Estado
La convocatoria 438 a 506 – Santander ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
PROTEGER LA VIDA, HONRA Y BIENES DE LOS CIUDADANOS, FOMENTANDO LA CONVIVENCIA PACIFICA Y LA CONCILIACION EN EL TERRITORIO MUNICIPAL, GARANTIZANDO UN TRATAMIENTO INTEGRAL DE LOS CONFLICTOS PARTICULARES O COMUNITARIO QUE SE SOMETAN A SU CONOCIMIENTO.
Entidad
Alcaldia Ocamonte.
Requisitos de estudios
DIPLOMA DE BACHILLER EN CUALQUIER MODALIDAD Y EDUCACION NO FORMAL EN, INFORMATIVA, DERECHO DE POLICIA O A FIN DE GESTION DE ARCHIVO, CON UN MINIMO DE 40 HORAS POR DISCIPLINA.
Requisitos de experiencia
1 AÑO DE EXPERIENCIA RELACIONADA.
Funciones del cargo
- CONSTRUIR CON PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD, EL MANUAL DE CONVIVENCIA PACIFICA.
- ORGANIZAR LAS ACTIVIDADES DE PEDAGOGIA: EN LA SENCIBILIZACION, DIVULGACION, INSTRUCCION Y CAPACITACION COMUNITARIA PARA CREAR LA JURISDICCION DE PAZ, DE QUE HABLA EL ARTICULO 247 SUPERIOR.
- APLICAR LAS NORMAS SOBRE ESPECULACION Y ACAPARAMIENTO (DECRETO 2876 DE 1984 Y RES. 0036 DE 1984).
- COORDINAR LA INSPECCION DE POLICIA Y MANEJAR SU PROPIO EXPEDIENTE DOCUMENTA.
- CONOCER DE LAS CONTRAVENCIONES DE POLICIA Y TRANSITO Y ASUNTOS DE FAMILIA, AGOTANDO TODAS LAS ACCIONES PERTIENTES PARA CONCILIAR LAS DIFERENCIAS, Y SOLO EN CASOS EXCEPCIONALES, RESOLVER Y FALLAR DENTRO DE LA COMPETENCIA PLENA, DADA POR LOS CODIGOS APLICABLES, SEGUN EL CASO.
- CONOCER LAS CONTRAVENCIONES NACIONALES DETERMINADAS POR EL DECRETO 1355 DE 1970 Y DECRETO 522 DE 1971, EXCEPTO DE LAS DE COMPETECNIA QUE CORRESPONDE A LA POLICIA NACIONAL.
- CONOCER EN PRIMERA INSTANCIA DE LOS PROCESOS CIVILES -POLICIVOS DEL LANZAMIENTO POR OCUPACION DE HECHO (LEY 57 DE 1905) Y EL DECRETO REGLAMENTARIO No. 992 de 1930, DECRETO NACIONAL NO. 747 DE 1992 Y ARTICULO 69 DE LA LEY 9 DE 1989 (DE REFORMA URBANA).
- CONOCER EN PRIMERA INSTANCIA DE LOS PROCESOS DE RESTITUCION DE BIENES DEL ESTADO (DE USO PUBLICO Y FISCALES), CORRELACIONADO LAS SIGUIENTES NORMAS: ARTTICULOS 29, 63 Y 82 DE LA CONSTITUCION NACIONAL; 674 DEL CODIGO CIVIL, 132 DEL CODIGO NACIONAL DE POLICIA; DECRETO 640 DE 1937, SUBRROGADO PRO EL ARTICULO 170 DEL DECRETO 1333 DE 1986; ARTICULO 5 DE LA LEY 58 DE 1982; 1 AL 81 DEL CODIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO; 5, 6 Y 67 DE LA LEY 9 DE 1989; 407, NUMERAL 4 DEL CPC; ARTICULO 29 DE LA LEY 142 DE 1994 DE SERVICIOS P.D.
- CONOCER EN PRIMERA INSTANCIA DE LOS PROCESOS DE PROTECCION ANIMAL (LEY 84 DE 1989 Y LEY 238 DE 1995).
- APLICAR LA NORMA SOBRE PROTECCION Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR (LEY 73 DE 1981 Y DECRETO 3466 DE 1982).
- APLICAR LAS NORMAS SOBRE SANCIONES URBANISTICAS (ART. 66 DE LA LEY 9 DE 1989, EN CONCORDANCIA POT.)
- APLICAR EL DECRETO 1136 DE 1970, SOBRE MEDIDAS DE PROTECCION SOCIAL, MENDIGOS, VAGOS, ETC.
- APLICAR EL DECRETO 2785 DE 1936 Y 2169 DE 1949 SOBRE SANCIONES Y TURNOS A FARMACIAS Y DROGUERIAS.
- APLICAR EL DECRETO 151 DE 1957, SOBRE PROTECCION A LA INDUSTRIA HOTELERA Y RESPETANDO EL ARTICULO 29 CONSTITUCIONAL.
- APLICAR EL DECRETO 196 DE 1971, SOBRE EJERCICIO DE LA ABOGACIA, ARTICULO 28, 29 Y 42.
- COLABORAR CON LAS AUTORIDADES AMBIENTALES Y SANITARIAS EN DILIGENCIAS PRELIMINARES (LEY 9 DE 1979).
- APLICAR EL DECRETO NACIONAL 1001 DE 1988.
- EXPEDIR CERTIFICADOS DE DEFUNCION, DECRETO NACIONAL 536 DE 1991.
- APLICAR EL DECRETO 2150 DE 1995 Y LA LEY 232 DE 1995 SOBRE ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO.
- EJERCER ACCION DE AMPARO ADMINISTRATIVO POR OCUPACION O PERTURBACION MINERA (CODIGO DE MINAS).
- ADMINUISTRAR SU EXPEDIENTE DOCUMENTAL O ARCHIVO Y NOTIFICAR ACTOS PARTICULARES Y PUBLICAR LOS GENERALES.
- LAS DEMAS ASIGNADAS POR LA LEY O LA AUTORIDAD DE ACUERDO CON SU DEPENDENCIA Y EMPLEO.