Estado
La convocatoria 438 a 506 – Santander ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Ejecutar programas, procesos, procedimientos garantizando y promoviendo la seguridad y tranquilidad de las personas y los bienes dentro del municipio de Matanza, Santander, ejerciendo la aplicación de los correctivos de acuerdo con la normatividad en protección, penal (con la recepción y remisión de denuncias), civil (Querellas policivas preventivas) y código nacional de Policía y Convivencia (ley 1801 de 2016).
Entidad
Alcaldia Matanza.
Requisitos de estudios
Para los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Decreto 785 de 2005, la formación profesional para el desempeño de los cargos de Inspector de Policía Urbano Categoría Especial, 1ª Categoría y 2ª Categoría, será únicamente la de abogado, y la formación técnica para el desempeño de los cargos de Inspector de Policía 3ª a 6ª Categoría e Inspector de Policía Rural requerirá la terminación y aprobación de los estudios de la carrera de derecho. (Ley 1801 de 2016)
Requisitos de experiencia
Treinta y seis meses (36) de experiencia laboral, en actividades afines o similares al ejercicio del cargo.
Funciones del cargo
- Las demás que le asigne la Ley y los reglamentos.
- Los actos de delegación y/o encargo que se le asignen, respecto del cumplimiento de la Ley 1098 de 2006 Código de Infancia y Adolescencia.
- i) Suspensión definitiva de actividad.
- h) Multas
- g) Remoción de bienes, en las infracciones urbanísticas.
- f) Restablecimiento del derecho de servidumbre y reparación de daños materiales.
- e) Restitución y protección de bienes inmuebles, diferentes a los descritos en el numeral 17 del artículo 205.
- d) Tramitar procesos por perturbación a la posesión
- c) Construcción, cerramiento, reparación o mantenimiento de inmueble.
- b) Demolición de obra.
- a) Suspensión de construcción o demolición.
- Conocer en primera instancia de la aplicación de las siguientes medidas correctivas:
- c) Prohibición de ingreso a actividad que involucra aglomeraciones de público complejas o no complejas
- b) Expulsión de domicilio.
- a) Reparación de daños materiales de muebles o inmuebles.
- Conocer, en única instancia, de la aplicación de las siguientes medidas correctivas:
- Las demás que le señalen la Constitución, la ley, las ordenanzas y los acuerdos.
- Ejecutar la orden de restitución, en casos de tierras comunales.
- Conocer de los comportamientos contrarios a la convivencia en materia de seguridad, tranquilidad, ambiente y recursos naturales, derecho de reunión, protección a los bienes y privacidad, actividad económica, urbanismo, espacio público y libertad de circulación.
- Conciliar para la solución de conflictos de convivencia, cuando sea procedente.
- Con relación al cumplimiento de la Ley 1801 de 2016, Les corresponde la aplicación de las siguientes medidas:
- Coordinar con la Secretaria General y de Gobierno lo relacionado con sus funciones en materia de seguridad, paz, convivencia y control ciudadano.
- Realizar campañas educativas en asocio con la Policía nacional respecto al tránsito dentro del Municipio.
- Tramitar las denuncias formuladas por la comunidad en relación con la perdida de documentos.
- Ejercer como organismo de tránsito en el Municipio.
- Verificar el cumplimiento de la normatividad vigente por parte de los establecimientos comerciales abiertos al público.
- Recibir las denuncias y quejas que presente la comunidad, dando traslado al competente cuando no le correspondan, resolviendo los recursos administrativos que por ley le competen.
- Llevar el registro y archivo organizado de los expedientes que se abran en desarrollo de sus actuaciones.
- Cumplir la Constitución, la Ley, Ordenanzas, Acuerdos, Decretos y Resoluciones administrativas.