Estado
La convocatoria 1137 a 1304 – Boyacá, Cesar y Magdalena ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Es un empleo de nivel técnico cuyas funciones exigen el desarrollo de procesos y procedimientos en labores técnicas y misionales y de apoyo para dar estricta aplicación a las normas relacionadas con el derecho de policía en la jurisdicción del Municipio.
Entidad
Alcaldia Guamal.
Requisitos de estudios
Titulo de formación tecnológica y experiencia o terminación y aprobación del pénsum académico de educación superior en formación profesional y experiencia u ostentar titulo profesional en derecho.
Requisitos de experiencia
Seis (6) meses de experiencia relacionada.
Funciones del cargo
- Realizar acciones tendientes a mantener el orden público dentro del municipio y conocer en materia policiva los asuntos de su competencia.
- Prestar a los funcionarios municipales, administrativos y judiciales, las colaboración necesaria para hacer efectivas las providencias y actos administrativos que ellos emitan.
- Velar por el respeto de los derechos civiles, garantías
- sociales y salvaguarda de la vida, honra y bienes de los ciudadanos.
- Emprender acciones para la conservación del orden público interno y emprender campañas de seguridad con el apoyo de los medios de policía.
- Tramitar las disposiciones que se requieran para la aplicación y cumplimiento de las normas de policía vigente.
- Conocer de los asuntos y negocios que le asigne la ley, las ordenanzas, los acuerdos del Concejo y decretos de la Alcaldía.
- Recibir y atender denuncias penales, declaratorias e indagatorias y citar los responsables.
- Práctica de inspección de cadáveres conforme a las prescripciones legales.
- Expedir constancias por pérdidas de documentos.
- Expedir papeles y guías de movilización.
- Revisar el ganado a sacrificar.
- Practicar operativos en beneficio del orden público cuando le sea ordenado, en coordinación con instancias y entidades respectivas.
- Conocer y fallar en primera instancia las contravenciones especiales que se difiere el Decreto Ley 522 de 1971.
- Conocer en única instancia de las contravenciones comunes ordinarias que trata el decreto ley 1355 de 1970, excepción de las que compete a la Policía Nacional.
- Conocer las contravenciones comunes y especiales a que se refiere el Código Nacional de Policía, El Código Departamental de Policía y las demás leyes y disposiciones sobre la materia; dentro de los términos, atribuciones y competencias para el inspector de policía.