Estado
La convocatoria 438 a 506 – Santander ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Ejecutar las políticas de administración policiva, en coordinación con el superior inmediato, con el fin de conservar el equilibrio y orden público en el municipio, velar por el respeto a los derechos civiles y garantías sociales conservando el orden público interno y emprendiendo campañas de seguridad con el apoyo de las autoridades en el Municipio, divulgar, interpretar, aplicar y supervisar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el código de tránsito terrestre , el código de Policía, y los acuerdos del Concejo.
Entidad
Alcaldia Albania.
Requisitos de estudios
Ser Bachiller, y haber desempeñado funciones judiciales, de policía o administrativas de contenido jurídico en el sector público por un año o más, o aprobar un curso sobre derecho policivo de una duración no inferior a ciento sesenta (160) horas.
Requisitos de experiencia
veinticuatro (24) meses de experiencia laboral.
Funciones del cargo
- Actuar en su calidad de agente directo del Señor Alcalde y del secretario Gobierno, seguridad y desarrollo comunitario como Jefe de Policía dentro del perímetro urbano del municipio.
- Expedir órdenes de citación y boletas de conducción necesarias para el cumplimiento de las indagaciones en los casos a que haya lugar.
- Velar por el cumplimiento de las normas de policía, tomar las medidas preventivas. necesarias para evitar la comisión de delitos y contravenciones establecidas en el código de policía Ley 1801 de 2016, a fin de garantizar los derechos, tranquilidad y seguridad de los miembros de la comunidad a la cual presta sus servicios y aplicar las sanciones respectivas cuando se violen las mismas.
- Recepcionar las quejas y reclamos, presentados por la comunidad, dar respuesta y trámite oportuno a las mismas y a los derechos de petición que sean de su conocimiento.
- Solicitar el apoyo de la fuerza pública cuando lo requiera para cumplir las funciones que le competen o le sean delegadas.
- Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, naturaleza y área de desempeño del cargo.
- Conciliar para la solución de conflictos de convivencia, cuando sea procedente.
- Conocer de los comportamientos contrarios a la convivencia en materia de seguridad, tranquilidad, ambiente y recursos naturales, derecho de reunión, protección a los bienes y privacidad, actividad,económica, urbanismo, espacio público y libertad de circulación.
- Ejecutar la orden de restitución, en casos de tierras comunales.
- Las demás que le señalen la Constitución, la ley, las ordenanzas y los acuerdos.
- Conocer, en única instancia, de la aplicación de las siguientes medidas correctivas:
- a) Reparación de daños materiales de muebles o inmuebles.
- b) Expulsión de domicilio.
- c) Prohibición de ingreso a actividad que involucra aglomeraciones de público complejas o no complejas.
- d) Decomiso.
- Conocer en primera instancia de la aplicación de las siguientes medidas correctivas:
- a) Suspensión de construcción o demolición.
- b) Demolición de obra.
- c) Construcción, cerramiento, reparación o mantenimiento de inmueble.
- d) Reparación de daños materiales por perturbación a la posesión y tenencia de inmuebles;
- e) Restitución y protección de bienes inmuebles, diferentes a los descritos en el numeral 17 del artículo 205.
- f) Restablecimiento del derecho de servidumbre y reparación de daños materiales.
- g) Remoción de bienes, en las infracciones urbanísticas.
- h) Multas.
- i) Suspensión definitiva de actividad.