Cada una de las Entidades que conforman el concurso de Entidades del Orden Territorial, tiene un documento que determina las vacantes por modalidad y nivel jerárquico y muchos datos más, este documento se denominan los Acuerdos y Anexos. Esta guía es muy importante para cada uno de los aspirantes a las convocatorias.
Es importante recalcar que para cada convocatoria hay un porcentaje para cada modalidad: en la Modalidad Abierta es el 70% de las plazas que se pueden ocupar para una Entidad, en cambio, en la Modalidad de Ascenso es el 30% . Veamos primero qué significan estas dos modalidades y recordemos que en este concurso tenemos la posibilidad de participar en ambas.
Modalidad Abierta
La convocatoria por Modalidad Abierta, se conoce cuando la Entidad participante y la CNSC abren el concurso de tal manera que cualquier colombiano que cumpla con los requisitos mínimos de participación puede acceder y concursar. Es decir, pueden participar ciudadanos que van a ingresar por vez primera a un Concurso de Méritos o personas que ya son empleados de carrera, pero desean cambiar de Entidad.
Modalidad de Ascenso
En el caso de la Modalidad de Ascenso, este es el concurso al cual pueden acceder las personas que se encuentren laborando como empleados públicos de carrera en la Entidad del Estado que oferta las plazas y que deseen continuar laborando en dicha institución.
Estos empleados se han capacitado constantemente, por lo cual poseen conocimientos y aptitudes mayores a las exigidas en el cargo en el cual están trabajando actualmente. Para reconocer estos esfuerzos la Entidad y la CNSC abren las convocatorias de ascenso para que estos servidores públicos pueden acceder a cargos superiores dentro de sus propias entidades.
Conoce todas las Entidades participantes de la Convocatoria Entidades del Orden Territorial aquí
Acuerdos y Anexos Entidades del Orden Territorial
Ahora que ya conocemos un poco más de las modalidades que oferta, podemos entrar a hablar de todos los Acuerdos y Anexos dispuestos por la CNSC para cada Entidad.
En términos generales, cada uno de estos acuerdos y anexos son la guía para los aspirantes a esta convocatoria tan importante en el territorio nacional.
Dentro de los acuerdos, la CNSC habla del artículo 1 de la Ley 2043 de 2020 que refiere el reconocimiento de manera obligatoria como experiencia profesional y/o relacionada las prácticas que se hayan realizado en el sector público y/o sector privado como opción para adquirir el correspondiente título, todo esto con el fin de abrir la posibilidad de participación a los jóvenes recién graduados.
También dictan que cada certificación de educación informal se debe acreditar mediante la constancia de asistencia o participación en eventos de formación como diplomados, cursos, seminarios, congresos, simposios, entre otros, expedida por la entidad o institución que la imparte. La única excepción son los cursos de inducción, de ingreso y/o promoción que se dicten en los procesos de selección en la entidad.
Las certificaciones que se quieran acreditar deben contar con la siguiente información:
- Nombre o razón social de la entidad o institución que las otorga.
- Nombre y contenido del evento.
- Fechas de realización.
- Intensidad horaria, la cual debe estar indicada en horas y, en caso de expresarse en días, se debe señalar el número total de horas por día.
En caso de tener un titulo técnico con el SENA expedido a partir del 1 de enero de 2013, el aspirante debe tener diligenciado el registro calificado en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES).
En el caso de los títulos expedidos para los programas Técnicos Profesionales o Tecnólogos, con anterioridad al año 2013, los títulos de los programas de Técnico Profesional y Tecnólogo del SENA, pueden ser válidos para los empleos que así lo exijan como requisito mínimo en la OPEC.
Los títulos y certificados obtenidos en el exterior serán válidos solo en el momento en el que se encuentren apostillados o legalizados y traducidos al español, independientemente de que estén o no convalidados. La convalidación la exigirá la entidad respectiva al momento de la posesión o dentro de los dos (2) años siguientes a la misma.
En estos documentos también podemos encontrar el número de empleos y vacantes ofertadas por cada Entidad. Todo este recurso se redacta con el fin de que los aspirantes y próximos trabajadores públicos conozcan un poco más del concurso, cómo pueden participar y todo lo que se necesita para tener esa plaza pública.
Después de conocer todos estos datos es importante que estés muy pendiente de los comunicados de la CNSC y de nuestro blog para conocer las fechas de la publicación de las OPECs.
Si te gustó esta información y quieres saber un poco más sobre esta convocatoria te invitamos a suscribirte a nuestro boletín diligenciando el formulario al final de este blog.
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