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Publicado hace 619 días

Ordenanza 05: Modificación normas del sistema educativo dominicano para la convivencia

La ordenanza 05-2023 establece el marco normativo relativo a la convivencia en los centros educativos públicos y privados del país.

Ordenanza 05: Modificación normas del sistema educativo dominicano para la convivencia

Las regulaciones que se tratan dentro de la ordenanza, permiten crear un ambiente armonioso en el contexto institucional que posibilita cumplir con el objetivo educativo de todos los niveles y modalidades del sistema educativo; por ello se establecen los principios y se trabajan sobre los deberes y derechos de todos los involucrados en el proceso de aprendizaje. Asimismo, se establecen lineamientos sobre el reglamento de convivencia del centro educativo.

¿Cuáles son los principios?

Los principios y valores constituyen el marco a partir del cual se deben a llevar a cabo las actividades en que las autoridades deberán programar, hacer, efectuar, valorar y evaluar las acciones para generar un ambiente ameno. Por ello se encuentran los siguientes:

  • Interés superior del niño
  • La no discriminación
  • El respeto a la dignidad
  • Prevención de la violencia
  • Cultura de paz
  • Participación niñez y adolescencia
  • Enfoque de derechos humanos
  • Solución pacífica de conflictos
  • Coeducación para la igualdad y equidad

Marco de derechos y deberes del sistema educativo dominicano

Los derechos y garantías de los estudiantes son aquellos que se encuentran contemplados en la Constitución, en la Ley General de Educación 66-97, en el Código para el Sistema de Protección de los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes, la ley 139-03, la ley 05-13, y el currículo del sistema educativo. Se resumen de la siguiente forma:

Derechos 

  • Tener una educación de calidad en donde prevalezcan las normas de convivencia social.
  • Tener apoyo familiar y educativo para fortalecer el autoestima y autonomía.
  • Participar en la constitución de comunidad con valores.
  • Elegir y ser elegidos dentro del ejercicio democrático de los organismos de participación estudiantil.
  • Recibir trato digno dentro de la comunidad educativa.
  • Obtener una retroalimentación del proceso de aprendizaje.
  • Recibir atención y escucha frente a situaciones de vulneración de sus derechos.
  • Tener apoyo de orientación, psicología y del sistema de protección cuando lo amerite.
  • Tener conocimiento sobre las Normas de Convivencia Escolar.

Deberes

  • Tener compromiso como persona responsable y crítica.
  • Contribuir con el desarrollo del plan anual del centro educativo.
  • Participar con las actividades de aprendizaje llevadas a cabo en el calendario escolar.
  • Cumplir con los requisitos para ser promovido en los grados y niveles.
  • Respetar las autoridades de los centros educativos.
  • Cuidar las instalaciones donde se imparte el conocimiento.
  • Asistir cumplidamente y con el uniforme establecido.
  • Llevar a cabo las medidas educativas disciplinarias.
  • Cumplir con sus deberes y responsabilidades de acuerdo del manual de convivencia.
  • Apoyar a la comunidad en relación a la construcción de una sociedad democrática.

En cuanto a los docentes y administrativos, sus derechos y deberes están consagrados en el Reglamento Estatuto Docente, las directrices éticas de los funcionarios y el Código de ética del Ministerio de Educación.

Deberes y derechos

  • Crear equipos de mediación
  • Obligación de denunciar: frente a una situación de abuso o violación de los derechos, sean dentro o fuera del ámbito educativo, están obligadas las autoridades del centro a denunciar.

Por otra parte, la familia y la comunidad en general operan como un ámbito estratégico de apoyo a las disposiciones de convivencia escolar, por ende, tienen derecho a pedir orientación del personal del centro educativo. Asimismo, estos participarán de la socialización e implementación del Reglamento de Convivencia del Centro.

Te puede interesar: Ordenanza 03-2023: Adecuación curricular

Reglamento de convivencia del centro educativo

Características:

  • Cada centro educativo elaborará su propio reglamento de convivencia de acuerdo con las normas señaladas y tiene como tiempo máximo 90 días después de aprobada la ordenanza.
  • Disposición de medidas disciplinarias (leves, graves y muy graves).

Tipos de faltas

Leves: aquellas que puede manejar y solucionar el docente, como llegar tarde, interrumpir la labor de aprendizaje, molestar con comentarios y burlas, no utilizar adecuadamente el uniforme establecido, utilizar sin la autorización del docente dispositivos electrónicos, tirar basura, etc. Para tratarlas se establecerán medidas como el diálogo y reflexión, esto con el fin de evitar que se conviertan en graves.

Graves: estas son aquellas que afectan directamente la convivencia armoniosa. Entre estas se incluye incumplir con las normas establecidas en procesos evaluativos, agresión física y verbal, atentar de manera física o verbal contra los símbolos patrios, realizar actos de discriminación contra miembros de la comunidad, atentar contra las instalaciones o enseres, cometer plagio, abandonar el centro, incurrir repetidas veces en faltas leves aún recibiendo acompañamiento y apoyo, etc. Se realizan protocolos de faltas leves, se da seguimiento al estudiante y se siguen más pasos para la aplicación medidas disciplinarias.

Muy graves: acciones que implican un peligro ya sea para el estudiante, docente o el propio centro educativo. Entre ellas se encuentran: acoso, robo, alteración de documentos, portar o utilizar objetos peligrosos (armas), tener relaciones sexuales dentro del centro educativo, recurrir frecuentemente en faltas graves y no demostrar mejoría al respecto, etc. Para tratar estas situaciones se realizan protocolos de faltas graves, se da supervisión al estudiante y se suspende (por un período de tiempo no mayor a un mes) el estudiante de actividades curriculares.  Durante este tiempo, se valora la actitud del mismo y se llevan una serie de pasos para la aplicación de medidas disciplinarias.

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