¡Aspirante! Es normal que nos sintamos abrumados con la llegada de un nuevo proceso, en especial si este nos dará la oportunidad de participar en los Concursos de Mérito y Oposición para así tener la opción de participar por una vacante en el Magisterio Fiscal.
Es por eso que en este blog te contaremos un poco sobre el Proceso para Alcanzar la Calidad de Candidato Apto y las Disposiciones que estableció el Ministerio de Educación para dicho proceso.
¿Por qué es tan importante el Proceso Para Alcanzar la Calidad de Candidato Apto?
Este proceso es fundamental para los docentes del Ecuador, ya que es una de las oportunidades que tendrán para pasar a los Concursos de Mérito y Oposición y así concursar para obtener una de las vacantes que ofrece el Magisterio Fiscal. Sin embargo, este proceso no es fácil, son cientos los docentes que se postulan a las convocatorias con la esperanza de mejorar sus condiciones laborales y obtener un nombramiento definitivo.
Es por eso que a través del Ministerio de Educación y el Instituto Nacional de Educación Educativa, se establecen ciertas pruebas que permiten medir los conocimientos, aptitudes y habilidades de cada uno de los aspirantes, con el fin de que los mejores profesionales sean los que pasen a los Concursos de Mérito y Oposición.
Esta vez, ambas entidades establecieron la Prueba de Personalidad, la cual será realizada el 18 de octubre, y la Prueba de Razonamiento y Conocimientos Específicos y Generales la cual deberá ser ejecutada el 29 de noviembre.
¿Qué requisitos se necesitan para ser un Candidato Apto?
Para que los aspirantes puedan participar de este proceso, deberán cumplir con una serie requisitos obligatorios:
- No ser parte del listado de personas que cuentan con elegibilidad vigente obtenida para los procesos denominados “Quiero Ser Maestro”.
- Contar con título de licenciado en ciencias de la educación o títulos afines relacionado al área dela educación, o ser profesional de otras disciplinas con título de posgrado en docencia relacionados al área de la educación, debidamente registrado y reconocido por la entidad rectora de la política pública del sistema de educación superior.
- En el caso de la educación en artes, cultura y patrimonio, se deberá acreditar el título de tercer nivel de grado o de técnico-tecnológico en su rama de especialidad artística o reconocimiento con trayectorias.
¿Cuáles son las Disposiciones establecidas?
Según el ACUERDO Nro. MINEDUC-MINEDUC-2022-00030-A las Disposiciones establecidas para el Proceso para obtener la Calidad de Candidato Apto son:
PRIMERA.- Los puntajes requeridos en cada uno de los exámenes internacionales para certificar el Nivel B2 de conformidad al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER), estarán determinados en función de lo establecido por cada una de las entidades encargadas de las evaluaciones. En caso de existir actualizaciones de los puntajes obtenidos, se considerará el puntaje actualizado en los certificados recibidos, de conformidad con la fecha de actualización del puntaje mínimo requerido.
SEGUNDA.- La Coordinación General de Gestión Estratégica, a través de la Dirección Nacional de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, se encargará de garantizar la disponibilidad y el correcto funcionamiento de la plataforma informática del Ministerio de Educación para el proceso materia del presente instrumento. De idéntica forma, la unidad administrativa en cuestión generará las aplicaciones de ingreso y envío de datos electrónicos de los usuarios aspirantes, con la finalidad tanto de detectar eventuales errores en la información, como de asegurar su autenticidad e integridad. Además, entregará a la Dirección Nacional de la Carrera Profesional de Educación los reportes generados durante el proceso.
TERCERA.- En caso de que los Niveles Desconcentrados inobserven los términos y procedimientos establecidos en el presente instrumento, el Ministerio de Educación impulsará los procedimientos de sanción correspondientes.
CUARTA.– La Subsecretaría de Desarrollo Profesional, través de la Dirección Nacional de Formación Continua, emitirá los lineamientos y directrices que permitan a los Niveles Desconcentrados ejecutar el proceso de validación y verificación del certificado internacional que acredite el conocimiento de lengua extranjera, conforme a los términos previstos en el presente Acuerdo.
QUINTA.- La Dirección Nacional de Carrera Profesional Educativa elaborará el correspondiente instructivo para el acceso al Sistema de Información del Ministerio de Educación, que será debida y oportunamente publicado en la página web institucional.
SEXTA.- Encárguese a la Dirección Nacional de Comunicación Social la publicación del presente instrumento en la página web del Ministerio de Educación.
SÉPTIMA.- Encárguese a la Dirección Nacional de Gestión del Cambio de Cultura Organizacional la socialización de las disposiciones contenidas en el presente instrumento a través de las plataformas digitales de comunicación institucional.
OCTAVA.- Encárguese a la Coordinación General de Secretaría General el trámite de publicación de este Acuerdo Ministerial en el Registro Oficial.
Puedes verificar estas disposiciones en la página oficial del Ministerio de Educación, en el ACUERDO Nro. MINEDUC-MINEDUC-2022-00030-A.
Además, acá te dejamos la base legal del proceso para que conozcas más sobre ella.
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