente, eficaz y efectiva dentro de los principios de economía, celeridad y complementariedad.
  • * Absolver consultas sobre la materia de competencia de la dependencia de acuerdo con las disposiciones y las políticas institucionales.
  • * Realizar las audiencias de conciliación en materia alimentaría en armonía con las disposiciones previstas en la Ley.
  • * Efectuar las comisiones, peticiones, prácticas de pruebas y demás actuaciones que le soliciten las entidades, organismos encargados de la jurisdicción familiar.
  • * Instruir y fallar las contravenciones generales y especiales así como las querellas que se presenten a su Despacho.
  • * Recibir las quejas o informes sobre todo aquellos aspectos relacionados con conflictos familiares.
  • * Velar por el cumplimiento de las normas orgánicas, institucionales de la dependencia y las demás disposiciones que regulen los procedimientos y trámites administrativos internos.
  • * Colaborar con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y con las demás autoridades competentes en la función de proteger a los menores que se hallen en situación irregular y en los casos de conflictos familiares.
  • * Controlar el funcionamiento de los establecimientos públicos de acuerdo a la Ley.

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