Estado
La convocatoria 435 – CAR / ANLA ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Brindar asistencia profesional desde la perspectiva técnica al área del Sistema de Atención al Usuario – SAU de la dirección regional, para garantizar la atención de las solicitudes y peticiones formuladas por los usuarios en términos de eficacia, eficiencia y efectividad, a través de la implementación de estrategias de atención, seguimiento, evaluación y control que permitan el mejoramiento continuo y la consolidación del sistema, de acuerdo con lo establecido en las normas y procedimientos que rigen la materia.
Entidad
Corporacion Autonoma Regional Cundinamarca Car.
Requisitos de estudios
Del Núcleo Básico del Conocimiento de Agronomía: título profesional en Agronomía o Administración de Empresas Agropecuarias, Del Núcleo Básico del Conocimiento de Medicina Veterinaria: título profesional en Medicina Veterinaria o Medicina Veterinaria y Zootecnia. Del Núcleo Básico del Conocimiento de Zootecnia: título profesional en Zootecnia. Del Núcleo Básico del Conocimiento de Ingeniería Ambiental, Sanitaria y afines: título profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Ambiental y Sanitaria, Ingeniería Sanitaria y Ambiental, Ingeniería Ambiental y de Saneamiento o Ingeniería Geográfica y Ambiental. Del Núcleo Básico del Conocimiento de Ingeniería Agrícola, Forestal y afines: título profesional en Ingeniería Agrícola, Ingeniería Forestal o Ingeniería Agroforestal. Del Núcleo Básico del Conocimiento de Ingeniería Civil y afines: título profesional en Ingeniería Civil o Ingeniería Geológica. Del Núcleo Básico del Conocimiento de Ingeniería Agronómica, Pecuaria y afines: título profesional en Ingeniería Agronómica o Ingeniería Agropecuaria. Del Núcleo Básico del Conocimiento de Geología, otros programas de Ciencias Naturales: título profesional en Geología. Del Núcleo Básico del Conocimiento de Ingeniería de Minas, Metalurgia y afines: título profesional en Ingeniería de Minas. Del Núcleo Básico del Conocimiento de Administración: título profesional en Administración Ambiental, Administración del Medio Ambiente o Administración del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales. Otras profesiones no especificadas en los núcleos básicos del conocimiento: título profesional en Ingeniería de Recursos Hídricos y Gestión Ambiental o Ingeniería de Recursos Naturales. Título de posgrado en la modalidad de especialización.
Equivalencias:
- Título de postgrado en la modalidad de especialización por
Requisitos de experiencia
Diez (10) meses de experiencia profesional relacionada.
Equivalencias:
- Dos (2) años de experiencia profesional, siempre que se acredite el título profesional, o Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.
Funciones del cargo
- Atender y absolver las consultas de carácter técnico y brindar orientación a los usuarios en temas ambientales, utilizando para el efecto los diferentes medios de recepción habilitados por la Corporación.
- Realizar las visitas técnicas para la atención de las peticiones y solicitudes que le sean asignadas en relación con el uso, aprovechamiento o afectación de los recursos naturales, y elaborar y presentar oportunamente los informes respectivos.
- Responder a las peticiones y requerimientos que le sean asignados, consultado lo pertinente con otras áreas de la dirección regional u otras dependencias de la Corporación, cuando sea necesario.
- Reportar la información sobre las gestiones adelantadas en los aplicativos SAE, SIDCAR, SAU y demás sistemas de información según corresponda
- Levantar y suscribir el acta requerida para la imposición de la medida preventiva en eventos de flagrancia, atendiendo el procedimiento establecido en el artículo 15 de la Ley Nº 1333 de 21 de julio de 2009 y demás normas que la modifiquen o reglamenten.
- Realizar el proceso de liquidación para el cobro del servicio de evaluación, en el marco de las peticiones en cumplimiento de un deber legal.
- Consolidar, analizar y presentar alternativas para la atención de las peticiones sobre quejas ambientales, con el fin de disminuir la ocurrencia de infracciones, afectaciones e impactos de carácter ambiental.
- Apoyar y participar en las jornadas o eventos programadas por la dependencia o por el área de Servicio al Ciudadano de la Entidad, orientados a fortalecer las estrategias institucionales de servicio y atención a los usuarios