Es tarea de todo funcionario público conocer la terminología de su sector. Comprueba tus conocimientos respondiendo a la pregunta ¿sabes qué es un empleo publico de la Territorial II? Si tu respuesta no te satisface lee el siguiente artículo en donde resolverás esta y otras dudas de este nuevo camino que comienzas a transitar.
Servidor público
Se conocen como servidores públicos tanto a los miembros de las corporaciones públicas como congresistas, diputados y concejales, como a los empleados y trabajadores del Estado de todas las entidades.
Su misión es estar al servicio del Estado y de la comunidad, ejerciendo sus funciones según lo dictado en la Constitución y la ley.
Aún cuando una persona no pertenece a una entidad del Estado, puede desempeñar funciones públicas al ser contratista por prestación de servicios, cuyo régimen está establecido según la ley.
Empleo público
Es el conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a una persona, y las competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el propósito de satisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo y los objetivos del Estado.
Los empleos públicos se agrupan en niveles jerárquicos y poseen una denominación, un código y un grado.
Los niveles jerárquicos pueden ser: asistencial, técnico, profesional, asesor y directivo; el código es una combinación de números y el grado es una categoría entre 1 al 28.
Una pregunta muy importante es ¿De qué manera puede vincularse una persona al empleo público?
Conoce a continuación las diferentes formas que existen para ser un servidor público:
Carrera administrativa
Es el sistema técnico de administración de personal al cual se ingresa al haber ganado un concurso de méritos. Cuando el candidato al concurso supera todas las etapas del proceso de selección, es nombrado en periodo de prueba por seis meses. Al finalizar dicho periodo, se evaluará su desempeño y será inscrito en el registro público de carrera.
Este sistema se conforma por el sistema general de carrera, y unos sistemas específicos como la DIAN, el INPEC y las superintendencias.
Los nombramientos provisionales constituyen un mecanismo de carácter transitorio y excepcional, que consiste en la provisión temporal de un empleo de carrera administrativa, con personal que no ha sido seleccionado a través del sistema de mérito, con el objetivo de evitar la interrupción en la prestación de servicio.
Libre nombramiento y remoción
Este tipo de empleos requieren dirección y orientación institucionales o especial confianza. Su provisión está a cargo directamente del nominador de la entidad teniendo en cuenta los criterios de mérito, capacidad y experiencia para el desempeño del empleo.
Estos nombramientos reciben el nombre de ordinarios.
Los servidores públicos que se posesionan en este tipo de empleo tienen un periodo fijo institucional.
Elección popular
Los empleados que ocupan estos empleos son elegidos mediante el voto de los ciudadanos, como el presidente, gobernadores y alcaldes.
Independientemente del mecanismo por el cual ingresa una persona al empleo público, todos los servidores públicos están guiados por un régimen de inhabilidades e incompatibilidades.
Una inhabilidad hace referencia a una incapacidad o situación que impiden a una persona ser elegida en un cargo público, y en ciertos casos impide el ejercicio del empleo a quienes ya se encuentran vinculados.
Mientras que una incompatibilidad es la imposibilidad jurídica de coexistencia de dos actividades.
Cuéntanos si esta información te resultó útil, y recuerda seguir aprendiendo y capacitándote, de modo que seas el aspirante ideal para el empleo de tus sueños en la convocatoria Territorial II.
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