Estado
La convocatoria 1419 a 1460 – Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Analizar, estudiar y tramitar, desde la perspectiva técnica, los procesos de control y seguimiento ambiental relacionados con las actividades de uso y conservación de los recursos flora y fauna que se encuentran a cargo de la dirección regional, así como aquellas asociadas con la prevención y atención de desastres producto de los incendios forestales.
Entidad
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Requisitos de estudios
Del Núcleo Básico el Conocimiento de Ingeniería Agrícola, Forestal o afines: título profesional en Ingeniería Agrícola, Ingeniería Forestal o Ingeniería Agroforestal. Del Núcleo Básico del Conocimiento de Ingeniería Agronómica, Pecuaria y afines: título profesional en Ingeniería Agronómica o Ingeniería Agropecuaria. Del Núcleo Básico del Conocimiento de Biología, Microbiología y afines: título profesional en Biología o Ecología. Del Núcleo Básico del Conocimiento de Medicina Veterinaria: título profesional en Medicina Veterinaria o Medicina Veterinaria y Zootecnia. Del Núcleo Básico del Conocimiento de Zootecnia: título profesional en Zootecnia. Título de postgrado en la modalidad de especialización.
Equivalencias:
- Se aplicarán las equivalencias entre estudios y experiencia de que trata artículo 2.2.2.5.1 del decreto 1083 de 2015.
Requisitos de experiencia
Dieciséis (16) meses de experiencia profesional relacionada.
Equivalencias:
- Se aplicarán las equivalencias entre estudios y experiencia de que trata artículo 2.2.2.5.1 del decreto 1083 de 2015.
Funciones del cargo
- Participar en la ejecución y control de planes, programas, proyectos y procesos que se desarrollen o coordinen desde el sector central, relacionados con la atención y prevención de desastres producto los incendios forestales.
- Levantar y suscribir el acta requerida para la imposición de la medida preventiva en eventos de flagrancia, atendiendo el procedimiento establecido en el artículo 15 de la Ley N° 1333 de 21 de julio de 2009 y demás normas que la modifiquen o reglamenten.
- Participar en la elaboración, consolidación, presentación y sustentación de los informes requeridos por la dirección regional, para ser reportados a las diferentes dependencias, entidades autoridades que los soliciten.
- Brindar asistencia técnica en el uso o conservación de los recursos flora y fauna, y con actividades pecuarias, de zoocría o de plantas de beneficio animal, a los municipios, comunidades, asociaciones de municipios de su jurisdicción y demás organismos que lo requieran, de acuerdo con las indicaciones del director regional.
- Realizar el control y seguimiento ambiental a actividades de uso o conservación de los recursos flora y fauna, y con actividades pecuarias, de zoocría o de plantas de beneficio animal en la jurisdicción de la dirección regional, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.
- Preparar y realizar las actividades y tareas encaminadas al trámite, estudio y evaluación de solicitudes de licencia ambiental, permisos, autorizaciones, concesiones y procedimientos sancionatorios, relacionadas con el uso o conservación de los recursos flora y fauna, y con actividades pecuarias, de zoocría o de plantas de beneficio animal, de acuerdo con los lineamientos de la dirección regional y la normatividad vigente.
- Participar en el diseño, planeación, programación, ejecución y control de planes, programas, proyectos y procesos relacionados con el uso o conservación de los recursos flora y fauna, que se desarrollen o coordinen desde el sector central.
- Proyectar, elaborar y presentar estudios, proyecciones, análisis e informes al director regional en relación con el diagnóstico y el desarrollo de los programas y actividades a cargo de la dependencia, relacionados con el tema de uso y conservación de los recursos flora y fauna, y con actividades pecuarias, de zoocría o de plantas de beneficio animal.
- Apoyar los procesos y actividades correspondientes a la atención de incendios forestales que se presenten en la jurisdicción de la dirección regional, articuladas con las acciones que en el mismo sentido se emprendan por parte de las dependencias municipales y departamentales encargadas del tema.